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Orden del día 09 agosto 2018
Con base en lo establecido en la disposición adicional tercera de la Ley 5/2011, de 29 de marzo de Economía Social, que declara a la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE) como organización singular de economía social, la ONCE es una Corporación de Derecho Público de carácter social; que se rige por su normativa específica propia y que, para la financiación de sus fines sociales, goza de un conjunto de autorizaciones públicas en materia de juego.
Asimismo, de acuerdo con el artículo 4 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego, las loterías de ámbito estatal han quedado reservadas a los operadores que se designan por la propia ley, lo que se ha materializado en su disposición adicional primera, que designa a la ONCE como uno de los dos operadores que pueden comercializar productos de loterías de ámbito estatal.
En esta materia, las actuaciones de la Organización deben ajustarse a las prescripciones del ordenamiento vigente, representado por la disposición adicional vigésima de la Ley 46/1985, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1986, modificada por la disposición adicional cuarta de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del orden social; por las disposiciones adicionales primera y segunda de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego; por el Acuerdo General entre el Gobierno de la Nación y la ONCE en materia de cooperación, solidaridad y competitividad para la estabilidad de futuro de la ONCE para el período 2012-2021, aprobado por el Consejo de Ministros con fecha 18 de noviembre de 2011 y modificado mediante las Revisiones parciales aprobadas por el Consejo de Ministros el 25 de octubre de 2013, el 1 de agosto de 2014, el 10 de julio de 2015 y el 18 de diciembre de 2015; por el Real Decreto 1336/2005, de 11 de noviembre, por el que se autoriza a la ONCE la explotación de una lotería instantánea o presorteada, modificado por el Real Decreto 1706/2011, de 18 de noviembre y por el Real Decreto 1152/2015, de 18 de diciembre; y por el Real Decreto 358/1991, de 15 de marzo, de Reordenación de la ONCE, así como por sus vigentes Estatutos, publicados por Orden SSI/924/2016, del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, de 8 de junio de 2016.
De acuerdo a lo establecido en la normativa anterior, el Pleno del Consejo de Protectorado aprobó en su reunión de 26 de abril de 2016 los «Procedimientos y Criterios de Control comunes a las tres modalidades de lotería de las que es titular la ONCE» y en su reunión de 24 de julio de 2017 los «Procedimientos y Criterios de control de la modalidad de lotería denominada «Lotería instantánea de boletos de la ONCE».
Conforme al referido marco de ordenación, la ONCE debe comunicar con antelación suficiente las condiciones de todas sus modalidades de lotería autorizadas al Consejo de Protectorado, como órgano al que corresponde el Protectorado del Estado sobre la Organización, para su conocimiento y verificación de que se cumplen los términos de la concesión estatal y demás normativa de general aplicación, así como para su publicación en el Boletín Oficial del Estado como garantía de los consumidores. Igualmente, la ONCE debe comunicar al Consejo de Protectorado las modificaciones de los Reglamentos reguladores de sus diferentes modalidades y productos de lotería, para su conocimiento y verificación de su conformidad a las normas de ordenación, antes mencionadas, procediendo a su publicación en el Boletín Oficial del Estado, como garantía de los consumidores.
En cumplimiento de las anteriores previsiones, la Comisión Permanente del Consejo de Protectorado de la ONCE, en reunión ordinaria de 16 de julio de 2018, ha verificado que los siguientes Acuerdos de la Comisión Ejecutiva Permanente del Consejo General de la ONCE cumplen con la normativa antes mencionada:
– Acuerdo CEP.11/2018-3.1 de 23 de mayo, sobre «Implantación de siete grupos de productos de lotería instantánea y modificación del Reglamento Regulador de los productos de la modalidad de lotería denominada «Lotería Instantánea de boletos de la ONCE» mediante la inclusión de siete apéndices».
– Acuerdo CEP.13(E)/2018-2.1 de 8 de junio, sobre «Implantación de seis grupos de productos de lotería instantánea y modificación del reglamento regulador de los productos de la modalidad de lotería denominada «lotería instantánea de boletos de la ONCE» mediante la derogación de cuatro apéndices y la inclusión de seis apéndices».
Mediante dichos Acuerdos se derogan, con fecha 1 de octubre de 2018, los apéndices 17, 20, 31 y 38 del Reglamento regulador de los productos de la modalidad de lotería denominada «Lotería Instantánea de Boletos de la ONCE», que contienen:
– Normas de los productos «con mecánica tres de nueve» a setenta y cinco céntimos de euro, clase 1 (apéndice 17).
