Orden SAS/1714/2009, de 5 de junio, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo de Farmacéuticos Titulares.





En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 248/2009, de 27 de febrero, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2009 y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública,






Orden del día 27 junio 2009

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 248/2009, de 27 de febrero, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2009 y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Farmacéuticos Titulares.

La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005, por el que se aprueba el Plan para la Igualdad de Género en la Administración General del Estado, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» núm. 284, de 27 de noviembre de 2007).

Bases específicas

1. Descripción de las plazas

Se convoca proceso selectivo para cubrir 5 plazas del Cuerpo de Farmacéuticos Titulares, código 1209 por el sistema de promoción interna.

Las cinco plazas irán destinadas a la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.

2. Proceso selectivo

El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.

3. Programa

El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II a esta convocatoria.

4. Titulación

Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Licenciado en Farmacia. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o convalidación en su caso.

5. Requisitos específicos para el acceso por promoción interna

Los aspirantes deberán cumplir además:

Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado del Subgrupo A2, o a Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos, adscritos al Subgrupo A2 o a Cuerpos o Escalas del Subgrupo A2 del resto de las Administraciones incluidas en el artículo 2.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, con destino definitivo, estos últimos, en la Administración General del Estado.

Pertenecer como personal laboral fijo a la categoría de Titulado Superior de Actividades Técnicas y Profesionales o Titulado Superior de Gestión y Servicios Comunes del II Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado o categorías equivalentes de otros convenios de los Organismos Públicas, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado y desarrollar funciones coincidentes con las del Cuerpo de Farmacéuticos Titulares, que puedan certificarse.

Antigüedad:

Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como funcionario de carrera en el Cuerpo o Escala de la Administración General del Estado del Subgrupo A2, o en Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos, adscritos al Subgrupo A2 o en Cuerpos o Escalas del Subgrupo A2 del resto de las Administraciones incluidas en el artículo 2.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años como personal laboral fijo en la categoría de Titulado Superior de Actividades Técnicas y Profesionales o Titulado Superior de Gestión y Servicios Comunes del II Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado o categorías equivalentes de otros convenios de los Organismos Públicas, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado y desarrollar funciones coincidentes con las del Cuerpo de Farmacéuticos Titulares, que puedan certificarse.

6. Solicitudes

6.1 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud 790 que será facilitado gratuitamente en Internet en la página web de este Ministerio (www.msc.es) acceso por profesionales, oposiciones y concursos o en la de la Secretaría de Estado para la Función Pública (www.map.es) o en el Portal del ciudadano (www.060.es).

6.2 La presentación se realizará por cualquiera de los medios siguientes:

a) Los interesados podrán presentar solicitudes ante el Registro Telemático de la Secretaría de Estado para la Función Pública dependiente del Ministerio de la Presidencia «Inscripción en procesos selectivos» a través de las direcciones de Internet (www.msc.es) acceso por profesionales, oposiciones y concursos, (www.map.es) o en el Portal del ciudadano (www.060.es).

La presentación de solicitudes por esta vía conllevará en su caso el pago telemático de la tasa de derechos de examen.

En aquellos casos que deba presentarse documentación adicional junto con la solicitud de participación telemática, de conformidad con lo previsto en las bases específicas, ésta deberá ser aportada presencialmente en los lugares previstos en la letra siguiente.

b) Igualmente, podrán presentarse en el Registro General del Ministerio de Sanidad y Política Social (paseo del Prado, 18-20, 28014 Madrid), así como en los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado duodécimo de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado.

6.3 Pago de la tasa de derechos de examen.–El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

En aquellos supuestos en los que se haya optado por realizar una presentación de solicitudes a través del Registro Telemático de la Secretaría de Estado para la Función Pública dependiente del Ministerio de la Presidencia, el ingreso del importe se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, del Ministerio de Hacienda, por la que se establecen los supuestos y condiciones generales para el pago por vía telemática de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, así como en sus resoluciones de desarrollo.

