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Orden del día 04 junio 2008
En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 66/2008, de 26 de enero (Boletín del Estado del 30), por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2008, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública, Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo Superior de Meteorólogos del Estado. La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005, por el que se aprueba el Plan para la Igualdad de Género en la Administración General del Estado, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes
Bases comunes
Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» número 284, de 27 de noviembre de 2007).
Bases específicas
1. Descripción de las plazas
1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 10 plazas del Cuerpo Superior de Meteorólogos del Estado, Código 1400, por el sistema general de acceso libre y 8 plazas por el sistema de promoción interna, de las comprendidas en el artículo 6 del Real Decreto 66/2008, de 26 de enero («Boletín del Estado» del 30).
Del total de las plazas convocadas por turno libre se reservarán 1 para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100. Las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas con discapacidad no podrán acumularse a las de turno ordinario. En el caso de que las plazas convocadas por el sistema de promoción interna quedaran vacantes no podrán acumularse a las de la convocatoria de acceso libre, según lo establecido en el artículo 79 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 15 de abril). 1.2 Los aspirantes sólo podrán participar en una de las dos convocatorias.
2. Proceso selectivo
El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición para los aspirantes que se presenten por el turno de acceso libre y mediante el sistema de concurso -oposición para los aspirantes que se presenten por el turno de promoción interna, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.
Incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, si se trata de acceso libre, o las fases de oposición y concurso, en el caso de acceder por promoción interna serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.
3. Programas
El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como Anexo II, apartado A, a esta convocatoria, para los aspirantes que se presenten por acceso libre, y el que figura como Anexo II, apartado B, para los aspirantes que se presenten por promoción interna.
4. Titulación
Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título Universitario de Grado o los actualmente vigentes de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o convalidación en su caso.
5. Requisitos específicos para el acceso por promoción interna
Los aspirantes que concurran por el turno de promoción interna deberán cumplir, además:
Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado del Subgrupo A2 o a Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos, adscritos al Subgrupo A2 o a Cuerpos o Escalas del Subgrupo A2 del resto de los ámbitos incluidos en el artículo 2.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público, con destino definitivo, estos últimos, en la Administración General del Estado.
Pertenecer como personal laboral fijo a la categoría de Titulado Superior de Actividades Técnicas y Profesionales del II Convenio Unico para el personal laboral de la Administración General del Estado o categorías equivalentes de otros convenios de los Organismos Públicas, Agencias y demás entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado y desarrollar funciones coincidentes con las del Cuerpo Superior de Meteorólogos del Estado.
Antigüedad:
Haber prestado servicios efectivos, durante, al menos, dos años, como funcionario de carrera en el Cuerpo o Escala del Subgrupo A2, o en Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos, adscritos al Subgrupo A2 o en Cuerpos o Escalas del Subgrupo A2 del resto de los ámbitos incluidos en el artículo 2.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años como personal laboral fijo en la categoría de Titulado Superior de Actividades Técnicas y Profesionales del II Convenio Unico o categorías equivalentes de otros convenios de la Administración General del Estado y desarrollar funciones coincidentes con las del Cuerpo Superior de Meteorólogos del Estado.
6. Solicitudes
6.1 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud 790 que será facilitado gratuitamente en Internet en la pagina web www.060.es
6.2 La presentación se realizará por cualquiera de los medios siguientes:
a) Los interesados podrán presentar solicitudes ante el Registro Telemático del Ministerio de Administraciones Públicas «Inscripción en procesos selectivos» a través de la dirección de Internet www.map.es o en el Portal del ciudadano www.060.es
La presentación de solicitudes por esta vía conllevará, en su caso, el pago telemático de la tasa de derechos de examen. En aquellos casos que deba presentarse documentación adicional junto con la solicitud de participación telemática, de conformidad con lo previsto en las bases específicas, ésta deberá ser aportada presencialmente en los lugares previstos en la letra siguiente. b) Igualmente podrán presentarse en el Registro General de Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, Plaza San Juan de la Cruz, s/n, 28071 Madrid, así como en los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado duodécimo de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado.
