Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º1 de Noia,
Se hace saber: Que en las DPA 321/2017 se ha dictado auto de 11 de marzo de 2019 por el que se acuerda expedir requisitoria para llamamiento, búsqueda y detención de Alesandru Catalin Nastasa y Liviu Adrián Nita. De no presentarse o ser habidos en un plazo de treinta días serán declarados rebeldes con los perjuicios que en derecho les depare tal declaración.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Noia. Se hace saber que en las Diligencias Previas 251/2017 se ha dictado resolución por la que se acuerda el llamamiento a través de requisitoria de don Antonio José García Pina, al objeto de que en el plazo de diez días, contados a partir del siguiente a la publicación de esta requisitoria en el BOE, comparezca ante este Juzgado, con el apercibimiento de que de no verificarse la comparecencia podrá ser declarado en situación de rebeldía.
Noia, 14 de marzo de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Isabel Parajó Martínez.
Por el presente, hago saber:
Que en este juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Noia - A Coruña, se sigue proceso penal diligencias previas 42/2019, habiendo recaído resolución en la que se ordena llamar por requisitoria al investigado a Samuel Salazar Bentos con DNI 46289685T cuyos demás datos de identidad y objeto del procedimiento constan en autos, a fin de que en el plazo de diez dias comparezca en autos bajo apercibimiento de ser declarado rebelde.
Juzgado de Instrucción n.º 1 de León
Diligencias Previas Procedimiento Abreviado 323/2017
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 de Noia,
Se hace saber: Que en este órgano judicial se ha dictado, en las Diligencias Previas 179/2018, auto de 29 de enero de 2019, por el que se decreta la búsqueda y detención de Omer Seghil y David Dragoi, con último domicilio conocido en C/ Manuela Pardo Bazán 3, Madrid y C/ Galicia 19, Getafe, Madrid, respectivamente, y su puesta a disposición de este Juzgado o de aquel del lugar donde se le detenga. De no presentarse o ser habidos los investigados en un plazo de 30 días serán declarados rebeldes y les parará el perjuicio a que hubiera lugar.