La Dirección General del Patrimonio del Estado ha acordado la iniciación del procedimiento de enajenación por subasta de los inmuebles que más adelante se describen, propiedad de la Administración General del Estado, a pesar de encontrarse actualmente afectados/adscritos a un uso o servicio público, al no resultar necesario para el uso general ni para el servicio público, ni resultar conveniente su explotación.
En cumplimiento de dicho acuerdo, teniendo en cuenta lo previsto en la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas (LPAP) y en su Reglamento General, aprobado por Real Decreto 1373/2009, de 28 de agosto (RLPAP), así como en la Orden HAP/1335/2012 de 14 de junio, de delegación de competencias, se ha dispuesto la celebración de la subasta por el procedimiento de presentación de ofertas en sobre cerrado.
La Dirección General del Patrimonio del Estado ha acordado la iniciación del procedimiento de enajenación por subasta de los inmuebles que más adelante se describen, propiedad de la Administración General del Estado, a pesar de encontrarse actualmente afectados/adscritos a un uso o servicio público, al no resultar necesario para el uso general ni para el servicio público, ni resultar conveniente su explotación.
En cumplimiento de dicho acuerdo, teniendo en cuenta lo previsto en la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas (LPAP) y en su Reglamento General, aprobado por Real Decreto 1373/2009, de 28 de agosto (RLPAP), así como en la Orden HAP/1335/2012 de 14 de junio, de delegación de competencias, se ha dispuesto la celebración de la subasta por el procedimiento de presentación de ofertas en sobre cerrado.
La Dirección General del Patrimonio del Estado ha acordado la iniciación del procedimiento de enajenación por subasta de los inmuebles que más adelante se describen, propiedad de la Administración General del Estado, a pesar de encontrarse actualmente afectados/adscritos a un uso o servicio público, al no resultar necesario para el uso general ni para el servicio público, ni resultar conveniente su explotación.
En cumplimiento de dicho acuerdo, teniendo en cuenta lo previsto en la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas (LPAP) y en su Reglamento General, aprobado por Real Decreto 1373/2009, de 28 de agosto (RLPAP), así como en la Orden HAP/1335/2012 de 14 de junio, de delegación de competencias, se ha dispuesto la celebración de la subasta por el procedimiento de presentación de ofertas en sobre cerrado.