6.4 En todo caso, la solicitud deberá presentarse en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado y se dirigirá a la Subsecretaria del Ministerio de Sanidad y Política Social (Subdirección General de Recursos Humanos). La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

6.5 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo IV.

7. Tribunal

7.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como anexo III a esta convocatoria.

7.2 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.

En los supuestos de llamamiento único decaerán en su derecho los opositores que no comparezcan a realizarlos, salvo los casos de fuerza mayor, justificados con anterioridad a la realización de los ejercicios, los cuales serán apreciados por el Tribunal, que podrá disponer, en tal circunstancia, la realización de una convocatoria extraordinaria.

7.3 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, calle Campezo, n.º 1, teléfono 902510100, dirección de correo electrónico [email protected]

8. Desarrollo del proceso selectivo

El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «W», según lo establecido en la Resolución de 27 de enero de 2009, de la Secretaría de Estado para la Administración Pública («Boletín Oficial del Estado» del día 5 de febrero).

En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo apellido comience por la letra «W» el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «X», y así sucesivamente.

Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril; del Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.

Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril; del Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.

Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Sra. Ministra de Sanidad y Política Social en el plazo de un mes desde su publicación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 5 de junio de 2009.–La Ministra de Sanidad y Política Social, P. D. (Orden SCO/3712/2008, de 15 de diciembre), la Subsecretaria de Sanidad y Política Social, Consuelo Sánchez Naranjo.

ANEXO I

Descripción del proceso selectivo

Fase de oposición

La oposición estará formada por los siguientes ejercicios:

Primer ejercicio.–Consistirá en el desarrollo por escrito, en el tiempo máximo de tres horas, de dos temas del programa que figura como anexo II de esta convocatoria de entre cuatro extraídos al azar correspondientes a cada una de las cuatro partes del programa. Cada opositor procederá a la lectura pública de su ejercicio, finalizada la cual, el Tribunal podrá formular preguntas sobre el contenido del mismo durante el periodo máximo de quince minutos.

La calificación máxima de este ejercicio será de 50 puntos. La puntuación mínima necesaria para superar este ejercicio será de 25 puntos.

Segundo ejercicio.–Resolución por escrito, durante el plazo máximo de una hora de un supuesto práctico a elegir entre tres supuestos propuestos por el Tribunal sobre materias contenidas en el programa. Cada opositor procederá a la lectura pública de su ejercicio, finalizada la cual, el Tribunal podrá formular preguntas sobre el contenido del mismo durante el periodo máximo de quince minutos.

La calificación máxima de este ejercicio será de 50 puntos. La puntuación mínima necesaria para superar este ejercicio será de 25 puntos.

La puntuación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.

Los dos ejercicios de la fase de oposición, se realizarán en la provincia de Madrid.

Tanto el primero como el segundo ejercicio tendrán carácter eliminatorio, pudiendo pasar a la fase de concurso más aspirantes que número de plazas.

Fase de concurso

Esta fase no tiene carácter eliminatorio. Se valorarán los méritos que se pongan en el anexo V de esta convocatoria.

Las valoraciones de esta fase estarán referidas a la fecha de publicación de la convocatoria.

2.1 Al personal funcionario se le valorará como méritos los siguientes conceptos:

Antigüedad por número de años de servicios efectivos prestados en cualquier Administración Pública y que tenga reconocidos, a efectos de trienios, en Cuerpos o Escalas del subgrupo A2.

Grado personal que se tenga consolidado y reconocido o conservado en el Cuerpo o Escala desde el que se participa en estas pruebas selectivas.

Cursos de formación y perfeccionamiento recibidos tanto en centros oficiales de formación y perfeccionamiento, como en cualquier otro organismo o entidad pública o privada, cuya duración sea igual o superior a 15 horas lectivas, y siempre que se refieran, a juicio del Tribunal, a materias relacionadas con las funciones propias del Cuerpo objeto de esta convocatoria.

