En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento de Prestación de Servicios Funerarios y Cementerios y de acuerdo con el Reglamento de Sanidad Mortuoria. A lo largo del año 2022, se procederá a la exhumación de los cadáveres que se indican a continuación:
· Inhumados en nichos temporales por 10 años, del Cementerio Municipal de CARABANCHEL SUR, durante el periodo comprendido entre el 20 de julio de 2010 y 16 de marzo de 2011.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 21 del Reglamento de Prestación de Servicios Funerarios y Cementerios y de acuerdo con el Reglamento de Sanidad Mortuoria de la Comunidad de Madrid, se procederá a la exhumación de los cadáveres y restos por vencimiento de la concesión por 99 años de las Sepulturas enumeradas en la relación adjunta.
Los titulares de las mencionadas sepulturas o personas interesadas en reclamar los restos de los fallecidos, que no reciban notificación por escrito, deberán dirigirse en el plazo de treinta días, a partir de su publicación, a las oficinas del cementerio Ntra. Señora de la Almudena, sitas en la avenida de Daroca, n.º 90, donde podrán solicitar toda la información referida a la exhumación.
En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento de Prestación de Servicios Funerarios y Cementerios y de acuerdo con el Reglamento de Sanidad Mortuoria, se procederá a la exhumación de los cadáveres:
Inhumados durante el año dos mil diez (2010), en los nichos temporales, del Cementerio Municipal de Carabanchel Sur.
En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento de Prestación de Servicios Funerarios y Cementerios y de acuerdo con el Reglamento de Sanidad Mortuoria, se procederá a la exhumación de los cadáveres por vencimiento de la concesión por 99 años de las sepulturas enumeradas en la relación adjunta y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 21 de Reglamento de Prestación de Servicios Funerarios y Cementerios, se procederá a la exhumación de los cadáveres y restos inhumados en ellas.
Los titulares de las mencionadas sepulturas o personas interesadas en reclamar los restos de los fallecidos, que no reciban notificación por escrito, deberán dirigirse en el plazo de treinta días, a partir de su publicación, a las oficinas del cementerio Ntra. Señora de la Almudena, sitas en la Avenida de Daroca, nº 90, donde podrán solicitar toda la información referida a la exhumación.
En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento de Prestación de Servicios Funerarios y Cementerios y de acuerdo con el Reglamento de Sanidad Mortuoria, se procederá a la exhumación de los cadáveres:
Inhumados durante el año dos mil nueve (2009), en los nichos temporales, del Cementerio Municipal de Carabanchel Sur.