6.3 Pago de la tasa de derechos de examen. El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.
En aquellos supuestos en los que se haya optado por realizar una presentación de solicitudes a través del Registro Telemático del Ministerio de Administraciones Públicas, el ingreso del importe se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, del Ministro de Hacienda, por la que se establecen los supuestos y condiciones generales para el pago por vía telemática de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, así como en sus resoluciones de desarrollo. 6.4 En todo caso, la solicitud deberá presentarse en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirá a la Subsecretaría del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino. La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante. 6.5 Los aspirantes que se presenten por el turno de promoción interna y que tengan la condición de personal laboral fijo deberán aportar, junto con la solicitud, certificado de la unidad de personal competente en el que se especifiquen las funciones desarrolladas, a efectos de verificar que cumplen con el requisito de la base 5, párrafo 2.º 6.6 Los aspirantes que se acojan a la reducción del 50 por 100 en el pago de la tasa de derechos de examen por familia numerosa deberán aportar, junto con la solicitud, la documentación justificativa de esta circunstancia. 6.7 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del Anexo IV.
7. Tribunal
7.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como Anexo III a esta convocatoria.
7.2 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos. Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes. 7.3 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, plaza de San Juan de la Cruz, s/n, 28071 Madrid, teléfono 91 597 56 74, dirección de correo electrónico [email protected].
8. Desarrollo del proceso selectivo
8.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente en cada especialidad, por el primero de la letra X según lo establecido en la Resolución de la Secretaria de Estado para la Administración Pública de 21 de enero de 2008 («Boletín Oficial del Estado» de 4 de febrero).
8.2 La información sobre este proceso selectivo se podrá consultar en la página Web http://www.mma.es/portal/secciones/empleo_publico/index.jsp.
9. Norma final
Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá recurrir potestativamente en reposición ante la titular del Departamento en el plazo de un mes o interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses contados, ambos plazos, desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», no pudiendo interponerse este último hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta; conforme a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, así como en los artículos 9 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Madrid, 27 de mayo de 2008. La Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, P. D. (Orden ARM/1158/2008, de 28 de abril), el Subsecretario de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, Santiago Menéndez de Luarca Navia-Osorio.
ANEXO I
Descripción del proceso selectivo 1. Fase de oposición.-La oposición estará formada por los siguientes ejercicios:
Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de preguntas que mida el grado de comprensión del aspirante en relación con las materias que figuran en el Anexo II, apartado A, de esta convocatoria para los aspirantes que se presenten por acceso libre y en el Anexo II, apartado B, para los aspirantes que se presenten por promoción interna.
El cuestionario estará compuesto por un mínimo de 80 preguntas con respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas correcta. Las contestaciones erróneas serán valoradas negativamente, a juicio del Tribunal. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de cuatro horas. La calificación máxima de este ejercicio será de 40 puntos. La puntuación mínima necesaria para superar este ejercicio será de 20 puntos. Esta puntuación mínima resultará de la puntuación transformada, en su caso, que se derive de los baremos que fije el Tribunal. Segundo ejercicio: Para los aspirantes por acceso libre constará de dos partes:
El tiempo máximo para realizar esta parte del ejercicio será de 4 horas. Se calificará esta parte con un máximo de 40 puntos, 10 por cada uno de los problemas. La puntuación mínima necesaria para superar este ejercicio será de 20 puntos. Esta puntuación mínima resultará de la puntuación transformada, en su caso, que se derive de los baremos que fije el Tribunal. Sólo los aspirantes que hayan superado esta primera parte podrán realizar la segunda B) Consistirá en resolver por escrito 2 problemas o supuestos prácticos, uno sobre las materias del temario de Meteorología y otro sobre el de Informática y Comunicaciones, que serán elegidos por el candidato de entre 2 de Meteorología y 2 de Informática y Comunicaciones propuestos por el Tribunal. El tiempo máximo para realizar esta parte del ejercicio será de tres horas. Se calificará esta parte con un máximo de 20 puntos, 10 por cada problema. La puntuación mínima necesaria para superar este ejercicio será de 10 puntos. Esta puntuación mínima resultará de la puntuación transformada, en su caso, que se derive de los baremos que fije el Tribunal. Para los aspirantes que participen por promoción interna: Consistirá en la resolución por escrito de 2 problemas o supuestos prácticos sobre las materias del temario de Meteorología y Climatología, a elegir por el opositor de entre 3 propuestos por el Tribunal. El tiempo máximo para la realización del ejercicio será de tres horas. Se calificará un máximo de 40 puntos, 20 por cada problema o supuesto. La puntuación mínima necesaria para superar este ejercicio será de 20 puntos Esta puntuación mínima resultará de la puntuación transformada, en su caso, que se derive de los baremos que fije el Tribunal.
El tiempo máximo para realizar esta parte del ejercicio será de 4 horas. Se calificará esta parte con un máximo de 40 puntos, 10 por cada uno de los problemas. La puntuación mínima necesaria para superar este ejercicio será de 20 puntos. Esta puntuación mínima resultará de la puntuación transformada, en su caso, que se derive de los baremos que fije el Tribunal. Sólo los aspirantes que hayan superado esta primera parte podrán realizar la segunda B) Consistirá en resolver por escrito 2 problemas o supuestos prácticos, uno sobre las materias del temario de Meteorología y otro sobre el de Informática y Comunicaciones, que serán elegidos por el candidato de entre 2 de Meteorología y 2 de Informática y Comunicaciones propuestos por el Tribunal. El tiempo máximo para realizar esta parte del ejercicio será de tres horas. Se calificará esta parte con un máximo de 20 puntos, 10 por cada problema. La puntuación mínima necesaria para superar este ejercicio será de 10 puntos. Esta puntuación mínima resultará de la puntuación transformada, en su caso, que se derive de los baremos que fije el Tribunal. Para los aspirantes que participen por promoción interna: Consistirá en la resolución por escrito de 2 problemas o supuestos prácticos sobre las materias del temario de Meteorología y Climatología, a elegir por el opositor de entre 3 propuestos por el Tribunal. El tiempo máximo para la realización del ejercicio será de tres horas. Se calificará un máximo de 40 puntos, 20 por cada problema o supuesto. La puntuación mínima necesaria para superar este ejercicio será de 20 puntos Esta puntuación mínima resultará de la puntuación transformada, en su caso, que se derive de los baremos que fije el Tribunal.
Tercer ejercicio: Constará de dos pruebas de idiomas, la primera de carácter obligatorio y eliminatorio y la segunda de carácter voluntario y no eliminatorio, tanto para los aspirantes por acceso libre, como por promoción interna.
Se valorará el conocimiento de los idiomas extranjeros o vernáculos, la capacidad de comprensión y síntesis y la calidad de la traducción en español.
Primera prueba: Idioma inglés.
La prueba constará de dos partes que se realizarán en la misma sesión: A) Una traducción directa, por escrito, de un documento redactado en inglés y sin diccionario. Para su realización los aspirantes dispondrán de un tiempo máximo de 30 minutos.
B) Un resumen en español de un texto que les será leído a los opositores en inglés. Para su realización los aspirantes dispondrán de un tiempo máximo de 30 minutos.
Estos ejercicios deberán ser leídos por el opositor en sesión pública ante el Tribunal, para lo que serán convocados en el tablón de anuncios de los servicios centrales del Departamento. El Tribunal dispondrá de un tiempo máximo de 10 minutos para dialogar con el aspirante en el idioma inglés.
Esta primera prueba se calificará con un máximo de 15 puntos. La puntuación mínima necesaria para superar este ejercicio será de 7,5 puntos. Esta puntuación mínima resultará de la puntuación transformada, en su caso, que se derive de los baremos que fije el Tribunal. Sólo los aspirantes que hayan superado esta primera parte podrán realizar la segunda.
Segunda prueba: Idioma elegido por el aspirante.
Los aspirantes podrán elegir como idioma de la prueba voluntaria el francés o alguna de las lenguas oficiales de las Comunidades Autónomas.
La prueba constará de dos partes que se realizarán en la misma sesión:
A) Una traducción directa, por escrito, de un documento redactado en el idioma elegido por el aspirante, sin diccionario. Para su realización los aspirantes dispondrán de un tiempo máximo de treinta minutos.
B) Un resumen en español de un texto que les será leído a los opositores en la lengua elegida para la primera parte. Para su realización los aspirantes dispondrán de un tiempo máximo de treinta minutos.
Estos ejercicios deberán ser leídos por el opositor en sesión pública ante el Tribunal, para lo que serán convocados en el tablón de anuncios de los servicios centrales del Departamento. El Tribunal dispondrá de un tiempo máximo de diez minutos para dialogar con el aspirante en la lengua elegida para la realización de esta prueba.
Esta segunda prueba se calificará con un máximo de 5 puntos. Cuarto ejercicio.-Sólo para los aspirantes por acceso libre y constará de dos partes:
A) En la primera parte, los aspirantes expondrán oralmente y en sesión pública ante el Tribunal, durante un máximo de treinta minutos, dos temas, de entre tres elegidos al azar del temario de Meteorología y Climatología.
Los opositores dispondrán de un periodo de quince minutos para la preparación de esta parte, sin que puedan consultar ninguna clase de texto o apuntes. Durante la exposición podrán consultar el guión que, en su caso, hayan realizado durante el referido tiempo de preparación. B) Consistirá en la presentación oral, durante un tiempo máximo de quince minutos, en sesión pública ante el Tribunal, por parte de los aspirantes de su historial formativo y profesional en materias fundamentalmente propias de las funciones del Cuerpo Superior de Meteorólogos del Estado.
Los aspirantes deberán presentar, a tal efecto, al Tribunal, el mismo día en que hayan sido convocados para la realización de este cuarto ejercicio e inmediatamente antes de iniciar la primera parte, una memoria con su historial formativo y profesional, adjuntando los documentos acreditativos de los extremos contenidos en ella. La no presentación de la memoria implicará la valoración de esta segunda parte con cero puntos.
El Tribunal, durante el tiempo que considere oportuno, podrá dialogar con los aspirantes sobre el contenido de la citada memoria y de manera especial sobre su experiencia profesional, así como sobre la coherencia de su historial formativo y profesional en relación con las actividades y funciones propias del Cuerpo Superior de Meteorólogos del Estado. La calificación máxima total de este cuarto ejercicio será de 40 puntos, siendo calificada la primera parte con un máximo de 30 puntos y la segunda parte con un máximo de 10 puntos. La puntuación mínima necesaria para superar este ejercicio será de 20 puntos. Esta puntuación mínima resultará de la puntuación transformada, en su caso, que se derive de los baremos que fije el Tribunal. Todos los ejercicios de la fase de oposición se realizarán en la provincia de Madrid. La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.
2. Fase de concurso.-Esta fase no tiene carácter eliminatorio.
Las valoraciones de esta fase estarán referidas a la fecha de publicación de la convocatoria.
A los aspirantes por promoción interna se les valorarán como meritos los siguientes conceptos:
2.1 Al personal funcionario se le valorará como méritos los siguientes conceptos: Antigüedad por número de años de servicios efectivos prestados en cualquier Administración Pública y que tenga reconocidos, a efectos de trienios, en Cuerpos o Escalas del subgrupo A2.
Grado personal que se tenga consolidado y reconocido o conservado en el Cuerpo o Escala desde el que se participa en estas pruebas selectivas. Cursos de formación y perfeccionamiento recibidos en los últimos cinco años, tanto en centros oficiales de formación y perfeccionamiento, como en cualquier otro organismo o entidad público o privado, cuya duración sea igual o superior a 20 horas lectivas, y siempre que se refieran, a juicio del Tribunal, a materias relacionadas con las funciones propias de la Escala objeto de esta convocatoria. La valoración de los méritos se realizará de la siguiente forma:
Antigüedad: Por cada año completo de servicios efectivos 0,5 puntos, hasta un máximo de 12 puntos.
Grado personal: Se otorgará hasta un máximo de 4 puntos, distribuidos en la forma siguiente:
Grado personal igual o superior al 26: 4 puntos.
Grado personal igual al 25: 3,5 puntos. Grado personal igual al 24: 3 puntos. Grado personal igual al 23: 2,5 puntos. Grado personal igual al 22: 2 puntos. Grado personal igual al 21: 1,5 puntos. Grado personal igual al 20: 1,25 puntos. Grado personal igual al 19: 1 punto. Grado personal igual o inferior al 18: 0,75 puntos.
Cursos de formación y perfeccionamiento: Se otorgará por cada curso 0,5 puntos, hasta un máximo de 4 puntos. 2.2 Al personal laboral se le valorará como méritos los siguientes conceptos:
Antigüedad por número de años de servicios efectivos prestados en cualquier Administración Pública, en la categoría de Titulado Superior de Actividades Técnicas y Profesionales.
