Extracto de la Orden de 31 de agosto de 2017, por la que se convocan subvenciones a las asociaciones profesionales de guardias civiles para el año 2017.





BDNS(Identif.): 361065.






Orden del día 12 septiembre 2017

BDNS(Identif.): 361065.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/index)

Primero. Beneficiarios:

Segundo. Objeto y finalidad:

El objeto de las subvenciones es facilitar la organización y el funcionamiento general de las asociaciones profesionales de guardias civiles, fomentar el mayor dinamismo de cada asociación en el desarrollo de su actividad principal, promover la realización de actividades de formación y el estudio profesional sobre cuestiones de interés para la Guardia Civil y la publicación de contenidos de interés profesional.

Las subvenciones se destinarán, por una parte, a cubrir los gastos de organización y funcionamiento de las asociaciones profesionales derivados de su implantación efectiva entre los miembros de la Guardia Civil, y por otra, a financiar actividades de interés para el ejercicio de las funciones de la Institución y la vida asociativa.

Tercero. Bases reguladoras:

Orden INT/1715/2013, de 18 de septiembre (BOE núm. 230, de 25 de septiembre), por la que se regula la concesión de subvenciones a la asociaciones profesionales de guardias civiles..

Cuarto. Importe total a conceder:

Cuantía máxima de 120.000 euros, a distribuir entre las asociaciones solicitantes, correspondiendo 72.000 euros a la modalidad de coadyuvar a los gastos de organización y funcionamiento de las asociaciones, 24.000 euros a la modalidad que tiene por objeto la realización de actividades de interes para el ejercidio de las funciones de la Guardia Civil y la vida asociativa, y 24.000 euros a la modalidad derivada del grado de representatividad en el Consejo de la Guardia Civil.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

Diez días contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Estado.

Sexto. Otros datos:

La solicitud de subvención deberá formalizarse empleando el modelo de solicitud que figura como Anexo A de la Orden de convocatoria, debiendo ir acompañada de la documentación que en la misma se indica.

Madrid, 31 de agosto de 2017.- El Ministro del Interior, Juan Ignacio Zoido Álvarez.



Datos oficiales del departamento Ministerio del Interior

Extracto de la Orden de 31 de agosto de 2017, por la que se convocan subvenciones a las asociaciones profesionales de guardias civiles para el año 2017.

"Extracto de la Orden de 31 de agosto de 2017, por la que se convocan subvenciones a las asociaciones profesionales de guardias civiles para el año 2017." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-B-2017-52250 publicado el 12 septiembre 2017

ID de la publicación: BOE-B-2017-52250
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 5
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 12 septiembre 2017
Fecha Pub: 20170912
Fecha última actualizacion: 12 septiembre, 2017
Numero BORME 220
Seccion: 5
Departamento: Ministerio del Interior
Numero de anuncio: A170064409
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 12 septiembre 2017
Letra: B
Pagina de inicio: 64605
Pagina final: 64606




Publicacion oficial en el BOE número 220 - BOE-B-2017-52250


Publicacion oficial en el BOE-B-2017-52250 de Extracto de la Orden de 31 de agosto de 2017, por la que se convocan subvenciones a las asociaciones profesionales de guardias civiles para el año 2017.


Descargar PDF oficial BOE-B-2017-52250 AQUÍ



Dejar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *