Disposiciones

Resolución de 19 de enero de 2005, de la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial del Departamento de Trabajo e Industria, por la que se autoriza el modelo, para su uso e instalación en la red, de un transformador de medida de intensidad, en baja tensión, marca Circutor, modelo TRMC210.

Vista la solicitud presentada por la empresa Circutor, S.A., domiciliada en vial Sant Jordi s/n, de Viladecavalls (Barcelona) en solicitud de autorización de modelo para su uso e instalación en la red, de un transformador de medida de intensidad, en baja tensión, marca Circutor, modelo TRMC210. Vista la memoria técnica aportada, la declaración de conformidad del fabricante y los certificados de ensayo de números de referencia B126-02-CF-EE-01c y B126-02-CF-EE-C1, emitidos por el Labein Centro Tecnológico que acreditan el cumplimiento de las prescripciones técnicas, metrológicas y de compatibilidad electromagnética aplicables a estos instrumentos. Considerando el Real Decreto 1433/2002, de 27 de diciembre (BOE 31-12-02) por el que se establecen los requisitos de medida en baja tensión de consumidores y centrales de producción en Régimen Especial, De acuerdo con las competencias establecidas en el Decreto 68/2004, de 20 de enero, de estructuración y reestructuración de diversos departamentos de la Administración de la Generalidad (DOGC. núm. 4054, de 22.01.2004), resuelvo:

Autorizar el modelo, para su uso e instalación en la red, de un transformador de medida de intensidad, en baja tensión, marca Circutor, modelo TRMC210, fabricado por la empresa Circutor, cuyas principales características son: Tensión máxima de servicio: 0,72 kV.

Orden FOM/491/2005, de 2 de marzo, por la que se establecen reglas transitorias para la aplicación de las nuevas cuantías de las bonificaciones al transporte aéreo y marítimo para los residentes en las Comunidades Autónomas de Canarias y de las Illes Balears y en las Ciudades de Ceuta y Melilla.

El Real Decreto 207/2005, de 25 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 1316/2001, de 30 de noviembre, por el que se regula la bonificación de las tarifas de los servicios regulares de transporte aéreo y marítimo para los residentes en las Comunidades Autónomas de Canarias y de las Illes Balears y las Ciudades de Ceuta y Melilla, ha aumentado, desde el 33 hasta el 38 por ciento la bonificación de las tarifas de los servicios regulares de transporte para los trayectos directos entre dichos territorios y el resto del territorio nacional, así como para los trayectos interinsulares de los servicios aéreos, y desde el 10 hasta el 15 por ciento la bonificación para los trayectos interinsulares cuando se trate de rutas marítimas. El citado real decreto, cuya entrada en vigor se ha producido el 1 de marzo, extiende sus efectos a los desplazamientos efectuados desde el 1 de enero de 2005. La disposición transitoria única y la disposición final primera del Real Decreto 207/2005, de 25 de febrero, autorizan al Ministro de Fomento para determinar la forma conforme a la cual debe aplicarse el incremento de la bonificación de las tarifas a los servicios de transporte realizados desde el 1 de enero de 2005 hasta su entrada en vigor. De acuerdo con tales previsiones, esta orden determina las formalidades que habrán de seguir las compañías aéreas y marítimas que hayan emitido billetes de viaje con anterioridad al 1 de marzo, para que los residentes en los mencionados territorios puedan acogerse al beneficio de las nuevas reducciones del 38 y del 15 por ciento, según corresponda, desde el 1 de enero de 2005. Se excluyen de este procedimiento transitorio los trayectos interinsulares marítimos efectuados por los residentes en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, toda vez que, por la aplicación del Decreto del Gobierno de las Illes Balears 101/2004, de 23 de diciembre, sus beneficiarios han obtenido el incremento del cinco por ciento en la cuantía de la bonificación desde el 1 de enero de 2005. En su virtud dispongo:

Artículo 1. Ámbito de aplicación.

Orden APU/503/2005, de 16 de febrero, que resuelve parcialmente la convocatoria efectuada por Orden APU/3709/2004, de 10 de noviembre, por la que se anunciaron para su cobertura, por el procedimiento de libre designación, distintos puestos de trabajo.

Por Orden APU/3709/2004, de 10 noviembre (B.O.E. 15-11-2004) se anunciaron para su cobertura, por el procedimiento de libre designación, distintos puestos de trabajo en el Ministerio de Administraciones Públicas. Previa la tramitación prevista en el Capítulo III del Título III, del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (B.O.E. 10 de abril), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1.c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, según la redacción dada al mismo por la Ley 23/1988, de 28 de julio (B.O.E. del 29). Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.-Resolver parcialmente la referida convocatoria, en los términos que se señalan en el Anexo adjunto.

Resolución de 19 de enero de 2005, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por don Jesús María Guisasola Serra contra la negativa del registrador de la propiedad n.° 6, de Barcelona, don Miguel-María Molina Castiella, a inscribir una anotación preventiva de demanda.

En el recurso gubernativo interpuesto por la Procuradora de los Tribunales de Barcelona D.ª Concha Cuyás Henche, en nombre de Don Jesús María Guisasola Serra contra la negativa del Registrador de la Propiedad n.° 6 de Barcelona, D. Miguel-María Molina Castiella, a inscribir una anotación preventiva de demanda.

Hechos