En el recurso gubernativo interpuesto por el abogado don Mariano Torrecilla Rodríguez-Sánchez, frente a la negativa del registrador de la propiedad de Torrejón de Ardoz n.º 1, don Antonio Moro Serrano, a inscribir una hipoteca de máximo.
Hechos
En el recurso gubernativo interpuesto por el abogado don Mariano Torrecilla Rodríguez-Sánchez, frente a la negativa del registrador de la propiedad de Torrejón de Ardoz n.º 1, don Antonio Moro Serrano, a inscribir una hipoteca de máximo.
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Vista la solicitud presentada por la empresa Circutor, S.A., domiciliada en vial Sant Jordi s/n, de Viladecavalls (Barcelona) en solicitud de autorización de modelo para su uso e instalación en la red, de un transformador de medida de intensidad, en baja tensión, marca Circutor, modelo TRMC400. Vista la memoria técnica aportada, la declaración de conformidad del fabricante y los certificados de ensayo de números de referencia B126-02-CF-EE-02c y B126-02-CF-EE-C2, emitidos por el Labein Centro Tecnológico que acreditan el cumplimiento de las prescripciones técnicas, metrológicas y de compatibilidad electromagnética aplicables a estos instrumentos. Considerando el Real Decreto 1433/2002, de 27 de diciembre (BOE 31-12-02) por el que se establecen los requisitos de medida en baja tensión de consumidores y centrales de producción en Régimen Especial, De acuerdo con las competencias establecidas en el Decreto 68/2004, de 20 de enero, de estructuración y reestructuración de diversos departamentos de la Administración de la Generalidad (DOGC. núm. 4054, de 22.01.2004), resuelvo:
Autorizar el modelo, para su uso e instalación en la red, de un transformador de medida de intensidad, en baja tensión, marca CIRCUTOR, modelo TRMC400, fabricado por la empresa CIRCUTOR, cuyas principales características son: Tensión máxima de servicio: 0,72 kV.
Por Orden APU/3947/2004, de 24 noviembre, (B.O.E. 1-12-2004) se anunciaron para su cobertura, por el procedimiento de libre designación, distintos puestos de trabajo en el Ministerio de Administraciones Públicas. Previa la tramitación prevista en el Capítulo III del Título III, del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (B.O.E. 10 de abril), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1.c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, según la redacción dada al mismo por la Ley 23/1988, de 28 de julio (B.O.E. del 29). Este Ministerio ha dispuesto:
Primero.-Resolver parcialmente la referida convocatoria, en los términos que se señalan en el Anexo adjunto.
En el «Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza» número 27, de 4 de febrero de 2005, se publicaron las bases que han de regir las siguientes oposiciones:
Una plaza de Técnico Medio Documentalista, mediante el sistema de oposición libre, que se oferta al turno libre, perteneciente a la plantilla de funcionarios, integrada en la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, clase Técnicos Medios, vacante en la plantilla de funcionarios del Ayuntamiento de Zaragoza.
En el recurso gubernativo interpuesto por D. Óscar Manuel Valero Mendoza, que actúa en nombre y representación de «Banco de Valencia, S.A.», contra la nota de calificación emitida por el Registrador de Bienes Muebles de Barcelona, D. José Antonio Rodríguez del Valle Iborra, que suspende la inscripción de un contrato de arrendamiento financiero mobiliario suscrito por la entidad «Unidades Móviles Elevadoras, S.A.» y el «Banco de Valencia, S.A.».
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