Resolución de 23 de febrero de 2005, de la Universidad de Zaragoza, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Técnicos Superiores de Idiomas.





En cumplimiento de lo dispuesto en la resolución de la Universidad de Zaragoza de 23 de noviembre por la que se amplía la oferta pública parcial de empleo de personal funcionario de administración y servicios para el año 2004, aprobada por Resolución de 27 de febrero (BOA n.º 139, de 26 de noviembre), y con el fin de atender las necesidades de personal de administración y servicios de esta Universidad, de conformidad con las competencias atribuidas en el artículo 2.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades, en relación con el artículo 75.2 de misma, así como con los Estatutos de la Universidad de Zaragoza, aprobados por Decreto 1/2004, de 13 de enero, del Gobierno de Aragón, este Rectorado acuerda convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Técnicos Superiores Idiomas de la Investigación de la Universidad de Zaragoza, con sujeción a las siguientes






Orden del día 10 marzo 2005

En cumplimiento de lo dispuesto en la resolución de la Universidad de Zaragoza de 23 de noviembre por la que se amplía la oferta pública parcial de empleo de personal funcionario de administración y servicios para el año 2004, aprobada por Resolución de 27 de febrero (BOA n.º 139, de 26 de noviembre), y con el fin de atender las necesidades de personal de administración y servicios de esta Universidad, de conformidad con las competencias atribuidas en el artículo 2.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades, en relación con el artículo 75.2 de misma, así como con los Estatutos de la Universidad de Zaragoza, aprobados por Decreto 1/2004, de 13 de enero, del Gobierno de Aragón, este Rectorado acuerda convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Técnicos Superiores Idiomas de la Investigación de la Universidad de Zaragoza, con sujeción a las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir, mediante el sistema de acceso libre, diez plazas de la Escala de Técnicos Superiores de Idiomas, de las especialidades que se indican a continuación:

6 Plazas de la Especialidad Inglés.

2 Plazas de la Especialidad Alemán. 1 Plaza de la Especialidad Francés. 1 Plaza de la Especialidad Portugués.

El número de plazas convocadas podrá incrementarse como consecuencia de las plazas vacantes generadas desde la fecha de la Resolución de la Oferta del 2004, que publica la oferta parcial de empleo de personal funcionario de administración y servicios para dicho año, hasta el desarrollo del proceso selectivo, siempre que se produzcan antes de la propuesta definitiva de aprobados que haya de realizar el Tribunal calificador.

1.2 El procedimiento de selección de los aspirantes de esta convocatoria será el de concurso-oposición, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se especifican en la base 7 de la presente convocatoria. Las pruebas selectivas se desarrollarán con arreglo al siguiente calendario:

1.2.1 Fase de oposición. El primer ejercicio se iniciará a partir del mes de abril de 2005. La fecha, hora y lugar del mismo, se determinará en la resolución de este Rectorado por la que se apruebe la lista provisional de admitidos y excluidos, que se publicará en el en el BOA.

En los tablones de anuncios de la Universidad, sitos en Zaragoza, en la planta baja del Edificio Interfacultades (C/ Pedro Cerbuna, 12) y en los Vicerrectorados de Huesca (C/ Ronda Misericordia, 1) y de Teruel (Ciudad Escolar, s.n.), así como en la siguiente dirección de Internet: http://wzar.unizar.es/personal/pas/concursos/concursos.htm se efectuarán las sucesivas publicaciones que se deriven de los actos integrantes del proceso selectivo, de conformidad con el art. 59.6 b) de la Ley 30/92, de 26 de noviembre. El modelo de solicitud, así como listas de admitidos y excluidos y demás información podrá consultarse en los citados tablones de anuncios y en dicha dirección. 1.2.2 Fase de concurso. Finalizada la fase de oposición, se hará pública la lista que contenga la valoración de méritos de la fase de concurso de los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, con la puntuación obtenida. Dicha lista se publicará en los tablones de anuncios de la Universidad indicados en el apartado anterior, así como en la mencionada dirección de Internet. El Servicio de Personal de Administración y Servicios y Nóminas de la Universidad de Zaragoza expedirá de oficio, una vez finalizada la fase de oposición, para todos los aspirantes que la hubiesen superado y hayan prestado servicios en la Universidad de Zaragoza, las certificaciones correspondientes a efectos de la valoración de los méritos de la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio. Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de su publicación, para efectuar las alegaciones respecto a la valoración de méritos en la fase de concurso.

1.3 Los programas que han de regir las pruebas selectivas son los que figuran en el Anexo I de esta convocatoria.

1.4. Para lo no previsto en esta convocatoria será de aplicación lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública (BOE n.º 185, de 3 de agosto) con las modificaciones que la misma ha tenido hasta la fecha; el Decreto Legislativo 1/1991, de 19 de febrero, de la Diputación General de Aragón, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón (BOA n.º 25, de 1 de marzo), modificada por la Ley 12/1996, de 30 de diciembre (BOA n.º 4, de 13 de enero de 1997); el Decreto 122/1986, de 19 de diciembre, de la Diputación General de Aragón, regulador del Instituto Aragonés de la Administración Pública y de la selección, formación y perfeccionamiento del personal de la Comunidad Autónoma de Aragón; el Decreto 1/2004, de 13 de enero, del Gobierno de Aragón por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Zaragoza (BOA n.º 8, de 19 de enero de 2004); el Pacto del personal funcionario de administración y servicios de la Universidad de Zaragoza (BOA n.º 95, de 9 de agosto de 2000) y el RD 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado (BOE n.º 85, de 10 de abril), la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, sobre el acceso a determinados sectores de la función pública de los nacionales de los demás Estados Miembros de la Comunidad Europea (BOE n.º 307, de 24 de diciembre), modificada por la ley 55/1999 de 29 de diciembre y del RD 543/2001, de 18 de mayo sobre acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus Organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores (BOE n.º 130, de 31 de mayo). 1.5. El desempeño de las plazas convocadas quedará sometido a la Ley 53/84, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas (BOE n.º 4, de 4 de enero de 1985). 1.6 La jornada de trabajo de las plazas convocadas será la dispuesta para ella en la Relación de Puestos de Trabajo de personal de administración y servicios de esta Universidad.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halla definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea. También podrán participar el cónyuge, descendientes y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España.