– Normas de los productos «con mecánica tres de nueve en cinco oportunidades» a un euro, clase 1 (apéndice 20).
– Normas de los productos «con mecánica encuentra uno, dos o tres sietes» a tres euros, clase 1 (apéndice 31).
– Normas de los productos «con mecánica reúne varias piezas iguales en cinco oportunidades» a cinco euros, clase 1 (apéndice 38).
Y se aprueba la implantación de trece grupos de productos de la modalidad de lotería instantánea:
– «Con mecánica reúne varias piezas iguales» a cincuenta céntimos de euro, clase 1 (apéndice E-2018-13).
– «Con mecánica reúne varias piezas iguales» a un euro, clase 1 (apéndice E-2018-14).
– «Con mecánica uno o varios números ganadores de 3 sobre 8» a tres euros, clase 4 (apéndice E-2018-15).
– «Con mecánica reúne varias piezas iguales» a dos euros, clase 1 (apéndice E-2018-16).
– «Con mecánica tres en raya» a un euro, clase 4 (apéndice E-2018-17).
– «Con dos áreas de juego y dos mecánicas» a cinco euros, clase 4 (apéndice E-2018-18).
– «Con mecánica reúne números iguales en 45 oportunidades» a tres euros, clase 1 (apéndice E-2018-19).
– «Con mecánica reúne varias piezas iguales en cinco oportunidades» a cinco euros, clase 3 (apéndice E-2018-20).
– «Con mecánica crucigrama» a dos euros, clase 1 (apéndice E-2018-21).
– «Con mecánica crucigrama» a tres euros, clase 2 (apéndice E-2018-22).
– «Con mecánica uno o varios números ganadores de 3 sobre 8» a tres euros, clase 3 (apéndice F-2018-09).
– «Con mecánica 3 en raya» a un euro, clase 3 (apéndice F-2018-10).
– «Con dos áreas de juego y dos mecánicas» a cinco euros, clase 3 (apéndice F-2018-11).
Los nuevos grupos de productos tendrán una duración indefinida. No obstante, la fecha de comienzo de comercialización efectiva de estos productos se determinará, en su momento por el Consejo General de la ONCE, y se publicará en la resolución trimestral de la Presidencia de la Comisión Permanente del Consejo de Protectorado, sobre los productos de lotería de la ONCE o en una resolución específica de dicho Órgano.
Mediante estos dos Acuerdos también se aprueba la modificación del Reglamento regulador de los productos de la modalidad de lotería denominada «Lotería Instantánea de Boletos de la ONCE» aprobado por el Consejo General en el acuerdo CEP.14/2017-3.4, de 18 de octubre, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 20 de diciembre de 2017 mediante Resolución de 20 de noviembre de 2017, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad; mediante la modificación del índice de apéndices y la inclusión de trece apéndices con los números E-2018-13, E-2018-14, E-2018-15, E-2018-16, E-2018-17, E-2018-18, E-2018-19, E-2018-20, E-2018-21, E-2018-22, F-2018-09, F-2018-10 y F-2018-11.
En consecuencia, procede dar publicidad a los dos Acuerdos del Consejo General de la ONCE y a las modificaciones en el Reglamento regulador de los productos de la modalidad de lotería denominada «Lotería instantánea de boletos de la ONCE», que se acompañan como Anexos I a XIV a esta Resolución.
También, procede dar publicidad, como garantía de los consumidores, a los Acuerdos de la Comisión Ejecutiva Permanente del Consejo General de la ONCE CEP.11/2018-3.2, de 23 de mayo, sobre «Lanzamiento de siete productos de lotería instantánea», y CEP.13(E)/2018-2.2, de 8 de junio, sobre «Lanzamiento de seis productos de lotería instantánea y finalización de dos productos de lotería instantánea» que se detallan a continuación:
a) Lanzamiento de productos en soporte físico:
b) Lanzamiento de productos en soporte electrónico:
Los 13 productos tendrán las características de los grupos de productos regulados en los apéndices correspondientes aprobados por la Comisión Ejecutiva Permanente del Consejo General el 23 de mayo, mediante acuerdo CEP.11/2018-3.1. y el 8 de junio, mediante Acuerdo CEP.13(E)/2018-2.1., acuerdos verificados por la Comisión Permanente del Consejo de Protectorado de la ONCE en su reunión ordinaria de 16 de julio de 2018, cuyo contenido se encuentra en los Anexos que acompañan a esta Resolución.
Los grupos de productos regulados en los Apéndices E-2018-13, E-2018-14, E-2018-15, E-2018-16,E-2018-17, E-2018-18, E-2018-19, E-2018-20. E-2018-21, E-2018-22, F-2018-09, F-2018-10 y F-2018-11 tendrán una vigencia indefinida hasta que no se comunique su finalización conforme a lo previsto en el Reglamento regulador de la Lotería Instantánea.
c) Finalización de dos productos:
En el mencionado Acuerdo CEP.13(E)/2018-2.2. se establece, también, que la fecha de finalización de los productos «Rasca de Navidad 2018» y «Rasca de Navidad electrónico 2018» será el 31 de enero de 2019, y que la fecha límite para el abono de los boletos premiados correspondientes al producto «Rasca de Navidad 2018» será el 2 de marzo de 2019.
Por último, procede dar publicidad a dos Resoluciones del Director General de la ONCE sobre finalización de productos de lotería instantánea:
– Resolución núm. 45/2018, de 17 de mayo, por la que se aprueba la terminación de cuatro productos de lotería instantánea en soporte electrónico: «Lanza los dados» (el día 19 de junio de 2018), «Cash wheel» (el día 17 de julio de 2018) «Cofre del tesoro» (el día 31 de julio de 2018), y «Super 7 triple» (el día 30 de septiembre de 2018). Transcurridas las fechas fijadas, no podrán comercializarse boletos de estos productos.
– Resolución núm. 51/2018, de 5 de junio, por la que se aprueba la terminación de dos productos de lotería instantánea en soporte electrónico «Pepitas de oro 2015» y «Racha de la suerte». La fecha de finalización de la comercialización de los boletos de estos dos productos será el 24 de octubre de 2018, y la fecha límite para el abono de premios el 23 de noviembre de 2018. Transcurridas las fechas fijadas, no podrán comercializarse boletos de estos productos ni pagarse los boletos premiados.
Madrid, 16 de julio de 2018.–La Secretaria de Estado de Servicios Sociales, María Pilar Díaz López.
ANEXO I
(Versión vigente al 21 de agosto de 2018)
(Versión vigente al 21 de agosto de 2018)
Índice
(*) Apéndices derogados con fecha 1 de octubre de 2018.
ANEXO II
Apéndice E-2018-13
Normas de los productos «con mecánica reúne varias piezas iguales» a cincuenta céntimos de euro, clase 1
1.º Aspectos generales.
Las características generales de los productos regulados en el presente apéndice son las siguientes:
La estructura de premios por categoría es la siguiente:
2.º Mecánica de funcionamiento.
a) Los boletos de este producto cuentan con un área de juego que está formada por 25 casillas y por una tabla de premios a la que se accede mediante un botón dispuesto a efecto.
b) En cada casilla del área de juego puede aparecer un símbolo y dos tipos de bonus.
c) Si al desvelar la totalidad de las imágenes se encuentran tres o más símbolos iguales formando una línea recta horizontal, vertical o diagonal, se obtiene el premio asociado a dichos símbolos que aparece en la tabla de premios.
d) Si al desvelar las imágenes se encuentran los bonus necesarios para acceder a un mini juego, el jugador podrá jugarlo, con la posibilidad de obtener un premio instantáneo.
e) Un boleto puede tener más de un premio, siendo el premio del boleto la suma de los premios obtenidos.
ANEXO III
Apéndice E-2018-14
Normas de los productos «con mecánica reúne varias piezas iguales» a un euro, clase 1
1.º Aspectos generales.
Las características generales de los productos regulados en el presente apéndice son las siguientes:
La estructura de premios por categoría es la siguiente:
2.º Mecánica de funcionamiento.
a) Los boletos de este producto cuentan con un área de juego que está formada por 25 casillas y por una tabla de premios a la que se accede mediante un botón dispuesto a efecto.
b) En cada casilla del área de juego puede aparecer un símbolo y dos tipos de bonus.
c) Si al desvelar la totalidad de las imágenes se encuentran tres o más símbolos iguales formando una línea recta horizontal, vertical o diagonal, se obtiene el premio asociado a dichos símbolos que aparece en la tabla de premios.
d) Si al desvelar las imágenes se encuentran los bonus necesarios para acceder a un mini juego, el jugador podrá jugarlo, con la posibilidad de obtener un premio instantáneo.
e) Un boleto puede tener más de un premio, siendo el premio del boleto la suma de los premios obtenidos.
