Orden TIN/2217/2010, de 2 de agosto, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y acceso por el sistema de promoción interna al Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social.





En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 406/2010, de 31 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2010, y lo dispuesto en el apartado B.2 del Real Decreto 206/2010, de 26 de febrero, sobre traspaso de funciones y servicios a la Generalitat de Cataluña en materia de Función Pública Inspectora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, su Acuerdo Complementario Núm. 1 y la Cláusula Quinta del Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Trabajo e Inmigración y el Departament de Treball de la Generalitat de Cataluña, en materia de organización y funcionamiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en Cataluña, de 5 de marzo de 2010, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública,






Orden del día 12 agosto 2010

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 406/2010, de 31 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2010, y lo dispuesto en el apartado B.2 del Real Decreto 206/2010, de 26 de febrero, sobre traspaso de funciones y servicios a la Generalitat de Cataluña en materia de Función Pública Inspectora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, su Acuerdo Complementario Núm. 1 y la Cláusula Quinta del Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Trabajo e Inmigración y el Departament de Treball de la Generalitat de Cataluña, en materia de organización y funcionamiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en Cataluña, de 5 de marzo de 2010, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social.

La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes:

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre (Boletín Oficial del Estado núm. 284, de 27 de noviembre de 2007), modificada por Orden PRE/2061/2009, de 23 de junio.

Bases específicas

La presente convocatoria, se publicará en la página web www.060.es, en la página web de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social www.mtin.es/itss, y en la página web del Departament de Treball de la Generalitat de Cataluña www.gencat.cat/treball

1. Descripción de las plazas

1.1.A) Se convocan pruebas selectivas para cubrir un total de 29 plazas del Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social, Código A1502, por el sistema general de acceso libre, de las cuales 17 son las comprendidas en el Anexo I del Real Decreto 406/2010, de 31 de marzo por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2010, y 12 se convocan a petición del Departament de Treball de la Generalitat de Cataluña en base a lo establecido en el apartado B.2 del Real Decreto 406/2010, de 26 de febrero, sobre traspaso de funciones y servicios a la Generalitat de Cataluña en materia de Función Pública Inspectora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y sus normas de desarrollo, y cuyo destino será en la Generalitat de Cataluña en puestos de su Relación de Puestos de Trabajo.

Del total de las 29 plazas antes señaladas, se reservarán 3 plazas para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad, con un grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100, y que sea compatible con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. Correspondiendo 2 a las plazas comprendidas en el anexo I del Real Decreto 406/2010, de 31 de marzo y 1 a las plazas convocadas de conformidad con lo establecido en el apartado B.2 del Real Decreto 206/2010, de 26 de febrero, sobre traspaso de funciones y servicios a la Generalitat de Cataluña en materia de Función Pública Inspectora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

Una vez cubiertas las plazas del cupo de reserva para personas con discapacidad, los aspirantes con discapacidad que hayan superado el proceso selectivo sin obtener plaza por dicho cupo, podrán optar, en igualdad de condiciones, a las de acceso general.

Las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas con discapacidad no se acumularán a las de acceso general.

De conformidad con lo establecido en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad, los interesados deberán formular la correspondiente petición concreta en la solicitud de participación, en la que reflejarán sus necesidades específicas.

1.1.B) Se convocan, también, pruebas selectivas para cubrir un total de 19 plazas del Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social, Código A1502, por el sistema de promoción interna, de las cuales 15 son las comprendidas en el anexo II del Real Decreto 406/2010, de 31 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2010, de conformidad con lo establecido en el artículo 6 del mismo, y 4 se convocan a petición del Departament de Treball de la Generalitat de Cataluña en base a lo establecido en el Apartado B.2 del Real Decreto 206/2010, de 26 de febrero, sobre traspaso de funciones y servicios a la Generalitat de Cataluña en materia de Función Pública Inspectora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y sus normas de desarrollo, y cuyo destino será en la Generalitat de Cataluña en puestos de su Relación de Puestos de Trabajo.

De las 15 plazas comprendidas en el anexo II del Real Decreto 406/2010, de 31 de marzo, de conformidad con lo establecido en el artículo 6 del mismo, siguiendo lo dispuesto en el artículo 5 del Real Decreto antes citado, se reservará una para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad, con un grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100, y que sea compatible con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. En el supuesto de que dicha plaza quedara vacante se acumulará a las de promoción interna.

En el caso de que las plazas convocadas por el sistema de promoción interna quedaran vacantes no podrán acumularse a las de la convocatoria de acceso libre, según lo establecido en el artículo 79 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo («Boletín Oficial del Estado», de 10 de abril).

1.2 Los aspirantes sólo podrán participar en una de las dos convocatorias.

2. Proceso selectivo

El proceso selectivo se desarrollará mediante el sistema de oposición para los aspirantes que se presenten por el turno de acceso libre, y mediante el sistema de concurso-oposición para los aspirantes que se presenten por el turno de promoción interna, con los ejercicios, valoraciones y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.

El proceso selectivo incluirá la superación de un curso selectivo de carácter eminentemente práctico. Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición y de concurso serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.

3. Programas

El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II a estas convocatorias.

4. Titulación

Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso la homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.

5. Nacionalidad

Sólo podrán participar los candidatos de nacionalidad española, según lo establecido en el anexo del Real Decreto 543/2001 de 18 de mayo.

6. Requisitos específicos acceso por promoción interna

Los aspirantes que concurran por el turno de promoción interna, deberán cumplir además:

Pertenencia a Cuerpo: Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado del Subgrupo A2 o a Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos, adscritos al Subgrupo A2, o a Cuerpos o Escalas del Subgrupo A2 del resto de las Administraciones incluidas en el artículo 2.1 de la de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, con destino definitivo, estos últimos, en la Administración General del Estado.

Antigüedad: Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como funcionario de carrera en Cuerpo o Escala del Subgrupo A 2 o en Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos, adscritos al Subgrupo A 2, o en Cuerpos o Escalas del Subgrupo A2 del resto de las Administraciones incluidas en el artículo 2.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

7. Solicitudes

7.1 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas, deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud 790 que será facilitado gratuitamente en la página web www.060.es y en la página web de la Inspección de Trabajo e Inmigración www.mtin.es/itss. y en la página web del Departament de Treball de la Generalitat de Cataluña www.gencat.cat/treball, donde también estará disponible en lengua catalana.

7.2 La presentación se realizará en el Registro General del Ministerio de Trabajo e Inmigración, así como en los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado, así como en los Registros del Departament de Treball de la Generalitat de Cataluña y de sus servicios territoriales, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado duodécimo de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado.

Los interesados podrán presentar solicitudes ante los registros electrónicos del Ministerio de Trabajo e Inmigración y del Ministerio de la Presidencia «Inscripción en procesos selectivos» en las direcciones web de Internet https: //www.mtin.es/es/sede_electronica_menu/index.html, www.mpr.es o en el Portal del ciudadano www.060.es.

En aquellos casos que deba presentarse documentación adicional junto con la solicitud de participación telemática, de conformidad con lo previsto en las bases específicas, ésta deberá ser aportada presencialmente en los lugares previstos en el primer párrafo de este apartado.

7.3 Pago de la tasa de derechos de examen. El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

En aquellos supuestos en los que se haya optado por realizar una presentación de solicitudes a través del Registro Telemático del Ministerio de la Presidencia, el ingreso del importe se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, del Ministerio de Hacienda, por la que se establecen los supuestos y condiciones generales para el pago por vía telemática de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, así como en sus resoluciones de desarrollo.

7.4 En todo caso, la solicitud deberá presentarse en un plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación simultánea de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña» y se dirigirá a la Subsecretaría del Ministerio de Trabajo e Inmigración. En el caso de que la publicación no fuese simultánea, los plazos se computarán a partir de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

7.5 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo IV.

8. Tribunal

8.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo, que adecuará su composición y funcionamiento a lo establecido en los artículos. 55 y 60 de la Ley 7/2007, del Estatuto Básico del Empleado Público, es el que figura como anexo III a esta convocatoria. Tres miembros tanto del Tribunal titular como del suplente serán nombrados a propuesta de las Comunidades Autónomas.

8.2 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

En los supuestos de llamamiento único decaerán en su derecho los opositores que no comparezcan a realizarlos, salvo los casos de fuerza mayor, justificados con anterioridad a la realización de los ejercicios, los cuales serán apreciados por el tribunal, que podrá disponer, en tal circunstancia, la realización de una convocatoria extraordinaria.

En los supuestos de llamamiento único decaerán en su derecho los opositores que no comparezcan a realizarlos, salvo los casos de fuerza mayor, justificados con anterioridad a la realización de los ejercicios, los cuales serán apreciados por el tribunal, que podrá disponer, en tal circunstancia, la realización de una convocatoria extraordinaria.

Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal correspondiente, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

8.3 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Escuela de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, calle Rafael Alberti, 18, Madrid 28071, teléfonos (91) 363.28.00, dirección de correo electrónico: [email protected], Con efectos meramente informativos y, sin ningún efecto jurídico, se podrán hacer llegar las comunicaciones vía SMS y RSS.

9. Desarrollo del proceso selectivo

El orden de actuación de los aspirantes en la fase de oposición se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra J según lo establecido en la Resolución de la Secretaria de Estado para la Función Pública, de 26 de enero de 2010 (Boletín Oficial del Estado de 5 de febrero de 2010). En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra J el orden de actuación se iniciara por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra K y así sucesivamente.

10. Certificaciones

La Dirección de la Escuela de la Inspección certificará la calificación obtenida en la misma.

11. Norma final

Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.

Contra la presente convocatoria, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Ministro de Trabajo e Inmigración en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 2 de agosto de 2010.–El Ministro de Trabajo e Inmigración, P.D. (Orden TIN/1965/2009, de 17 de julio), el Subsecretario de Trabajo e Inmigración, Leandro González Gallardo.

ANEXO I

DESCRIPCIÓN DEL PROCESO SELECTIVO

A. Proceso selectivo general para el ingreso por el sistema de acceso libre

Fase oposición

1. Disposiciones generales

La fase de oposición constará de cuatro ejercicios, todos ellos eliminatorios, que se celebrarán en Madrid, a excepción del primer ejercicio que se celebrará simultáneamente en Madrid y en Barcelona y que se describen a continuación:

2. Ejercicios

Primer ejercicio:

Este ejercicio de carácter eliminatorio consistirá en el desarrollo por escrito durante un plazo máximo de cuatro horas de dos temas, correspondiendo cada uno, a uno de los siguientes bloques según temario que figura en el Anexo II. Programa del Proceso Selectivo para ingreso en el Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social. Primer ejercicio de estas convocatorias:

a) Primer tema correspondiente al bloque primero obligatorio: Organización político administrativa y regulación jurídica básica, común a todos los aspirantes. Se escribirá un tema de este bloque, a cuyos efectos se extraerá una bola al azar.

b) Segundo tema correspondiente al bloque segundo: Parte optativa con dos opciones. En el momento de la realización del examen los aspirantes elegirán una de las dos opciones. De cada una de estas opciones, se extraerán dos bolas al azar, siendo elegida una para su desarrollo por cada aspirante.

Opción 1: Derecho Civil; Derecho Tributario y Fiscal de Empresa; Economía y Contabilidad.

Opción 2: Prevención de Riesgos Laborales.

En el momento del examen, los aspirantes elegirán una de las dos opciones de las que figuran en el temario de las correspondientes al segundo bloque del primer ejercicio.

Cada aspirante entregará el ejercicio, siguiendo las instrucciones del Tribunal, que garantizará, en todo caso, el anonimato del aspirante.

No habrá lectura pública posterior de este ejercicio.

En esta prueba se valorarán los conocimientos, la claridad y el orden de ideas y la calidad de la expresión escrita.

Segundo ejercicio:

Este ejercicio, de carácter eliminatorio, consistirá en la resolución por escrito, durante el plazo máximo de cuatro horas de un supuesto de inspección relacionado con las materias del programa correspondientes al Anexo II. Programa del Proceso Selectivo para ingreso en el Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social. Tercer ejercicio de estas convocatorias, en el que se valorarán los conocimientos y la capacidad analítica de los aspirantes en orden a la elaboración de una propuesta razonada, así como la sistemática y claridad de exposición escrita.

Cada aspirante entregará el ejercicio, siguiendo las instrucciones del Tribunal, que garantizará, en todo caso, el anonimato del aspirante.

No habrá lectura pública posterior de este supuesto.

Tercer ejercicio:

Este ejercicio, de carácter eliminatorio, consistirá en la exposición oral, en el término de cincuenta minutos, de cuatro temas, de entre los cinco sacados a la suerte, de los siguientes grupos del temario que figura en el Anexo II. Programa del Proceso Selectivo para ingreso en el Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social. Tercer ejercicio de estas convocatorias. El aspirante, con anterioridad al inicio de la exposición oral, dispondrá de un tiempo máximo de diez minutos para la preparación del ejercicio, contando para ello únicamente con el programa de la presente convocatoria, que el tribunal pondrá a su disposición.

Un tema de Derecho del Trabajo, Relaciones Laborales Individuales y Colectivas. Derecho Sindical, a elegir entre dos sacados a la suerte.

Un tema de Seguridad Social.

Un tema de Prevención de Riesgos Laborales.

Un tema de Inspección de Trabajo y Procedimiento.

La exposición de los temas se efectuará respetando el orden de su extracción.

Tras finalizar la exposición oral, el Tribunal podrá efectuar preguntas, al opositor, sobre los temas expuestos, durante un tiempo máximo de diez minutos.

En este ejercicio se valorará la extensión y profundidad de los conocimientos, la claridad y orden en la exposición y la capacidad de comunicación oral.

Una vez desarrollado el primer tema, o transcurridos diez minutos de la exposición, el Tribunal podrá decidir que el aspirante abandone la prueba, por estimar su actuación notoriamente insuficiente.

Cuarto ejercicio:

Con carácter obligatorio y eliminatorio se realizará un examen escrito, con una duración de una hora y media, sobre conocimiento de idiomas. El opositor deberá indicar en la solicitud el idioma elegido de entre los que figuran en la convocatoria; si optase por más de uno, deberá figurar en primer lugar el idioma por el que se opta con carácter principal.

En cada uno de ellos la prueba consistirá en la traducción escrita directa sin diccionario durante el plazo de una hora y media, de un texto propuesto por el Tribunal. No habrá lectura posterior de esta traducción.

3. Evaluación

Los ejercicios se calificarán de la forma siguiente:

El primer ejercicio se calificará de 0 a 60 puntos. Para superarlo será necesario obtener un mínimo de 30 puntos, y un mínimo de 15 en cada uno de los temas desarrollados.

El segundo ejercicio se calificará de 0 a 60 puntos. Para superarlo será necesario obtener un mínimo de 30 puntos.

El tercer ejercicio se calificará de 0 a 60 puntos. Para superarlo será necesario obtener un mínimo de 30 puntos.

En el cuarto ejercicio, correspondiente a los idiomas, se valorará, el idioma elegido como principal, con un máximo de 12 puntos, siendo necesario obtener, al menos, 6 puntos para aprobar; superado este idioma, el resto de los idiomas por los que se examine el aspirante podrá permitir incrementar la puntuación hasta un máximo de otros 8 puntos (cuatro como máximo por cada idioma no principal), por lo que la valoración total de este ejercicio no podrá superar los 20 puntos. Los idiomas serán exclusivamente el francés, el inglés o el alemán.

La puntuación final de la fase oposición vendrá determinada por la suma total de las puntuaciones totales obtenidas en cada uno de los ejercicios. En caso de empate el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

1. La mayor puntuación obtenida por los aspirantes en el tercer ejercicio.

2. Caso de persistir el empate, a la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio.

3. Así sucesivamente con el primero y cuarto ejercicio.

De entre los aspirantes que superen los ejercicios de la fase de oposición, el Tribunal podrá declarar que acceden al Curso Selectivo desarrollado en la Escuela de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social un número de aprobados superior al de plazas convocadas.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Trabajo e Inmigración

Orden TIN/2217/2010, de 2 de agosto, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y acceso por el sistema de promoción interna al Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social.

"Orden TIN/2217/2010, de 2 de agosto, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y acceso por el sistema de promoción interna al Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2010-13054 publicado el 12 agosto 2010

ID de la publicación: BOE-A-2010-13054
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 12 agosto 2010
Fecha Pub: 20100812
Fecha última actualizacion: 12 agosto, 2010
Numero BORME 195
Seccion: 2
Departamento: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 12 agosto 2010
Letra: A
Pagina de inicio: 71599
Pagina final: 71641




Publicacion oficial en el BOE número 195 - BOE-A-2010-13054


Publicacion oficial en el BOE-A-2010-13054 de Orden TIN/2217/2010, de 2 de agosto, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y acceso por el sistema de promoción interna al Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social.


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