VALENCIA – JUZGADOS DE LO MERCANTIL

VALENCIA

Doña M.ª Isabel Boguña Pacheco, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Valencia, por el presente

Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores con numero de registro 273/2013, en cuyo seno se ha dictado en esta fecha y en su Sección Quinta, auto por el que se declara concluso el concurso de acreedores de la entidad Cubiertas y Cerramientos de Levante, S.L. Unipersonal, con todos sus efectos legales inherentes, acordándose la cancelación de la inscripción registral.

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Doña M.ª Isabel Boguña Pacheco, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Valencia, por el presente

Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores con numero de registro 273/2013, en cuyo seno se ha dictado en esta fecha y en su Sección Quinta, auto por el que se declara concluso el concurso de acreedores de la entidad Cubiertas y Cerramientos de Levante, S.L. Unipersonal, con todos sus efectos legales inherentes, acordándose la cancelación de la inscripción registral.

VALENCIA

Doña M.ª José Roig Sapiña, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en el art. 482 del TRLC, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de archivo del concurso dictado en este Juzgado y

Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso Abreviado (CNA) - 000791/2019 Voluntario, de la deudora Concursada Restaurante London, S.L., con CIF n.º B98640899, con domicilio en la Plaza San Pere, n.º 2, Sueca (Valencia), en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 12 de mayo de 202, por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez don Jacinto Talens Segui, por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y al archivo de las actuaciones, habiéndose declarado la extinción de la mercantil mencionada y el cierre de la hoja de su inscripción en los Registros Públicos que correspondan. El deudor, en caso de ser persona natural, queda responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso ( 483, 484 y 485 TRLC).

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Doña M.ª José Roig Sapiña, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en el art. 482 del TRLC, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de archivo del concurso dictado en este Juzgado y

Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso Abreviado (CNA) - 000791/2019 Voluntario, de la deudora Concursada Restaurante London, S.L., con CIF n.º B98640899, con domicilio en la Plaza San Pere, n.º 2, Sueca (Valencia), en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 12 de mayo de 202, por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez don Jacinto Talens Segui, por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y al archivo de las actuaciones, habiéndose declarado la extinción de la mercantil mencionada y el cierre de la hoja de su inscripción en los Registros Públicos que correspondan. El deudor, en caso de ser persona natural, queda responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso ( 483, 484 y 485 TRLC).