La valoración de los méritos se realizará de la siguiente forma:

Antigüedad: Por cada año completo de servicios efectivos 2 puntos, hasta un máximo de 35 puntos.

Grado personal: Se otorgará hasta un máximo de 5 puntos, distribuidos en la forma siguiente:

Grado personal igual o superior al 26: 5 puntos.

Grado personal igual al 25: 4,50 puntos.

Grado personal igual al 24: 4 puntos.

Grado personal igual al 23: 3,50 puntos.

Grado personal igual al 22: 3 puntos.

Grado personal igual al 21: 2,50 puntos.

Grado personal igual al 20: 2 puntos.

Grado personal igual al 19: 1,50 puntos.

Grado personal igual o inferior al 18: 1 punto.

Cursos de formación y perfeccionamiento: Se otorgará por cada curso 1 punto, hasta un máximo de 5 puntos.

2.2 Al personal laboral se le valorará como méritos los siguientes conceptos:

Antigüedad por número de años de servicios efectivos prestados en cualquier Administración Pública, en la categoría de Titulado Superior de Actividades Técnicas y Profesionales o Titulado Superior de Gestión y Servicios Comunes.

Superación de procesos selectivos para adquirir la condición de personal laboral fijo.

Cursos de formación y perfeccionamiento recibidos tanto en centros oficiales de formación y perfeccionamiento, como en cualquier otro organismo o entidad pública o privada, cuya duración sea igual o superior a 15 horas lectivas, y siempre que se refieran, a juicio del Tribunal, a materias relacionadas con las funciones propias del Cuerpo objeto de esta convocatoria.

La valoración de los méritos se realizará de la siguiente forma:

Antigüedad: Por cada año completo de servicios efectivos 2 puntos, hasta un máximo de 35 puntos.

Superación de procesos selectivos para adquirir la condición de personal laboral fijo: Un máximo de 5 puntos.

Cursos de formación y perfeccionamiento: Se otorgará por cada curso 1 punto, hasta un máximo de 5 puntos.

La calificación final del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en la de oposición.

En caso de empate el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

1. Mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de oposición.

2. Mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio.

3. Mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio.

Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal correspondiente, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de las listas de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de aquellas pruebas o ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo Internacional correspondiente.

ANEXO II

Programa

Parte primera

Tema 1. La Constitución Española de 1978: Características, estructura, principios y valores fundamentales. Los derechos fundamentales y su especial protección.

Tema 2. La Administración Pública: Principios constitucionales. La organización territorial del Estado. La Administración General del Estado y su organización periférica. Las Comunidades Autónomas. Distribución competencial. Los conflictos de competencias. La coordinación entre las distintas administraciones públicas.

Tema 3. La Unión Europea: Antecedentes. Los tratados originarios y modificativos. Las Instituciones de la Unión Europea. El Derecho Comunitario. Fuentes.

Tema 4. Régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones públicas. El Estatuto Básico del Empleado Público. Derechos y deberes del personal al servicio de la Administración Pública. Incompatibilidades.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Sanidad y Política Social

Orden SAS/1714/2009, de 5 de junio, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo de Farmacéuticos Titulares.

"Orden SAS/1714/2009, de 5 de junio, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo de Farmacéuticos Titulares." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2009-10586 publicado el 27 junio 2009

ID de la publicación: BOE-A-2009-10586
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 27 junio 2009
Fecha Pub: 20090627
Fecha última actualizacion: 27 junio, 2009
Numero BORME 155
Seccion: 2
Departamento: Ministerio de Sanidad y Política Social
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 27 junio 2009
Letra: A
Pagina de inicio: 53264
Pagina final: 53277




Publicacion oficial en el BOE número 155 - BOE-A-2009-10586


Publicacion oficial en el BOE-A-2009-10586 de Orden SAS/1714/2009, de 5 de junio, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo de Farmacéuticos Titulares.


Descargar PDF oficial BOE-A-2009-10586 AQUÍ



Dejar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *