Anuncio de la Autoridad Portuaria de Valencia sobre solicitud de modificación de concesión administrativa de ocupación de dominio público portuario. – Ministerio de Fomento

Anuncio de la Autoridad Portuaria de Valencia sobre solicitud de modificación de concesión administrativa de ocupación de dominio público portuario.

Don Domingo Ciurana Ortiz, Patrón Mayor de la Cofradía de Pescadores de Gandia, con NIF G-46126223, titular de una concesión de dominio público portuario en la Zona de Servicio del Puerto de Gandía con destino a la explotación de la Lonja de Pescado del Puerto de Gandía, dirigió escrito a esta Autoridad Portuaria de Valencia solicitando la ampliación de superficie de su concesión administrativa, incluyendo los Tinglados Fruteros 1, 2 y 3, para desarrollar la actividad de subasta de pescado azul, lo que supone una modificación sustancial de la misma.

Dado el carácter de modificación sustancial que la solicitud formulada constituye por encontrarse el supuesto entre los específicamente previstos en el artículo 88 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, se da inicio al trámite de información pública previsto en el artículo 85 de dicho Texto Refundido, poniendo la solicitud y documentación en conocimiento general para que en el plazo de veinte (20) días, contados a partir de la publicación de este anuncio en el "Boletín Oficial del Estado", puedan presentarse por las Corporaciones, Entidades y particulares interesados, cuantas reclamaciones, alegaciones u observaciones estimen pertinentes.

Anuncio de la Autoridad Portuaria de Valencia sobre solicitud de modificación de concesión administrativa de ocupación de dominio público portuario.

Don Domingo Ciurana Ortiz, Patrón Mayor de la Cofradía de Pescadores de Gandia, con NIF G-46126223, titular de una concesión de dominio público portuario en la Zona de Servicio del Puerto de Sagunto con destino a la explotación de la Lonja de Pescado del puerto de Gandía, dirigió escrito a esta Autoridad Portuaria de Valencia solicitando autorización para el arrendamiento parcial del edificio de la Lonja para el servicio de restauración, lo que supone una modificación del objeto concesional.

Dado el carácter de modificación sustancial que la solicitud formulada constituye por encontrarse el supuesto entre los específicamente previstos en el artículo 88 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, se da inicio al trámite de información pública previsto en el artículo 85 de dicho Texto Refundido, poniendo la solicitud y documentación en conocimiento general para que en el plazo de veinte (20) días, contados a partir de la publicación de este anuncio en el "Boletín Oficial del Estado", puedan presentarse por las Corporaciones, Entidades y particulares interesados, cuantas reclamaciones, alegaciones u observaciones estimen pertinentes.

Anuncio de la Autoridad Portuaria de Valencia sobre solicitud de modificación de concesión administrativa de ocupación de dominio público portuario.

D. Rafael del Moral Estellés, actuando en nombre y representación de la mercantil NOATUM TERMINAL POLIVALENTE SAGUNTO, S.L.U., con N.I.F. B-98751829, dirigió escrito a esta Autoridad Portuaria solicitando dejar sin efecto el requerimiento de capital social mínimo contenido en la Base 4ª del Pliego de Bases, así como, en su caso, la Cláusula Vigesimoquinta a).7 del Pliego de Cláusulas de Explotación que rigen la concesión, cuya titularidad ostenta en el Puerto de Sagunto, con destino a la construcción y gestión de la explotación de una terminal integral automatizada para la manipulación y almacenamiento de mercancía general, este o no contenedorizada.

Se procede al trámite de información pública, poniendo la solicitud y documentación en conocimiento general, para que en el plazo de veinte (20) días, contados a partir de la publicación de este anuncio en el "Boletín Oficial del Estado", puedan presentarse por las Corporaciones, Entidades y particulares interesados, cuantas reclamaciones, alegaciones u observaciones estimen pertinentes.