Orden TDF/118/2024, de 6 de febrero, por la que se convocan el proceso de Reconocimiento del nivel de excelencia y los Premios a la Calidad e Innovación en la Gestión Pública, XVII edición.





La Orden TFP/967/2019, de 18 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de Reconocimiento del Marco General para la Mejora de la Calidad en la Administración General del Estado establecido por Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, persigue dotar de coherencia interna y mejorar la capacidad de gestión de dicho programa, previendo en una norma conjunta las bases reguladoras para participar en sus dos subprogramas:






Orden del día 14 febrero 2024

La Orden TFP/967/2019, de 18 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de Reconocimiento del Marco General para la Mejora de la Calidad en la Administración General del Estado establecido por Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, persigue dotar de coherencia interna y mejorar la capacidad de gestión de dicho programa, previendo en una norma conjunta las bases reguladoras para participar en sus dos subprogramas:

1) Subprograma Reconocimiento a la Excelencia.

2) Subprograma Premios a la Calidad e Innovación en la Gestión Pública.

a) El Premio a la Excelencia en la Gestión Pública.

b) El Premio a la Innovación en la Gestión Pública.

c) El Premio Ciudadanía.

La orden citada dispone que las solicitudes de participación en los subprogramas de Reconocimiento a la Excelencia y de los Premios a la Calidad e Innovación en la Gestión Pública se convocarán anualmente por orden de la persona titular del Ministerio de Política Territorial y Función Pública, cuyas competencias en esta materia asumió el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública por Real Decreto 1230/2023, de 29 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales.

En su virtud, dispongo:

Primero. Objeto.

Convocatoria del Reconocimiento a la Excelencia y de los Premios a la Calidad e Innovación en la Gestión Pública, XVII edición.

1. Se convoca el Reconocimiento a la Excelencia en la Gestión Pública y el Premio a la Excelencia en la Gestión Pública, conforme a las bases que figuran en la Orden TFP/967/2019, de 18 de septiembre.

2. Se convoca el Premio a la Innovación en la Gestión Pública, conforme a las bases que figuran en la Orden TFP/967/2019, de 18 de septiembre.

3. Se convoca el Premio Ciudadanía, conforme a las bases que figuran en la Orden TFP/967/2019, de 18 de septiembre.

Segundo. Ámbito subjetivo de aplicación.

De conformidad con lo previsto en el artículo 2 de la Orden TFP/967/2019, de 18 de septiembre, lo establecido en la presente orden será aplicable a los órganos y unidades administrativas de la Administración General del Estado, de las Administraciones de las comunidades autónomas, y de las entidades que integran la Administración local y de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla. Asimismo, será de aplicación a los organismos públicos y entidades de derecho público dependientes y vinculadas a todas ellas, y a las universidades públicas.

Tercero. Tramitación electrónica.

1. Las solicitudes de participación se realizarán en la sede electrónica: https://sede.administracionespublicas.gob.es/.

2. Para todos los procedimientos, la solicitud deberá iniciarse con el certificado electrónico de la persona de contacto designada al efecto para este proceso por el máximo responsable de la organización, y debe ir acompañada por un documento declarativo de dicha designación firmado por el máximo responsable de la organización, que se anexará en la sede electrónica, en formato PDF, según el modelo anexo I disponible en formato Word en al que se puede acceder a través del siguiente enlace:

https://funcionpublica.hacienda.gob.es/gobernanza-publica/calidad/reconocimiento/certificaciones.html.

No será necesario adjuntar dicho documento declarativo en el caso de que el solicitante (persona de contacto) sea el propio responsable máximo de la organización.

3. Las solicitudes podrán presentarse en la sede electrónica hasta el 15 de marzo de 2024.

Cuarto. Subprograma de Reconocimiento a la Excelencia y Premio a la Excelencia en la Gestión Pública.

1. El proceso de tramitación del Subprograma de Reconocimiento a la Excelencia y Premio a la Excelencia en la Gestión Pública se articulará en dos fases:

1.ª La Certificación del nivel de Excelencia.

2.ª El Premio a la Excelencia en la Gestión Pública.

2. La solicitud de participación en el proceso se realizará en la sede electrónica, a través de los procedimientos de Calidad en las Administraciones Púbicas, «Programa de Reconocimiento: Premios y Certificaciones «: https://sede.administracionespublicas.gob.es/procedimientos/index/categoria/50.

Quinto. Certificación del nivel de excelencia.

1. Podrán solicitar certificación del nivel de excelencia aquellas organizaciones públicas que se hayan autoevaluado en 2023 o, a lo sumo, en 2022 conforme a los modelos de referencia que se señalan en el artículo 3.2 de la Orden TFP/967/2019, de 18 de septiembre.

Estos modelos se encuentran disponibles en la siguiente dirección de Internet:

https://funcionpublica.hacienda.gob.es/gobernanza-publica/calidad/Metodologias-y-Guias.html.

En la solicitud presentada se indicará claramente el modelo y nivel de excelencia, de entre los modelos aludidos, en el que la organización solicitante aspira a ser reconocida, así como si desea ser candidata al Premio a la Excelencia en la Gestión Pública, en caso de ser certificada con una puntuación superior a 400 puntos.

La solicitud se realizará en la sede electrónica, en el procedimiento de Reconocimiento del Nivel de Excelencia y Premio de Excelencia:

https://sede.administracionespublicas.gob.es/procedimientos/index/categoria/50.

2. En la solicitud se anexarán, en formato PDF, los siguientes documentos, que deberán contener la información acreditativa que se explicita a continuación:

a) Informe de la autoevaluación, incluyendo:

i) Modelo de excelencia utilizado.

ii) Personal implicado: composición del equipo o equipos de autoevaluación (nombres y puestos), así como de otras personas de la organización que hayan intervenido en el proceso de autoevaluación.

iii) Calendario: especificar las fechas de comienzo y finalización de la autoevaluación.

iv) Puntuaciones obtenidas en las autoevaluaciones, tanto globales como desglosadas por criterios y subcriterios, para los Modelos EFQM y CAF y por ejes en el Modelo EVAM.

v) Cualquier otra información de interés relacionada con la autoevaluación, como consultorías, asistencias técnicas u otros reconocimientos obtenidos.

vi) Formulario EFQM /CAF o cuestionario EVAM cumplimentado.

En cualquier caso, la organización deberá guardar otros registros detallados de la evaluación: por ejemplo, actas de reuniones celebradas durante la autoevaluación (incluyendo fecha de celebración, participantes y asuntos tratados), que deberán ponerse a disposición de la Dirección General de Ciudadanía y Gobierno Abierto, por si fuera necesario.

i) Para la certificación según el Modelo EFQM, o Modelo CAF, una Memoria descriptiva de la gestión y resultados de la organización, cuyas especificaciones se encuentran en el anexo 1 de esta orden.

i) Para la certificación según el Modelo EFQM, o Modelo CAF, una Memoria descriptiva de la gestión y resultados de la organización, cuyas especificaciones se encuentran en el anexo 1 de esta orden.

ii) Para cualquiera de los niveles del Modelo EVAM: un Plan de Mejora, según el formulario incluido en la «Guía del Programa de Reconocimiento».

Los formatos en PDF para documentar la información mencionada pueden encontrarse en la «Guía del Programa de Reconocimiento»:

https://funcionpublica.hacienda.gob.es/gobernanza-publica/calidad/reconocimiento.html.

3. Aquellas organizaciones que reúnan todas las condiciones de participación exigidas y hayan formalizado su solicitud en el plazo previsto, recibirán el 25 de marzo de 2024, como fecha límite, comunicación de su admisión, así como requerimiento para el pago del precio público al que se refiere el artículo 15 y la disposición transitoria segunda de la Orden TFP/967/2019, de 18 de septiembre por parte de la Dirección General de Ciudadanía y Gobierno Abierto.

Si la solicitud no reúne los requisitos señalados, la Dirección General de Ciudadanía y Gobierno Abierto requerirá a la organización interesada para que, en un plazo de diez días hábiles siguientes, subsane la falta, conforme a lo previsto en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

4. La documentación presentada en la solicitud será evaluada conforme a lo previsto en el artículo 5 de la Orden TFP/967/2019, de 18 de septiembre.

5. La resolución certificando el nivel de excelencia se tramitará conforme a lo previsto en el artículo 6 de la Orden TFP/967/2019, de 18 de septiembre.

Se hará pública la relación de organizaciones que hayan obtenido certificación de excelencia al amparo de esta convocatoria en:

https://funcionpublica.hacienda.gob.es/gobernanza-publica/calidad/reconocimiento/certificaciones/organizaciones.html.

Sexto. Premio a la Excelencia en la Gestión Pública.

1. La Dirección General de Ciudadanía y Gobierno Abierto notificará a las organizaciones que hayan sido certificadas conforme al artículo anterior con una puntuación superior a 400 puntos, y así lo hayan manifestado en su solicitud, su acceso a la segunda fase consistente en el Premio a la Excelencia en la Gestión Pública.

No podrán optar al Premio aquellas organizaciones que hayan sido ganadoras del mismo, no así de accésit o mención especial, en cualquiera de las tres convocatorias anteriores.

Asimismo, la Dirección General de Ciudadanía y Gobierno Abierto seleccionará las organizaciones que, aunque no hayan alcanzado dicha puntuación, puedan ser candidatas a la mención especial contemplada en el artículo 12.2 de la Orden TFP/967/2019, de 18 de septiembre.

La Dirección General de Ciudadanía y Gobierno Abierto elaborará un informe para el Jurado, con los resultados de la evaluación de todas las candidaturas.

2. La valoración y resolución del Premio a la Excelencia en la Gestión Pública se producirá conforme a lo previsto en el capítulo IV de la Orden TFP/967/2019, de 18 de septiembre. A tal efecto, por la persona titular de la Dirección General de Ciudadanía y Gobierno Abierto se designará un Jurado que estará constituido por un máximo de siete y un mínimo de cinco miembros.

Séptimo. Premio a la Innovación en la Gestión Pública.

1. La solicitud para presentarse al Premio a la Innovación en la Gestión Pública, acompañada de la Memoria elaborada conforme a las indicaciones del anexo 2 de esta orden, se realizará en la sede electrónica, en el procedimiento de Premio a la Innovación en la Gestión Pública:

https://sede.administracionespublicas.gob.es/procedimientos/portada/idp/152.

2. No se podrá presentar la misma práctica que en la edición anterior, salvo que en la nueva memoria se presenten cambios sustanciales que la modifiquen claramente, tanto en sus fines como en su contenido material, estructura por criterios y evidencias.

Tampoco se permitirá que la misma práctica se presente a dos modalidades en la misma edición, es decir, al Premio a la Innovación y al Premio Ciudadanía, por lo que la organización deberá escoger cuidadosamente la modalidad más adecuada para su candidatura.

3. Aquellas organizaciones que reúnan todas las condiciones de participación exigidas y hayan formalizado su solicitud en el plazo previsto, recibirán el 25 de marzo de 2024, como fecha límite, comunicación de su admisión, por parte de la Dirección General de Ciudadanía y Gobierno Abierto.

Si la solicitud no reúne los requisitos señalados, la Dirección General de Ciudadanía y Gobierno Abierto requerirá a la organización interesada para que, en un plazo de diez días, subsane la falta, conforme a lo previsto en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

4. La evaluación de candidaturas admitidas y la concesión del Premio a la Innovación en la Gestión Pública, XVII edición, se efectuarán según los criterios recogidos en el anexo 3 de esta orden y de acuerdo con lo previsto en el artículo 10 de la Orden TFP/967/2019, de 18 de septiembre.

5. La valoración y resolución del Premio se producirá conforme a lo previsto en el capítulo IV de la Orden TFP/967/2019, de 18 de septiembre. A tal efecto, por la persona titular de la Dirección General de Ciudadanía y Gobierno Abierto, se designará un Jurado que estará constituido por un máximo de siete y un mínimo de cinco miembros.

Octavo. Premio Ciudadanía.

1. La solicitud para presentarse al Premio Ciudadanía, acompañada de la Memoria elaborada conforme a las indicaciones del anexo 4 de esta orden, se realizará en la sede electrónica, en el procedimiento de Premio Ciudadanía:

https://sede.administracionespublicas.gob.es/procedimientos/portada/idp/146.

2. No se podrá presentar la misma práctica que en la edición anterior, salvo que en la nueva memoria se presenten cambios sustanciales que la modifiquen claramente, tanto en sus fines como en su contenido material, estructura por criterios y evidencias.

Tampoco se permitirá que la misma práctica se presente a dos modalidades en la misma edición, es decir, al Premio a la Innovación y al Premio Ciudadanía, por lo que la organización deberá escoger cuidadosamente la modalidad más adecuada para su candidatura.

3. Aquellas organizaciones que reúnan todas las condiciones de participación exigidas y hayan formalizado su solicitud en el plazo previsto recibirán el 25 de marzo de 2024, como fecha límite, comunicación de su admisión por parte de la Dirección General de Ciudadanía y Gobierno Abierto.