b) Tener cumplidos 18 años de edad y no haber cumplido la edad de jubilación. c) Estar en posesión de la titulación académica, o en condiciones de obtenerla en la fecha que termine el plazo de presentación de solicitudes, de Licenciado en Filología. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación en España, de acuerdo al Real Decreto 1665/1991, de 25 de octubre sobre reconocimiento de los títulos de Enseñanza Superior de los estados miembros de la CEE, que exigen una formación mínima de tres años (BOE n.º 280, de 22 de noviembre) o al Real Decreto 285/2004, de 20 de febrero, por el que se regulan las condiciones de homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros de educación superior (BOE n.º 55, de 4 de marzo). d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones. e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes funciones. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública, en el modelo que figura como Anexo IV a esta convocatoria. 2.2 Todos los requisitos enumerados en el apartado anterior de esta base deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionarios de carrera.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en la solicitud que se publica como Anexo II, que será facilitada gratuitamente en la Universidad de Zaragoza en: el Centro de Información Universitaria y Reclamaciones, Servicio de Personal de Administración y Servicios y Nóminas y Vicerrectorados de Huesca y Teruel. También será válida la fotocopia del modelo publicado en el BOA/BOE y el modelo obtenido a través de Internet. Este modelo, así como listas de admitidos y excluidos y demás información podrá consultarse en la dirección de Internet reseñada en la base 1.2.1. De acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal, los datos indicados en la solicitud, pasarán a formar parte del fichero de Personal, cuya finalidad es la gestión del personal de la Universidad de Zaragoza, gestión de la docencia e investigación, gestión de la participación del personal en los servicios y actos universitarios, así como la gestión de la participación de los candidatos en los procesos de selección. Los datos contenidos en este fichero serán tratados con fines históricos o estadísticos. Este fichero está creado por la resolución de 16 de julio de 2001 (BOA n.º 96, de 13 de agosto) de la Universidad de Zaragoza y posteriores modificaciones, en las que se indica la posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificación y cancelación de los datos remitiendo un escrito al Ilmo. Sr. Gerente de la Universidad de Zaragoza, adjuntando copia de documento que acredite la identidad del interesado y regulado por la resolución de 6 de junio de 2002, de la Universidad de Zaragoza, por la que se aprueba la normativa propia en materia de protección de datos de carácter personal. 3.2 A la solicitud se deberán acompañar los siguientes documentos, siendo motivo de exclusión la falta de cualesquiera de ellos.

Una fotocopia legible por ambas caras, del documento nacional de identidad vigente o pasaporte; los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar deberán presentar fotocopia del documento que acredite su nacionalidad y de la tarjeta de residente comunitario o de familiar de residente comunitario en vigor, o en su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de trabajador comunitario fronterizo en vigor, y en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar declaración jurada o promesa de éste de que no están separados de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo. En el caso de los aspirantes no comunitarios, que sean extranjeros residentes y tengan derecho a participar, deberán presentar fotocopia del documento que acredite su nacionalidad y de la tarjeta de residencia temporal o permanente en España, así como del número de identidad del extranjero (N.I.E)

Comprobante bancario original (o en su defecto, copia bancaria) de haber satisfecho los derechos de examen a favor de esta Universidad. En caso de que la solicitud se encuentre mecanizada mediante ráfaga bancaria, no será necesario dicho resguardo. Asimismo, en ningún caso, el pago de los derechos de examen supondrá la sustitución del tramite de presentación de la solicitud de participación, en tiempo y forma. Cuando se ingrese en una entidad distinta a la indicada deberá acompañarse justificante de la transferencia efectuada. La falta de justificación del abono de los derechos de examen determinará la exclusión del aspirante.

Así mismo, se podrá adjuntar a la solicitud los siguientes documentos, no siendo motivo de exclusión la falta de cualesquiera de ellos. Fotocopia de la titulación en el caso de haber sido obtenida en el extranjero y fotocopia de la credencial que acredite su homologación.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española, fotocopia compulsada del Diploma de Español nivel intermedio o nivel superior como lengua extranjera establecidos por RD. 1137/2002, o sus equivalentes Diploma básico y superior respectivamente, o del Certificado de Aptitud en Español para extranjeros expedido por las Escuelas Oficiales de Idiomas, excepto los extranjeros nacionales de países cuyo idioma oficial sea el español o los extranjeros que tengan el título expedido en España. Los aspirantes que reflejen en la solicitud su condición de discapacitados, deberán adjuntar Certificado de tener reconocida la condición legal de discapacitados por los órganos competentes, o justificante de haberla solicitado.

3.3 En la cumplimentación de la solicitud deberá tenerse en cuenta, además de lo indicado en las instrucciones de la misma, lo siguiente: En el recuadro número 16 los aspirantes deberán indicar la Escala y Especialidad de la plaza a la que concursan.

En el recuadro número 19 los aspirantes sólo podrán solicitar participar en el turno libre. En caso de no especificarse, se entenderá que el aspirante desea participar por el citado turno. En el recuadro número 20 los aspirantes con grado de minusvalía deberán indicar el grado de minusvalía que tengan acreditado y solicitar, cumplimentando el recuadro número 21, las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria. En los recuadros número 22 y 24 se indicará si está interesado en formar parte de una lista de espera para futuras necesidades de personal interino en plazas de la misma Escala y Especialidad que las que se convocan, indicando la localidad en que se quiere pertenecer, pudiendo optar por alguna de las provincias o por todas. En el caso de que no se cumplimente, se entenderá que no desean formar parte de las listas. En el recuadro número 23, en el apartado C) los aspirantes de nacionalidad no española indicarán si poseen la titulación acreditativa de conocimiento del castellano o si han de realizar una prueba de acreditación, haciendo constar Diploma nivel intermedio o nivel superior de Español, certificado de aptitud (según lo indicado en la base 2.1) o «realizará prueba», según sea el caso. En el recuadro número 27 los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán indicar la fecha de expedición de la credencial de la homologación de la titulación académica que hayan hecho constar en el apartado 25 de la solicitud. En el recuadro número 31 los aspirantes consignarán la cantidad de 24,04 euros. En el caso de las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100, se indicará «EXENTO», debiendo presentar, junto con la solicitud, el correspondiente documento acreditativo, expedido por el organismo competente, de su grado de minusvalía.

Los documentos que deban acompañarse a la solicitud, según lo dispuesto en las bases de la convocatoria, se harán constar en el apartado de la solicitud «Documentos que se aportan».

De acuerdo con lo previsto en el artículo 75.2 de la Ley Orgánica 6/2001 de 21 de diciembre, de Universidades, esta convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de Aragón y en el Boletín Oficial del Estado, y se tomará como referencia al efecto del computo de plazo para la presentación de solicitudes la publicación de la convocatoria en el BOE. El resto de resoluciones administrativas derivadas de esta convocatoria se publicará únicamente en el Boletín Oficial de Aragón. 3.4 Las solicitudes se presentarán en los registros de la Universidad de Zaragoza, conforme al Acuerdo de 17 de diciembre de 2003, del Consejo de Gobierno de la Universidad de Zaragoza, por el que se regula el registro general de la Universidad y a la resolución de 17 de mayo de 2004, de la Secretaría General de la Universidad de Zaragoza (BOA n.º 59, de 24 de mayo), por la que se actualiza la relación de los registros auxiliares del Registro General de la Universidad de Zaragoza, sito en Edificio Rectorado, C/ Pedro Cerbuna, 12, o en la forma establecida en el art 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE n.º 285, de 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, (BOE n.º 12, de 14 de enero). Se dirigirán al Excmo. Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Zaragoza, siendo el plazo de presentación de 20 días naturales a partir del siguiente al de la fecha de publicación de la presente convocatoria en el BOE. Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, que las remitirán seguidamente a esta Universidad. 3.5 Los derechos de examen serán los indicados anteriormente, y se ingresarán en la cuenta corriente n.º 2085-0168-58-0300017984, abierta en Ibercaja, urbana 10, bajo el nombre "Pruebas Selectivas». Estarán exentos de pago los aspirantes con grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, quienes deberán justificar debidamente su condición y grado de discapacidad. El comprobante bancario original (o en su defecto, copia bancaria) de haber satisfecho los derechos de examen a favor de esta Universidad se deberá adjuntar a la solicitud. 3.6 Si la solicitud de participación no reúne los requisitos que señala el art. 70 de la ley 30/92, y los exigidos, en su caso, por la legislación específica aplicable, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el art. 42 de la ley 30/92. 3.7 Las Administraciones públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos. 3.8 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Terminado el plazo de presentación de solicitudes, este Rectorado dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que deberá publicarse en el BOA y en los tablones oficiales de la Universidad, se relacionarán los aspirantes excluidos con indicación de las causas de exclusión, apellidos y nombre, número de documento nacional de identidad o pasaporte, así como el lugar o lugares en que se encuentre expuesta al público la lista certificada completa de aspirantes admitidos y excluidos y el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio. 4.2 Los aspirantes excluidos provisionalmente dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación en el BOA de la citada resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado su exclusión u omisión, siempre y cuando dicho defecto sea subsanable. Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, serán definitivamente excluidos de la participación en las pruebas. Para evitar errores y hacer posible la subsanación en tiempo y forma en el supuesto de producirse, los aspirantes comprobarán no sólo que no figuran en la relación de excluidos, sino además, que constan en la relación de admitidos. 4.3 Transcurrido dicho plazo se dictará resolución que declare aprobada definitivamente la lista de aspirantes admitidos y excluidos, publicándose en el BOA, en los tablones oficiales de la Universidad y en la dirección de Internet que se reseña en la base 1.2.1. Contra dicha resolución podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de la publicación en el BOA. No obstante, los interesados podrán optar por interponer contra esta Resolución recurso de reposición en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación, ante el Rector de esta Universidad que resolverá lo procedente, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición. 4.4 De conformidad con lo establecido en el art. 21 de la Ley 10/1998, de 22 de diciembre, (BOA N.º 151 de 31 de diciembre) de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón, el sujeto pasivo tiene derecho a la devolución de las tasas que ha satisfecho si, por causas que no le son imputables, no se han prestado las actividades o servicios gravados.

5. Tribunal calificador

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas, de acuerdo con lo establecido en el art. 24 del vigente Pacto del personal funcionario de administración y servicios, estará compuesto de la siguiente forma:

Titulares: Presidente: D. Natividad Fernández Sola, Excma Sra. Vicerrectora de Relaciones Internacionales. Vocales: D. Carmelo López Lacambra, Director del Instituto de Idiomas, en representación de la Universidad.

D.ª María Carmen Foz Gil, Profesora Titular de Escuela Universitaria, en representación de la Universidad. D. Charif Dandachli Zohbi, en representación de la Junta de Personal de Administración y Servicios D.ª M.ª Nieves Guallar Abadía, en representación de la Junta de Personal de Administración y Servicios.

Secretaria: D.ª Ana Cristina Peña Yago, Jefa de Negociado de COU y pruebas de Acceso del Servicio de Estudiantes, que actuará con voz pero sin voto. Suplentes: Presidente: D. Rogelio Cuairán Benito, Ilmo Sr. Gerente de la Universidad de Zaragoza. Vocales: D. Manuel Giatsidis Ignatiadis, Subdirector del Instituto de Idiomas, en representación de la Universidad.

D.ª Ana María Hornero Corisco, Profesora Titular de Universidad, en representación de la Universidad. D.ª Doris Baillet Lichti, en representación de la Junta de Personal de Administración y Servicios. D.ª Renate Luise Schenk Delgado Gil, en representación de la Junta de Personal de Administración y Servicios.

Secretario: D. Jaime Villares Martínez, Auditor de la Unidad de control Interno, que actuará con voz pero sin voto. 5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a este Rectorado, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el art. 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. No podrán formar parte de los órganos de selección aquellos funcionarios que hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la correspondiente convocatoria. El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en este párrafo.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias citadas en el párrafo anterior. Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas, la autoridad convocante publicará en el BOA, la resolución por la que se nombra a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hubiesen perdido tal condición. 5.3 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal en el plazo de 30 días desde la publicación de la convocatoria, con asistencia del Presidente y del Secretario y la mitad al menos de sus miembros, titulares o suplentes. En dicha sesión el Tribunal acordará las decisiones pertinentes, en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas. 5.4 Para la válida constitución del órgano a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la presencia del Presidente y Secretario o en su caso, de quienes le sustituyan, y la de la mitad al menos, de sus miembros. 5.5 Constituido el Tribunal éste resolverá todas las dudas que pudieran surgir en aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos. El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 5.6 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas de los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores corresponde al Rector, a propuesta del Tribunal. Igualmente el Tribunal podrá designar colaboradores en número suficiente para garantizar el correcto y normal desarrollo de las pruebas, cuando el número de aspirantes así lo aconseje. 5.7 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con minusvalías tengan similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los participantes. En este sentido se establecerán, para las personas con minusvalías que lo soliciten en la forma prevista en esta convocatoria (cumplimentación del recuadro número 21 de la solicitud), las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización, debiendo cumplimentarse para ello el Anexo III de esta convocatoria. La Universidad de Zaragoza, a través de la Unidad de Protección y Prevención de Riesgos, se podrá poner en contacto con los aspirantes con minusvalía siempre y cuando figuren los datos telefónicos y del domicilio en la solicitud, al objeto de recabar mayor información sobre las adaptaciones necesarias. A tal efecto el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, colaboración de los órganos técnicos de la Administración Laboral, Sanitaria o de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales o Comunidad Autónoma. Si se suscitaran dudas al Tribunal respecto de la capacidad de un aspirante para el desempeño de las actividades habitualmente desarrolladas en la plaza convocada, podrá recabar el correspondiente dictamen de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, y en su caso, de la Comunidad Autónoma. 5.8 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de Zaragoza, Sección de Selección y Formación, calle Pedro Cerbuna, 12. 50009 Zaragoza. Teléfono 976 761000 ext. 3118. 5.9 De acuerdo con lo regulado en el art. 30 y en el Anexo IV del RD 462/2002, de 24 de mayo, sobre Indemnizaciones por razón del servicio (BOE n.º 129, de 30 de mayo), el Tribunal tendrá la Categoría Primera. 5.10 Cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes, ante el Rector de esta Universidad, contra los acuerdos que adopte el Tribunal referidos a lo dispuesto en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/92.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su personalidad. 6.2 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión del proceso selectivo al Rector de la Universidad de Zaragoza, comunicándole, a los efectos procedentes, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas. 6.3 Los aspirantes serán convocados para la realización de cada ejercicio en llamamiento único, sin perjuicio de las tandas que se precise realizar, siendo excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor y debidamente justificados. Cuando no se efectúe llamamiento único, el orden de actuación de los aspirantes se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «Z», de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución del Instituto Aragonés de Administración Pública, de 22 de marzo de 2004 (BOA n.º 37, de 29 de marzo). 6.4 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios de celebración de los restantes ejercicios se efectuará por el Tribunal con cuarenta y ocho horas, al menos, de antelación a la señalada para la iniciación de los mismos, en los tablones de anuncios de la Universidad señalados en la base 1.2.1 y por cualesquiera otros medios que se juzgue conveniente para facilitar su máxima divulgación. El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, se corrijan sin que se conozca la identidad de los aspirantes, utilizando para ello los medios adecuados. El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios figuren nombres, rasgos, marcas o signos que permitan conocer la identidad del opositor. Concluida la segunda parte del primer ejercicio, los aspirantes podrán llevarse el cuestionario del examen y el Tribunal procederá a publicar en los locales donde se haya celebrado el ejercicio, así como en los tablones de anuncios de la Universidad señalados en la base 1.2.1, el referido cuestionario y la plantilla de respuestas, en su caso, en el plazo máximo de una semana a contar desde la fecha de realización del mismo. Con carácter previo a la realización de las pruebas de la fase de oposición, los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar el conocimiento del castellano mediante la realización de una prueba en la que se comprobará que poseen un nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita en esta lengua. El contenido se ajustará a lo dispuesto en el 1137/2002, de 31 de octubre, por el que se establecen diplomas acreditativos del conocimiento del español como lengua extranjera (BOE 8 de noviembre). La prueba se calificará de apto o no apto, siendo necesario obtener la valoración de apto para pasar a realizar las fases de la oposición. El Tribunal convocará a estos aspirantes a la realización de las pruebas indicando el lugar y fecha de realización, mediante convocatoria en los tablones de anuncios de la Universidad. Quedarán eximidos de realizar dicha prueba quienes estén en posesión del Diploma de Español nivel intermedio o nivel superior como lengua extranjera (o sus equivalentes Diploma básico y superior respectivamente) establecidos por RD. 1137/2002, de 31 de octubre, o del Certificado de Aptitud en español para extranjeros expedido por las Escuelas Oficiales de Idiomas, y los extranjeros nacionales de países cuyo idioma oficial sea el español.

7. Procedimiento de selección y valoración

7.1 Fase de oposición: El Tribunal determinará las medidas oportunas para la realización de los ejercicios aprobando las instrucciones y criterios de valoración que estime pertinentes, así como la nota de corte de los ejercicios que componen esta fase. La fase de oposición estará formada por los ejercicios que a continuación se indican, siendo eliminatorios.

Primer ejercicio: Constará de dos partes: Parte 1.ª: Explotación didáctica de un texto a elegir entre dos textos propuestos por el Tribunal. Esta parte se desarrollará por escrito y en el idioma correspondiente a la plaza a la que se opta.

Los candidatos deberán desarrollar por escrito una propuesta de trabajo con dicho texto con fines docentes, en la que expongan las posibilidades de utilización del mismo, analicen los aspectos léxicos y gramaticales propuestos en él, objetivos para los que puede servir, etc., junto con la descripción del proceso de trabajo en el aula: su integración en una unidad didáctica, presentación y desarrollo del tema gramatical en su caso, tipología de ejercicios complementarios a realizar, las estrategias didácticas posteriores para desarrollar las destrezas lingüísticas y otros recursos metodológicos a aplicar. Este primer ejercicio será leído por los candidatos en lectura pública ante el Tribunal. Parte 2.ª: Consistirá en contestar por escrito, un cuestionario de no más de 100 preguntas tipo test, basadas en el contenido del programa general que figura en el Anexo I. Para cada pregunta del ejercicio se propondrán cuatro respuestas de las cuales solo una de ellas será la correcta. Las contestaciones erróneas se penalizarán (cada pregunta respondida erróneamente supondrá descontar 0'25 preguntas correctas). El tiempo máximo para la realización de las 2 partes será de 120 minutos, salvo que el Tribunal estime conveniente ampliarlo en función de las características de las plazas. Se calificará de 0 a 30 puntos la primera parte y de 0 a 10 puntos la segunda, siendo necesario obtener un mínimo de 20 puntos entre ambas partes, para superar el ejercicio.

El tiempo de la exposición del tema ante el Tribunal, será de 45 minutos como máximo para cada candidato. Finalizada la exposición el Tribunal podrá solicitar al candidato cuantas aclaraciones sobre el tema estime oportunas durante 15 minutos. Se calificará de 0 a 50 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 25 puntos.

El tiempo de la exposición del tema ante el Tribunal, será de 45 minutos como máximo para cada candidato. Finalizada la exposición el Tribunal podrá solicitar al candidato cuantas aclaraciones sobre el tema estime oportunas durante 15 minutos. Se calificará de 0 a 50 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 25 puntos.

7.2 Fase de concurso: El Servicio de Personal de Administración y Servicios y Nóminas de la Universidad de Zaragoza expedirá de oficio, las certificaciones correspondientes a efectos de la valoración de los méritos de la fase de concurso.

Esta fase, se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición, no tendrá carácter eliminatorio y se valorará con un máximo de 10 puntos. En ellas se valorarán los servicios prestados en la Universidad de Zaragoza en escalas o categorías laborales equivalentes a las que se aspira, hasta la fecha de publicación de la convocatoria en el BOE, a razón de 1 punto por año o parte proporcional. Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a la puntuación total obtenida por los aspirantes aprobados en la fase de oposición, a efectos de establecer el orden definitivo de los aspirantes aprobados. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición. 7.3 Calificación final: La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y de concurso, a efectos de establecer el orden definitivo de los aspirantes aprobados. En caso de empate se dará prioridad al aspirante con mayor puntuación en el 2.º ejercicio de la oposición. En caso de persistir el empate se aplicará la puntuación obtenida en la fase de concurso. Si una vez aplicadas estas reglas no se hubiera dirimido el empate, éste se resolverá finalmente por sorteo entre los aspirantes igualados.

8. Superación de los ejercicios

8.1 Al finalizar la calificación de cada uno de los ejercicios de la oposición el Tribunal hará públicas en el lugar o lugares de celebración de los mismos, en los tablones de anuncios de la Universidad señalados en la base 1.2.1 y en aquellos otros que estime oportunos, las relaciones de aspirantes que hayan superado cada uno de los ejercicios, con indicación de la puntuación obtenida y del número del documento nacional de identidad o pasaporte. Finalizada la fase de oposición, el Tribunal publicará la relación de aspirantes que la han superado, en el lugar o lugares de celebración del mismo y en los tablones de anuncios de la Universidad señalados en la base 1.2.1. 8.2 Los aspirantes que hubiesen superado la fase de oposición participarán en la fase de concurso, valorándose según lo dispuesto en la base 7.2. 8.3 Finalizado el proceso selectivo el Tribunal hará públicas la relación definitiva de aspirantes aprobados, por orden de puntuación alcanzada, en las que constarán las calificaciones de cada uno de los ejercicios de la fase de oposición y la suma total. El Presidente del Tribunal elevará propuesta de nombramiento de funcionarios de carrera al Excelentísimo Señor Rector Magnífico de la Universidad. 8.4 El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado el proceso selectivo un número de aspirantes superior al de plazas convocadas por la presente Resolución. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido en esta base, será nula de pleno derecho. No podrá adjudicarse más de una plaza de las convocadas por esta Resolución a un mismo aspirante. En el caso de que un aspirante sea seleccionado para la adjudicación de más de una plaza, deberá optar por una de ellas y renunciar a las demás, en el plazo de 10 días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación de las relaciones de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo. En este último caso, se acudirá a la relación definitiva de candidatos que hayan superado todos los ejercicios de la fase de oposición y se les aplicará la fase de concurso y según el orden de calificación final se realizará propuesta de funcionarios de carrera, hasta la cobertura de todas las plazas convocadas, si ello fuese posible.

9. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios

9.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación en los tablones de anuncios de la Universidad señalados en la base 1.2.1 de la relación definitiva de aprobados a que se refiere la base 8.3, los aspirantes que figuren en las mismas deberán presentar en el Servicio de Personal de Administración y Servicios y Nóminas de la Universidad de Zaragoza, (calle Pedro Cerbuna, 12, 50009 Zaragoza) los siguientes documentos:

a) Original y fotocopia para su cotejo, o fotocopia compulsada, del título indicado en el recuadro número 25 de la solicitud, o en su defecto, certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios equivalentes para su obtención, así como abonados los derechos para la expedición del título correspondiente.

Fotocopia de la titulación en el caso de haber sido obtenida en el extranjero y fotocopia de la credencial que acredite su homologación. b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas, según modelo que figura como Anexo IV a esta convocatoria. En el caso de aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública, según el modelo que figura como Anexo IV. c) Certificación expedida por el facultativo del Servicio de Salud de la Universidad de Zaragoza de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibilite para el desempeño de las funciones correspondientes. d) Si se considera necesario se podrá requerir, respecto de los aspirantes que hayan hecho valer su condición de minusválidos, acreditación de los órganos competentes de la Administración sanitaria de la Comunidad Autónoma sobre compatibilidad de los aspirantes con el desempeño de tareas y funciones correspondientes.

9.2 Ante la imposibilidad debidamente justificada de presentar los documentos expresados en el apartado anterior, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admisible en derecho.

9.3 Si dentro del plazo indicado, salvo causas de fuerza mayor debidamente justificadas, no se presenta la citada documentación, o del examen de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos señalados en esta convocatoria, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial y no podrá el adjudicatario ser nombrado, formulándose propuesta a favor del siguiente en la lista de puntuación, siempre y cuando su valoración en la oposición fuera suficiente. Quienes tuvieran la condición de personal al servicio de la Administración Pública estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para la formalización de su nombramiento, debiendo presentar certificación del Ministerio u Organismo del que dependieran para acreditar tal condición, con expresión del número y grupo de trienios, fecha de su cumplimiento y aquellas circunstancias que obren en su hoja de servicios, así como fotocopia compulsada de la titulación exigida. Concluido el proceso selectivo, quienes lo hubieran superado y aporten la documentación requerida en la base 9.1, serán nombrados funcionarios de carrera de la Escala de Técnicos Superiores de Idiomas de la Universidad de Zaragoza, mediante resolución del Órgano competente que se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad de Aragón.

10. Norma final.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa de conformidad con lo establecido en el art. 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre de Universidades, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de su publicación en el BOE, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, según lo dispuesto en el art. 10.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE n.º 167, del 14). No obstante, los interesados podrán optar por interponer contra esta Resolución recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante este órgano, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los arts. 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Zaragoza, 23 de febrero de 2005.-El Rector, P. D. (Resolución de 7/5/2004, BOA n.º 54 de 12 de mayo), el Gerente, Rogelio Cuairán Benito.

ANEXO I Programa General

1. La Ley Orgánica de Universidades. Titulo preliminar. Naturaleza, creación, reconocimiento y régimen jurídico de las Universidades. Estructura de las Universidades. Gobierno y representación de las Universidades. El Consejo de Coordinación Universitaria. 2. La Ley Orgánica de Universidades. La evaluación y la acreditación. Las enseñanzas y títulos. La investigación en la Universidad. Los estudiantes. El Profesorado. El Personal de Administración y Servicios de las Universidades Públicas. Régimen económico y financiero de las Universidades Públicas. El Espacio Europeo de Enseñanza Superior. 3. Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999: Derechos de los ciudadanos. Responsabilidad de las autoridades y del personal al servicio de las Administraciones Públicas. 4. La calidad en las universidades: la evaluación y acreditación en la Ley Orgánica de Universidades. Las cartas de servicio y los premios de calidad. 5. Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal: disposiciones generales; principios de la protección de datos; derechos de las personas; ficheros de titularidad pública. Normativa propia de la Universidad de Zaragoza en materia de protección de datos (Resolución 16/7/2001 y Resolución 6/6/2002). 6. El personal funcionario al servicio de las Administraciones Públicas: clases, derechos y deberes. Regulación de las incompatibilidades. Situaciones administrativas. 7. El pacto del personal funcionario de la Universidad de Zaragoza. Determinación de las partes que lo conciertan. Condiciones de aplicación y vigencia. Comisión de interpretación, vigilancia, estudio y aplicación del convenio. Organización y planificación del trabajo. Ingreso y acceso a cuerpos, y escalas de la Universidad. Provisión de puestos de trabajo. 8. El pacto del personal funcionario de la Universidad de Zaragoza. Clasificación profesional. Formación y perfeccionamiento profesional. Jornada y régimen de trabajo. Vacaciones, permisos y licencias. Situaciones administrativas. Régimen disciplinario. 9. El pacto del personal funcionario de la Universidad de Zaragoza. Salud laboral. Retribuciones. Acción social. Derechos de representación colectiva y de reunión. Disposiciones adicionales. Disposiciones transitorias. Disposición final.

