Resolución de 20 de julio de 2010, de la Dirección General de Industria y Mercados Alimentarios, por la que se declara extinguida la protección nacional transitoria a la indicación geográfica protegida «Cebolla de La Mancha».





Con fecha 12 de marzo de 2009 fue transmitida a la Comisión Europea la solicitud de registro de Indicación Geográfica Protegida (IGP) «Cebolla de La Mancha», de conformidad con lo establecido en el artículo 5.5 del Reglamento (CE) 510/2006 del Consejo, de 20 de marzo de 2006, sobre la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios.






Orden del día 10 agosto 2010

Con fecha 12 de marzo de 2009 fue transmitida a la Comisión Europea la solicitud de registro de Indicación Geográfica Protegida (IGP) «Cebolla de La Mancha», de conformidad con lo establecido en el artículo 5.5 del Reglamento (CE) 510/2006 del Consejo, de 20 de marzo de 2006, sobre la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 5.6 del citado Reglamento (CE) 510/2006 del Consejo, de 20 de marzo de 2006, se podrá conceder a la denominación de que se trate, a escala nacional, una protección nacional transitoria a partir de la fecha de presentación de la solicitud a la Comisión, cesando la misma a partir de la fecha en la que se adopte una decisión sobre la inscripción en el registro.

En consecuencia, mediante resolución de 23 de julio de 2009, de esta Dirección General de Industria y Mercados Alimentarios, publicada en el Boletín Oficial del Estado de 20 de agosto de 2009, se concedió la protección nacional transitoria a la Indicación Geográfica Protegida (IGP) «Cebolla de La Mancha».

La Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha ha dirigido escrito a este Departamento comunicando que, tras la petición de retirada del expediente por parte de la Asociación de productores de Cebolla de Castilla-La Mancha, ha decidido retirar la solicitud de registro de la Indicación Geográfica Protegida (IGP) «Cebolla de La Mancha».

Por consiguiente, con fecha 28 de abril de 2010, este Ministerio ha solicitado a los Servicios de la Comisión Europea la retirada de aquella solicitud. Y mediante comunicación de 11 de mayo de 2010, dichos Servicios han confirmado al Departamento el archivo del expediente.

En su virtud, de conformidad con las facultades que le están atribuidas por el artículo 12.2 del Real Decreto 1069/2007, de 27 de julio, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción en el Registro comunitario de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas y la oposición a ellas, en relación con el artículo 10.1.f) del Real Decreto 1130/2008, de 4 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, y con el artículo 12.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, esta Dirección General, acuerda:

Declarar extinguida la protección nacional transitoria a la Indicación Geográfica Protegida (IGP) «Cebolla de La Mancha», contenida en la resolución de 23 de julio de 2009, publicada en el Boletín Oficial del Estado de 20 de agosto de 2009, debiéndose publicar esta resolución en el Boletín Oficial de Estado.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, ante la Secretaria General de Medio Rural, de conformidad con lo prevenido en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 20 de julio de 2010.–La Directora General de Industria y Mercados Alimentarios, Isabel Bombal Díaz.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

Resolución de 20 de julio de 2010, de la Dirección General de Industria y Mercados Alimentarios, por la que se declara extinguida la protección nacional transitoria a la indicación geográfica protegida "Cebolla de La Mancha".

"Resolución de 20 de julio de 2010, de la Dirección General de Industria y Mercados Alimentarios, por la que se declara extinguida la protección nacional transitoria a la indicación geográfica protegida "Cebolla de La Mancha"." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2010-12951 publicado el 10 agosto 2010

ID de la publicación: BOE-A-2010-12951
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 10 agosto 2010
Fecha Pub: 20100810
Fecha última actualizacion: 10 agosto, 2010
Numero BORME 193
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 10 agosto 2010
Letra: A
Pagina de inicio: 70940
Pagina final: 70941




Publicacion oficial en el BOE número 193 - BOE-A-2010-12951


Publicacion oficial en el BOE-A-2010-12951 de Resolución de 20 de julio de 2010, de la Dirección General de Industria y Mercados Alimentarios, por la que se declara extinguida la protección nacional transitoria a la indicación geográfica protegida "Cebolla de La Mancha".


Descargar PDF oficial BOE-A-2010-12951 AQUÍ



Dejar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *