Que en el procedimiento seguido ante este juzgado Sección I Declaración Concurso Voluntario 356/2013, NIG: 05019 41 1 2013 0018932, relativo a los deudores don Carlos Saugar Garrido y doña María del Carmen Alicia Rueda Cuenca, se ha dictado Auto de conclusión del concurso en fecha 1 de abril de 2019, firme, en cuya parte dispositiva se dispone:
«1. Concluir el presente procedimiento concursal por estar en el supuesto de inexistencia de bienes o derechos propiedad de los concursados, don Carlos Saugar Garrido y doña Carmen Alicia Rueda Cuenca, ni de terceros responsables para satisfacer a los acreedores.
Luis Marugán Cid, Letrado del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Ávila, con funciones de Juzgado de lo Mercantil, por el presente,
Hago saber:
Edicto
D. Luis Marugán Cid, Letrado del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 de Ávila, con funciones de Juzgado de lo Mercantil, por el presente, hago saber:
D. Luis Marugán Cid, Letrado del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 de Ávila, con funciones de Juzgado de lo Mercantil,
Por el presente, hago saber:
EDICTO
Don Luis Marugán Cid, Letrado del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 de Ávila, con funciones de Juzgado de lo Mercantil, por el presente,