Programa especifico

Escala: Técnicos Superiores de Idiomas. Destino: Instituto de Idiomas

Especialidad: Inglés.

1. Acciones y situaciones en el presente: Formas de expresión.

2. Acciones y situaciones en el pasado: Formas de expresión. 3. Acciones y situaciones en el futuro: Formas de expresión. 4. Comparativos y superlativos de cualidad y cantidad: Formas de expresión. 5. El verbo auxiliar: be; do; have. Have como verbo principal. 6. El verbo modal: características gramaticales y sintácticas; campos semánticos. 7. Expresiones cualitativas y cuantitativas de exceso, suficiencia e insuficiencia; expresiones enfáticas de cualidad y cantidad. 8. La voz pasiva. Formas, y uso frente a la voz activa. 9. El estilo indirecto. 10. Oraciones condicionales 11. Deseos y lamentaciones. Formas de expresión en presente, futuro y pasado. 12. Expresión de la causa, la consecuencia y la finalidad. 13. La localización en el espacio. Lugar, dirección y distancia. 14. La localización en el tiempo. Duración y frecuencia. 15. El infinitivo y el gerundio: Función y usos. 16. Multi-word verbs. 17. Formas enfáticas: inversión; cleft sentences; indeed, whatsoever etc. 18. El sistema fonológico de la lengua inglesa (1): Variedades. Correspondencia entre sonidos y grafías. 19. El sistema fonológico de la lengua inglesa (2): Las vocales. Los diptongos. Las semivocales. Correspondencia entre sonidos y grafías. 20. El sistema fonológico de la lengua inglesa (3): Las consonantes. Correspondencia entre sonidos y grafías. 21. El sistema fonológico de la lengua inglesa (4): Acento, ritmo y entonación. Formas fuertes y débiles. 22. Variantes sociolingüísticas de la lengua inglesa. Registros y ámbitos de uso. 23. Estructura de la oración en inglés: afirmaciones, preguntas, negaciones y exclamaciones. 24. El léxico inglés: estructura y formación de palabras. Préstamos 25. Actividades de aula para desarrollar la comprensión de textos orales en situación. 26. Actividades de aula para desarrollar la producción de textos orales en situación. 27. Actividades de aula para desarrollar la comprensión de textos escritos en situación. 28. Actividades de aula para desarrollar la producción de textos escritos en situación. 29. La evaluación del alumno y la evaluación del proceso de enseñanza-aprendizaje en el Instituto de Idiomas. 30. Materiales y recursos didácticos para la enseñanza-aprendizaje de inglés en el Instituto de Idiomas.

Especialidad: Francés.

1. Expresión de la orden y la prohibición.

2. Expresión de la cantidad. 3. Expresión del grado y la comparación. 4. La localización en el espacio. Lugar, dirección y distancia. 5. Expresión de la simultaneidad, la posterioridad y la anterioridad. 6. Expresión del modo, los medios y el instrumento. 7. Expresión de la opinión, el deseo y la preferencia. 8. Expresión de los sentimientos. 9. Expresión de la condición y la hipótesis. 10. Expresión de la certeza, la duda y la probabilidad. 11. Expresión de la causa. 12. Expresión de la consecuencia. 13. Expresión de la oposición. 14. Expresión de la finalidad. 15. Discurso directo y discurso indirecto. 16. Adjetivos y pronombres demostrativos. 17. Los pronombres relativos: simples y compuestos. 18. Los pronombres personalas de objeto directo y objeto indirecto. 19. Los pronombres adverbiales: En, y. 20. Adjetivos y pronombres indefinidos. 21. Participio presente, gerundio y adjetivo verbal. 22. El adverbio y las locuciones adverbiales. Características y formación. 23. La voz pasiva. Formas y usos. 24. La concordancia del participio pasado. 25. Actividades de aula para desarrollar la comprensión de textos orales en situación. 26. Actividades de aula para desarrollar la producción de textos orales en situación. 27. Actividades de aula para desarrollar la comprensión de textos escritos en situación. 28. Actividades de aula para desarrollar la producción de textos escritos en situación. 29. La evaluación del alumno y la evaluación del proceso de enseñanza-aprendizaje en el Instituto de Idiomas. 30. Materiales y recursos didácticos para la enseñanza-aprendizaje de francés en el Instituto de Idiomas.

Especialidad: Alemán.

1. Expresión de la orden, exhortación y prohibición.

2. Expresión de la cualidad, el grado y la comparación. 3. La localización en el espacio. Lugar, dirección y distancia. 4. La localización en el tiempo. Duración y frecuencia. 5. Expresión de la simultaneidad, la posterioridad y la anterioridad. 6. Expresión de la opinión, el deseo y la preferencia. 7. Expresión de la condición y la hipótesis. 8. Expresión de la certeza, la duda y la probabilidad. 9. Expresión de la causa, la consecuencia y la finalidad. 10. Estructura de la oración en alemán. Orden de sus elementos. Afirmaciones, preguntas y respuestas, exhortaciones. 11. La negación en alemán. 12. El verbo: El tiempo. El modo. 13. «Haben», «sein» y «werden». Formas y usos. 14. Los verbos modales. Formas y usos. 15. Verbos separables e inseparables. 16. El infinitivo. Formas y usos. 17. Los participios. Formas y usos. 18. La voz pasiva. Formas y usos. 19. El adjetivo. Formas y usos. 20. Los pronombres. Formas y usos. 21. La preposición. Formas y usos. 22. El léxico alemán: la formación de sustantivos. 23. El léxico alemán: la formación de adjetivos. 24. El léxico alemán: la formación de verbos. 25. Actividades de aula para desarrollar la comprensión de textos orales en situación. 26. Actividades de aula para desarrollar la producción de textos orales en situación. 27. Actividades de aula para desarrollar la comprensión de textos escritos en situación. 28. Actividades de aula para desarrollar la producción de textos escritos en situación. 29. La evaluación del alumno y la evaluación del proceso de enseñanza-aprendizaje en el Instituto de Idiomas. 30. Materiales y recursos didácticos para la enseñanza-aprendizaje de alemán en el Instituto de Idiomas.