Si la solicitud no reúne los requisitos señalados, la Dirección General de Ciudadanía y Gobierno Abierto requerirá a la organización interesada para que, en un plazo de diez días, subsane la falta, conforme a lo previsto en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

4. La evaluación de candidaturas admitidas y la concesión del Premio Ciudadanía, XVII edición, se efectuarán según los criterios recogidos en el anexo 5 de esta orden y de acuerdo con lo previsto en el artículo 10 de la Orden TFP/967/2019, de 18 de septiembre.

5. La valoración y resolución del Premio se producirá conforme a lo previsto en el capítulo IV de la Orden TFP/967/2019, de 18 de septiembre. A tal efecto, por la persona titular de la Dirección General de Ciudadanía y Gobierno Abierto se designará un Jurado que estará constituido por un máximo de siete y un mínimo de cinco miembros.

Noveno. Plazo de resolución.

El plazo máximo para resolver los Premios será de seis meses desde la fecha de producción de efectos de esta orden.

Décimo. Ordenación de los procesos.

Las funciones de gestión de esta convocatoria serán desarrolladas por la Dirección General de Ciudadanía y Gobierno Abierto.

Disposición adicional primera. Renovación de la certificación del nivel de excelencia.

1. Las solicitudes de renovación de certificaciones del nivel de excelencia obtenidas tras la entrada en vigor de la Orden 967/2019, de 18 de septiembre, y que pierdan su vigencia durante el año de la presente convocatoria se realizarán del modo indicado en el apartado Tercero de la presente orden.

2. En la solicitud se anexará, en formato PDF, el «Plan de Mejora» con tres acciones de mejora relativas a otros tantos aspectos señalados como mejorables en el informe de retorno facilitado a la organización junto con la certificación.

3. La Dirección General de Ciudadanía y Gobierno Abierto verificará la consolidación del nivel de excelencia que se solicita renovar mediante la evaluación de la implementación de las tres acciones de mejora presentadas.

Disposición adicional segunda. Jurado.

De conformidad con lo previsto en el artículo 11 de la Orden TFP/967/2019, de 18 de septiembre, y en función del número de candidaturas u otras circunstancias, podrá constituirse un Jurado conjunto, con un máximo de diez y un mínimo de siete miembros designados por la persona titular de la Dirección General de Ciudadanía y Gobierno Abierto para valorar varios de los Premios convocados.

Disposición final única. Efectos de la Orden.

La presente orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 6 de febrero de 2024.–El Ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, José Luis Escrivá Belmonte.

ANEXO 1

Especificaciones de la Memoria para solicitar la certificación del nivel de excelencia EFQM (2020) o CAF (2020) y optar al Premio a la Excelencia en la Gestión Pública, XVII edición

1. Contenido y páginas.

1.1 En caso de presentar una Memoria clásica (Modelo EFQM o CAF):

– La totalidad del documento no deberá superar las 76 páginas, además de la portada.

– Portada (una página): Nombre completo de la organización y acrónimo reconocido, en su caso.

– Índice general de contenidos (una página).

– Presentación de la organización, incluyendo funciones y actividades, estructura orgánica, proceso hacia la excelencia y principales servicios (máximo cuatro páginas).

– Cuerpo del documento, describiendo el funcionamiento de la organización según todos y cada uno de los criterios y subcriterios del Modelo EFQM («formato clásico», máximo 70 páginas) o del Modelo CAF.

– No se tendrán en cuenta a la hora de su evaluación las páginas que excedan de las indicadas para este apartado.



Datos oficiales del departamento Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública

Orden TDF/118/2024, de 6 de febrero, por la que se convocan el proceso de Reconocimiento del nivel de excelencia y los Premios a la Calidad e Innovación en la Gestión Pública, XVII edición.

"Orden TDF/118/2024, de 6 de febrero, por la que se convocan el proceso de Reconocimiento del nivel de excelencia y los Premios a la Calidad e Innovación en la Gestión Pública, XVII edición." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2024-2845 publicado el 14 febrero 2024

ID de la publicación: BOE-A-2024-2845
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 14 febrero 2024
Fecha Pub: 20240214
Fecha última actualizacion: 15 marzo, 2024
Numero BORME 39
Seccion: 3
Departamento: Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 14 febrero 2024
Letra: A
Pagina de inicio: 18252
Pagina final: 18261




Publicacion oficial en el BOE número 39 - BOE-A-2024-2845


Publicacion oficial en el BOE-A-2024-2845 de Orden TDF/118/2024, de 6 de febrero, por la que se convocan el proceso de Reconocimiento del nivel de excelencia y los Premios a la Calidad e Innovación en la Gestión Pública, XVII edición.


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