Sentencia de 8 de junio de 2005, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se fija la siguiente doctrina legal: «Que la publicación en el Boletín Oficial del Estado de los requisitos de las convocatorias para la selección de personal laboral a que se refiere el artículo 29 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, no es aplicable a las convocatorias para contratación de personal en el exterior».





En el recurso de casación en interés de la ley n.º 19/2004, interpuesto por el Abogado del Estado, la Sala Tercera (Sección Séptima) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia, en fecha 8 de junio de 2005, que contiene el siguiente fallo:

Contenidos de la Tribunal Supremo Sentencia de 8 de junio de 2005, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se fija la siguiente doctrina legal: «Que la publicación en el Boletín Oficial del Estado de los requisitos de las convocatorias para la selección de personal laboral a que se refiere el artículo 29 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, no es aplicable a las convocatorias para contratación de personal en el exterior». del 20051115







Orden del día 15 noviembre 2005

En el recurso de casación en interés de la ley n.º 19/2004, interpuesto por el Abogado del Estado, la Sala Tercera (Sección Séptima) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia, en fecha 8 de junio de 2005, que contiene el siguiente fallo:

FALLAMOS

Que debemos estimar y estimamos el recurso de casación en interés de ley n.º 19/2004, interpuesto por el Abogado del Estado contra sentencia dictada por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 3 de noviembre de 2003, y procede fijar como doctrina legal la siguiente: «Que la publicación en el Boletín Oficial del Estado de los requisitos de las convocatorias para la selección de personal laboral a que se refiere el artículo 29 del Real Decreto 364/95 no es aplicable a las convocatorias para contratación de personal en el exterior».

A los efectos previstos en el artículo 100, regla séptima de la Ley 29/98, procede la publicación de este fallo en el Boletín Oficial del Estado.

Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.-Presidente: Excmo. Sr. D. Ramón Trillo Torres.-Magistrados: Excmo. Sr. D. Juan Antonio Xiol Ríos.-Excmo. Sr. D. Juan José González Rivas.-Excmo. Sr. D. Nicolás Maurandi Guillén.-Excmo. Sr. D. Pablo Lucas Murillo de la Cueva.



Datos oficiales del departamento Tribunal Supremo

Sentencia de 8 de junio de 2005, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se fija la siguiente doctrina legal: «Que la publicación en el Boletín Oficial del Estado de los requisitos de las convocatorias para la selección de personal laboral a que se refiere el artículo 29 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, no es aplicable a las convocatorias para contratación de personal en el exterior».

"Sentencia de 8 de junio de 2005, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se fija la siguiente doctrina legal: «Que la publicación en el Boletín Oficial del Estado de los requisitos de las convocatorias para la selección de personal laboral a que se refiere el artículo 29 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, no es aplicable a las convocatorias para contratación de personal en el exterior»." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2005-18680 publicado el 15 noviembre 2005

ID de la publicación: BOE-A-2005-18680
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 1
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 15 noviembre 2005
Fecha Pub: 20051115
Fecha última actualizacion: 15 noviembre, 2005
Numero BORME 273
Seccion: 1
Departamento: Tribunal Supremo
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 15 noviembre 2005
Letra: A
Pagina de inicio: 37314
Pagina final: 37314




Publicacion oficial en el BOE número 273 - BOE-A-2005-18680


Publicacion oficial en el BOE-A-2005-18680 de Sentencia de 8 de junio de 2005, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se fija la siguiente doctrina legal: «Que la publicación en el Boletín Oficial del Estado de los requisitos de las convocatorias para la selección de personal laboral a que se refiere el artículo 29 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, no es aplicable a las convocatorias para contratación de personal en el exterior».


Descargar PDF oficial BOE-A-2005-18680 AQUÍ



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