Contenidos de la Ministerio para la Transición Ecológica Resolución de 18 de diciembre de 2019, de la Dirección General del Agua, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio entre el Ministerio para la Transición Ecológica, las Confederaciones Hidrográficas del Cantábrico, O.A. y del Ebro, O.A. y la Comunidad Autónoma del País Vasco y Uraren Euskal Agentzia/Agencia Vasca del Agua, por el que se encomiendan diversas actividades en materia de dominio público hidráulico en las cuencas intercomunitarias del territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco. del 20200121
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Orden del día 21 enero 2020
Con fecha 13 de diciembre de 2019 se ha suscrito la Adenda de modificación y prórroga del Convenio entre el Ministerio para la Transición Ecológica, las Confederaciones Hidrográficas del Cantábrico, O.A. y del Ebro, O.A. y la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y Uraren Euskal Agentzia/Agencia Vasca del Agua, por el que se encomiendan diversas actividades en materia de Dominio Público Hidráulico en las cuencas intercomunitarias del territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 11.3.b) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la citada Adenda, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 18 de diciembre de 2019.–El Director General del Agua, Manuel Menéndez Prieto.
ANEXO
Adenda de modificación y prórroga del Convenio entre el Ministerio para la Transición Ecológica, las Confederaciones Hidrográficas del Cantábrico, O.A. y del Ebro, O.A. y la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y Uraren Euskal Agentzia/Agencia Vasca del Agua, por el que se encomiendan diversas actividades en materia de dominio público hidráulico en las cuencas intercomunitarias del territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco
REUNIDOS
De una parte, don Hugo Alfonso Morán Fernández, Secretario de Estado de Medio Ambiente del Ministerio para la Transición Ecológica, nombrado por Real Decreto 574/2018, de 18 de junio, actuando en nombre y en representación del citado Departamento, de acuerdo con las facultades que le atribuye el Capítulo I de la Orden TEC/1425/2018, de 17 de diciembre de delegación de competencias.
Don Manuel Gutiérrez García, Presidente de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, O.A. en representación legal de dicho Organismo, en ejercicio de las competencias atribuidas al Organismo de cuenca en los artículos 23, 24 y 30 del Texto Refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio.
Doña María Dolores Pascual Vallés, Presidenta de la Confederación Hidrográfica del Ebro, O.A. en representación legal de dicho Organismo, en ejercicio de las competencias atribuidas al Organismo de cuenca en los artículos 23, 24 y 30 del Texto Refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio.
De otra don Ignacio María Arriola López, Consejero de Medio Ambiente y Planificación Territorial y Vivienda de la Comunidad Autónoma del País Vasco, nombrado por Decreto 29/2016, de 26 de noviembre, del Lehendakari.
Don Ernesto Martínez de Cabredo, Director General de Uraren Euskal Agentzia/Agencia Vasca del Agua, nombrado por Decreto 217/2016, de 13 de diciembre, del Lehendakari.
Las partes se reconocen, en la calidad con que cada uno interviene, con capacidad legal suficiente para la celebración de la presente Adenda de modificación y prórroga del Convenio y, a tal efecto
EXPONEN
Primero.
Que con fecha 23 de diciembre de 2015 se suscribió el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, las Confederaciones Hidrográficas del Cantábrico y del Ebro y la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y Uraren Euskal Agentzia/Agencia Vasca del Agua, por el que se encomiendan diversas actividades en materia de dominio público hidráulico en las cuencas intercomunitarias del territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Segundo.
Que en virtud del Real Decreto 355/2018, de 6 de junio, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, al Ministerio para la Transición Ecológica le corresponde la política del agua como bien público esencial.
Asimismo, el Decreto 24/2016, de 26 de noviembre, del Lehendakari, regula la creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y las funciones y áreas de actuación de los mismos, atribuyendo al Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda las funciones en materia de aguas, canales y regadíos.
Tercero.
Que, todas las referencias hechas al Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente se entenderán hechas al Ministerio para la Transición Ecológica.
Por su parte las referencias al Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial se entenderán efectuadas al Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda.
Cuarto.
Que se han producido importantes cambios normativos desde su entrada en vigor que hacen necesario la adecuación de la redacción del Convenio, tanto en su parte expositiva como dispositiva sin que afecte a ninguna de las actividades encomendadas, mediante la incorporación de las modificaciones necesarias en las cláusulas del convenio.
En consecuencia, con el fin de dar continuidad a los trabajos que, desde su entrada en vigor se están realizando, las partes firmantes acuerdan, en el marco del artículo 11 de Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, modificar y prorrogar expresamente el convenio de encomienda de gestión por un período de cuatro años.
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
La presente adenda tiene por objeto la modificación y prórroga por un plazo de cuatro años del Convenio entre Ministerio para la Transición Ecológica, las Confederaciones Hidrográficas del Cantábrico, O.A. y del Ebro, O.A. y la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y Uraren Euskal Agentzia/Agencia Vasca del Agua, por el que se encomiendan diversas actividades en materia de dominio público hidráulico en las cuencas intercomunitarias del territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco, suscrito el 23 de diciembre de 2015.
Segunda. Vigencia.
La presente adenda de modificación y prórroga de encomienda de gestión, producirá efectos a partir del 24 de diciembre de 2019, finalizando su vigencia el 24 de diciembre de 2023, salvo denuncia expresa por parte de cualquiera de las partes firmantes del Convenio.
Tercera. Compensación económica.
La compensación económica que Uraren Euskal Agentzia/Agencia Vasca del Agua percibirá por la realización de las actividades derivadas de la prórroga de la encomienda, asciende a la cantidad de 750.000,00 euros anuales.
Dicho importe, será satisfecho a ejercicio vencido por el Ministerio para la Transición Ecológica y se hará efectivo, durante la vigencia de la encomienda de gestión establecida en la Cláusula anterior, de acuerdo con la siguiente distribución anual:
La Dirección General del Agua del Ministerio para la Transición Ecológica, abonará la cantidad de 350.000 €/año, con cargo a la aplicación presupuestaria 23.05.456A.640.
La Confederación Hidrográfica del Cantábrico, O.A. abonará la cantidad de 200.000 €/año, con cargo a la aplicación presupuestaria 23.102.456A.640.
La Confederación Hidrográfica del Ebro, O.A. abonará la cantidad de 200.000 €/año, con cargo a las aplicaciones presupuestarias siguientes:
– 100.000 €/año aplicación 23.104.452A.640.
– 100.000 €/año aplicación 23.104.456A.640.
La presente prórroga queda sometida a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los ejercicios 2020-2023 para financiar las obligaciones derivadas de la misma.
Cuarta.
Se modifica el apartado 1 y 4 de la Estipulación Segunda del convenio «Principios que rigen la Encomienda y Relaciones Interadministrativas», quedando redactados de la siguiente manera:
Quinta.
Se modifica la Estipulación Quinta del convenio «Comisión Mixta de Seguimiento y Control», que queda redactada de la siguiente manera:
Se modifica la Estipulación Séptima del Convenio «Modificación y denuncia del Convenio», que queda redactada de la siguiente manera:
Se modifica la Estipulación Séptima del Convenio «Modificación y denuncia del Convenio», que queda redactada de la siguiente manera:
Séptima.
Se modifica la Estipulación Octava del Convenio «Sistemas de información actualizada», que queda redactada de la siguiente manera:
Octava.
Se modifica la Estipulación Novena del convenio «Eficacia jurídica y duración», que queda redactada en los siguientes términos:
Novena.
Se añade al Convenio de encomienda gestión la Estipulación Décima con el siguiente epígrafe y contenido:
Cláusula adicional.
El resto del texto literal del Convenio, así como el Anexo «Directrices para el desarrollo de la encomienda de gestión» se mantiene en todos sus términos.
Esta adenda de modificación y prórroga del Convenio de encomienda de gestión será objeto de publicación de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y en el artículo 11.3 b) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. En este sentido, las partes prestan expresamente su consentimiento para que se le dé a la presente adenda la publicidad exigida.
Y para que conste, y en prueba de conformidad, se firma el presente documento en el lugar y fecha arriba indicados.–La Ministra para la Transición Ecológica, P.D. (Orden TEC/1425/2018, de 17 de diciembre) el Secretario de Estado de Medio Ambiente, Hugo Alfonso Morán Fernández.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, O.A., Manuel Gutiérrez García.–La Presidenta de la Confederación Hidrográfica del Ebro, O.A., María Dolores Pascual Vallés.–El Consejero de Medio Ambiente y Planificación Territorial y Vivienda, Ignacio María Arriola López.–El Director General de Uraren Euskal Agentzia/Agencia Vasca del Agua, Ernesto Martínez de Cabredo.
Datos oficiales del departamento Ministerio para la Transición Ecológica
Resolución de 18 de diciembre de 2019, de la Dirección General del Agua, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio entre el Ministerio para la Transición Ecológica, las Confederaciones Hidrográficas del Cantábrico, O.A. y del Ebro, O.A. y la Comunidad Autónoma del País Vasco y Uraren Euskal Agentzia/Agencia Vasca del Agua, por el que se encomiendan diversas actividades en materia de dominio público hidráulico en las cuencas intercomunitarias del territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
"Resolución de 18 de diciembre de 2019, de la Dirección General del Agua, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio entre el Ministerio para la Transición Ecológica, las Confederaciones Hidrográficas del Cantábrico, O.A. y del Ebro, O.A. y la Comunidad Autónoma del País Vasco y Uraren Euskal Agentzia/Agencia Vasca del Agua, por el que se encomiendan diversas actividades en materia de dominio público hidráulico en las cuencas intercomunitarias del territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2020-899 publicado el 21 enero 2020
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 21 enero 2020
Fecha Pub: 20200121
Fecha última actualizacion: 21 enero, 2020
Seccion: 3
Departamento: Ministerio para la Transición Ecológica
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 21 enero 2020
Letra: A
Pagina de inicio: 6106
Pagina final: 6112
Publicacion oficial en el BOE número 18 - BOE-A-2020-899
Publicacion oficial en el BOE-A-2020-899 de Resolución de 18 de diciembre de 2019, de la Dirección General del Agua, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio entre el Ministerio para la Transición Ecológica, las Confederaciones Hidrográficas del Cantábrico, O.A. y del Ebro, O.A. y la Comunidad Autónoma del País Vasco y Uraren Euskal Agentzia/Agencia Vasca del Agua, por el que se encomiendan diversas actividades en materia de dominio público hidráulico en las cuencas intercomunitarias del territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
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