ANEXO IV
Apéndice E-2018-15
Normas de los productos «con mecánica uno o varios números ganadores de 3 sobre 8» a tres euros, clase 4
1.º Aspectos generales.
Las características generales de los productos regulados en el presente apéndice son las siguientes:
La estructura de premios por categoría es la siguiente:
2.º Mecánica de funcionamiento.
2.1 El boleto de este producto consta de un área de juego dividida en dos zonas de juego, una primera denominada «números ganadores» y una segunda zona formada por ocho jugadas independientes.
2.1.1 Mecánica del área de juego:
a) La zona de juego «números ganadores» contiene tres figuras. Al desvelar la zona, bajo cada una de las figuras aparece un número.
b) Cada una de las jugadas de la segunda zona tiene una figura. Al desverlar la zona, bajo cada una de las figuras aparece un número, y debajo del mismo un importe expresado en euros. También puede aparecer en una jugada el símbolo especial y debajo del mismo un importe expresado en euros.
c) Si al desvelar las dos zonas de juego, en alguna jugada de la segunda zona el número coincide con uno de los números de la zona «números ganadores», la jugada está premiada y se gana el importe expresado en euros en dicha jugada.
d) Si en alguna jugada aparece el símbolo especial, la jugada está premiada con el doble del importe que aparece en dicha jugada.
e) Un mismo boleto puede contener una o varias jugadas premiadas, siendo el premio total del boleto la suma de los premios de cada una de las jugadas premiadas.
ANEXO V
Apéndice E-2018-16
Normas de los productos «con mecánica reúne varias piezas iguales» a dos euros, clase 1
1.º Aspectos generales.
Las características generales de los productos regulados en el presente apéndice son las siguientes:
La estructura de premios por categoría es la siguiente:
2.º Mecánica de funcionamiento.
2.1 Los boletos de este producto cuentan con dos áreas de juego:
a) El «área de juego 1» cuenta con una cuadrícula de 36 casillas, y en su parte inferior con una fila adicional de seis casillas.
b) En «área de juego 2» aparecen la tabla de premios, los «bonus» y los «premios inmediatos. Además, se muestra el número de jugadas restantes y el botón «tirar».
2.2 Funcionamiento:
a) Para jugar, el jugador debe accionar el botón «Tirar», contando con seis jugadas.
b) Cada vez que el jugador accione el botón «Tirar», en cada una de las casillas de la fila adicional del «área de juego 1» situada en la parte inferior aparece un color, un símbolo o un premio inmediato; pudiéndose dar los siguientes casos:
– Si aparece un color en una casilla, se eliminan en la columna superior todas las casillas del mismo color, rellenándose tantas casillas en la tabla de premios como se hayan eliminado.
– Si aparece un determinado símbolo en una casilla, se eliminan todas las casillas de esa columna, rellenándose tantas casillas en la tabla de premios como se hayan eliminado.
– Si aparece un premio inmediato en una casilla, se obtiene dicho premio de forma directa.
Datos oficiales del departamento Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social
Resolución de 16 de julio de 2018, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales, por la que se publica la modificación del Reglamento regulador de la modalidad de lotería denominada "Lotería Instantánea de Boletos de la ONCE" y se da publicidad a la implantación, lanzamiento y finalización de varios productos de dicha modalidad.
"Resolución de 16 de julio de 2018, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales, por la que se publica la modificación del Reglamento regulador de la modalidad de lotería denominada "Lotería Instantánea de Boletos de la ONCE" y se da publicidad a la implantación, lanzamiento y finalización de varios productos de dicha modalidad." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2018-11407 publicado el 09 agosto 2018
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 09 agosto 2018
Fecha Pub: 20180809
Fecha última actualizacion: 9 agosto, 2018
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 09 agosto 2018
Letra: A
Pagina de inicio: 80427
Pagina final: 80447
Publicacion oficial en el BOE número 192 - BOE-A-2018-11407
Publicacion oficial en el BOE-A-2018-11407 de Resolución de 16 de julio de 2018, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales, por la que se publica la modificación del Reglamento regulador de la modalidad de lotería denominada "Lotería Instantánea de Boletos de la ONCE" y se da publicidad a la implantación, lanzamiento y finalización de varios productos de dicha modalidad.
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