Sentencia de 26 de enero de 2004, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se declara nula la frase «provisionalmente y a cuenta» que figura en el párrafo 2.° de los artículos 303 y 310 del Reglamento de Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril.





En la cuestión de ilegalidad n.° 6/2002, planteada por la Sección Quinta de la Sala de esta Jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, la Sala Tercera (Sección Segunda) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia, en fecha 26 de enero de 2004, que contiene el siguiente fallo:






Orden del día 03 junio 2005

En la cuestión de ilegalidad n.° 6/2002, planteada por la Sección Quinta de la Sala de esta Jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, la Sala Tercera (Sección Segunda) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia, en fecha 26 de enero de 2004, que contiene el siguiente fallo:

FALLAMOS

Que, sin afectar a la situación jurídica concreta derivada de la sentencia pronunciada por la Sala de esta Jurisdicción, Sección Quinta, del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en fecha 28 de Noviembre de 2001 y en el recurso al principio reseñado, y estimando en parte la cuestión de ilegalidad por dicha Sala planteada, debemos declarar, y declaramos, nula la frase «provisionalmente y a cuenta» que figura en el párrafo 2.° de los arts. 303 y 310 del Reglamento de Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de Abril. Notifíquese la presente, comuníquese al Tribunal que la planteó y publíquese en el Boletín Oficial del Estado. Sin costas.

Presidente: Excmo. Sr. D. Pascual Sala Sánchez; Magistrados: Excmo. Sr. D. Jaime Rouanet Moscardó; Excmo. Sr. D. Manuel Vicente Garzón Herrero; Excmo. Sr. D. Ramón Rodríguez Arribas; Excmo. Sr. D. Juan Gonzalo Martínez Micó; Excmo. Sr. D. Alfonso Gota Losada.



Datos oficiales del departamento Tribunal Supremo

Sentencia de 26 de enero de 2004, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se declara nula la frase «provisionalmente y a cuenta» que figura en el párrafo 2.° de los artículos 303 y 310 del Reglamento de Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril.

"Sentencia de 26 de enero de 2004, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se declara nula la frase «provisionalmente y a cuenta» que figura en el párrafo 2.° de los artículos 303 y 310 del Reglamento de Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2005-9204 publicado el 03 junio 2005

ID de la publicación: BOE-A-2005-9204
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 1
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 03 junio 2005
Fecha Pub: 20050603
Fecha última actualizacion: 3 junio, 2005
Numero BORME 132
Seccion: 1
Departamento: Tribunal Supremo
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 03 junio 2005
Letra: A
Pagina de inicio: 18632
Pagina final: 18633




Publicacion oficial en el BOE número 132 - BOE-A-2005-9204


Publicacion oficial en el BOE-A-2005-9204 de Sentencia de 26 de enero de 2004, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se declara nula la frase «provisionalmente y a cuenta» que figura en el párrafo 2.° de los artículos 303 y 310 del Reglamento de Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril.


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