Otras Especialidades (Portugués).

1. Expresión de la orden, exhortación y prohibición.

2. Expresión de la cantidad. 3. Expresión de la cualidad, el grado y la comparación. 4. La localización en el espacio. Lugar, dirección y distancia. 5. La localización en el tiempo. Duración y frecuencia. 6. Expresión de la simultaneidad, la posterioridad y la anterioridad. 7. Expresión del modo, los medios y el instrumento. 8. Expresión de la opinión, el deseo y la preferencia. 9. Expresión de la condición y la hipótesis. 10. Expresión de la certeza, la duda y la probabilidad. 11. Expresión de la causa, la consecuencia y la finalidad. 12. El verbo. Elementos constitutivos de una forma verbal. Marcas de persona, tiempo y modo. Conjugación. 13. Estructuras atributivas con ser y estar. Verbo «haver». Verbo «ter». 14. Verbos pronominales y reflexivos. Construcciones impersonales más frecuentes. 15. Los tiempos del indicativo y del subjuntivo: el condicional y el imperativo. 16. Formas verbales impersonales: Infinitivo, gerundio y participio. Formas y usos. Verbos de participio doble. 17. El infinitivo flexionado. Sus valores sintácticos. 18. La voz pasiva. Formas y usos. La conjugación perifrástica. 19. Los determinantes: El artículo. Los demostrativos. Los posesivos. Los numerales. Los indefinidos. Formas y usos. 20. Los pronombres personales. Los relativos. Los interrogativos. Formas y usos. 21. Los adverbios y locuciones adverbiales. Formas y usos. 22. Las preposiciones. Formas y usos. 23. La estructura de la oración en portugués: afirmaciones, preguntas, negaciones y exclamaciones. 24. El léxico portugués. Estructura y formación de las palabras. Préstamos. 25. Actividades de aula para desarrollar la comprensión de textos orales en situación. 26. Actividades de aula para desarrollar la producción de textos orales en situación. 27. Actividades de aula para desarrollar la comprensión de textos escritos en situación. 28. Actividades de aula para desarrollar la producción de textos escritos en situación. 29. La evaluación del alumno y la evaluación del proceso de enseñanza-aprendizaje en el Instituto de Idiomas. 30. Materiales y recursos didácticos para la enseñanza-aprendizaje de portugués en el Instituto de Idiomas.

ANEXO III

Listado de adaptaciones compensatorias para las oposiciones y exámenes en los que participen personas con necesidades especiales

Ampliación del tiempo de examen (en un 25%). Colocación en primeras filas. Mesa adaptada para usuarios de sillas de ruedas. Aumento del nivel de iluminación. Preguntas de examen y folios ampliados en tamaño. Preguntas de examen y folios en alto contraste. Transcripción en sistema Braille. Posibilidad de uso de máquinas de escribir en sistema Braille. Posibilidad de uso de medios de ampliación de imagen. Instrucciones generales e instrucciones durante las pruebas siempre escritas. Disponibilidad de equipos de frecuencia modulada para personas con deficiencia auditiva. Interprete de lengua de signos. Posibilidad de uso del ordenador e impresora u otras ayudas técnicas para la comunicación escrita. Necesidad de alimentación eléctrica para ayudas técnicas para la comunicación. Otras

ANEXO IV Declaracion jurada/promesa

Don/Doña . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . con domicilio en . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . municipio . . . . . . . . . . . . . . . . . . provincia de . . . . . . . . . . . . . . . nacionalidad . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . con documento nacional de identidad (pasaporte o documento acreditativo de la nacionalidad), número . . . . . . . . . . . . . . . . . declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

(Para ciudadanos españoles) que no ha sido separado, mediante expediente disciplinario, de ninguna Administración Pública y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

(Para ciudadanos extranjeros) que no ha sido sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la Función Pública. . . . . . . . . . . . ., . . . . de . . . . . . . . . . . . .de . . . . Localidad (día) (mes) (año)



Datos oficiales del departamento Universidades

Resolución de 23 de febrero de 2005, de la Universidad de Zaragoza, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Técnicos Superiores de Idiomas.

"Resolución de 23 de febrero de 2005, de la Universidad de Zaragoza, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Técnicos Superiores de Idiomas." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2005-3984 publicado el 10 marzo 2005

ID de la publicación: BOE-A-2005-3984
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 10 marzo 2005
Fecha Pub: 20050310
Fecha última actualizacion: 10 marzo, 2005
Numero BORME 59
Seccion: 2
Departamento: Universidades
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 10 marzo 2005
Letra: A
Pagina de inicio: 8459
Pagina final: 8468




Publicacion oficial en el BOE número 59 - BOE-A-2005-3984


Publicacion oficial en el BOE-A-2005-3984 de Resolución de 23 de febrero de 2005, de la Universidad de Zaragoza, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Técnicos Superiores de Idiomas.


Descargar PDF oficial BOE-A-2005-3984 AQUÍ



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