Superación de procesos selectivos para adquirir la condición de personal laboral fijo. Cursos de formación y perfeccionamiento recibidos en los últimos 5 años, tanto en centros oficiales de formación y perfeccionamiento, como en cualquier otro organismo o entidad público o privado, cuya duración sea igual o superior a 20 horas lectivas, y siempre que se refieran, a juicio del Tribunal, a materias relacionadas con las funciones propias del Cuerpo objeto de esta convocatoria. La valoración de los méritos se realizará de la siguiente forma:
Antigüedad: Por cada año completo de servicios efectivos 0,5 puntos, hasta un máximo de 12 puntos.
Superación de procesos selectivos para adquirir la condición de personal laboral fijo: Un máximo de 4 puntos. Cursos de formación y perfeccionamiento: Se otorgará por cada curso 0,5 puntos, hasta un máximo de 4 puntos.
La calificación final del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en la de oposición.
3. Curso selectivo.-Consistirá en un periodo de formación de carácter teórico y práctico, organizado por la Subsecretaría del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, y cuya duración máxima será de 7 meses para los aspirantes de acceso libre y de 5 meses para los de promoción interna. La asistencia al curso selectivo es obligatoria y durante el mismo los aspirantes dependerán directamente de la Subsecretaría del Departamento. El personal funcionario y laboral fijo que hubieran participado en estas pruebas selectivas serán autorizados por la Subsecretaria del Departamento en que presten sus servicios para asistir al curso selectivo. La calificación del curso selectivo será otorgada por la Subsecretaría del Departamento, a propuesta de la Comisión de Valoración, nombrada a tal efecto por la citada Subsecretaría. La Comisión de Valoración dispondrá de 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la finalización del curso selectivo, para facilitar las notas del curso a la Subsecretaría del Departamento. La calificación máxima del curso selectivo será de 40 puntos. La puntuación mínima para superar este curso será de 20 puntos. Esta puntuación mínima resultará de la puntuación transformada, en su caso, que se derive del baremo que fije la Comisión de Valoración. En el curso selectivo se valorará la asistencia y participación en las clases, la presentación de trabajos, las pruebas individuales o en grupo, la resolución de casos prácticos y la participación en actividades formativas complementarias. Quienes no superasen el curso selectivo perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera, mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo. Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida. A estos efectos, no se considerará causa de fuerza mayor, la coincidencia en el tiempo del desarrollo de cursos selectivos o períodos de prácticas correspondientes a diferentes convocatorias. Una vez superado el curso selectivo, los aspirantes continuarán en la situación de funcionarios en prácticas hasta la toma de posesión en su primer destino como funcionario de carrera del Cuerpo Superior de Meteorólogos del Estado, debiendo reincorporándose a su primitivo puesto de trabajo a partir del día siguiente a aquel en que finalice la realización del curso, con independencia del momento en que se publique la calificación del mismo. La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en el curso selectivo para los aspirantes por acceso libre y por la suma de las puntuaciones de las fases de oposición, concurso y curso selectivo, para los aspirantes que accedan por promoción interna. En caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios, por este orden:
1. Mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de oposición.
2. Mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio. 3. Mayor puntuación obtenida en la primera parte del cuarto ejercicio, para los aspirantes por el sistema de acceso libre. 4. Mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio.
Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de aquellos ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo Internacional correspondiente.
ANEXO II
A) Programa turno libre
Temario de Matemáticas
Cálculo vectorial
1. Operadores diferenciales en campos escalares: Gradiente y laplaciana. Operadores diferenciales en campos vectoriales: Divergencia y rotacional.
2. Operadores diferenciales en coordenadas cilíndricas, esféricas y generalizadas. Operadores laplaciana y jacobiano. Determinación de mínimos. Identidades básicas del análisis vectorial. 3. Integrales de línea y de superficie en campos escalares y vectoriales. Integral de un campo escalar. Circulación y flujo de un campo vectorial. Teorema de la divergencia o de Gauss y teorema de Stokes. 4. Aplicaciones del análisis vectorial. Campos conservativos: potencial escalar. Campos solenoidales: Potencial vectorial. Campos laplacianos: Ecuación de Laplace.
Funciones de variable compleja
5. Funciones de variable compleja. Diferenciación de funciones de variable compleja: Condiciones de Cauchy-Riemann. El potencial complejo. Aplicaciones al flujo de fluido bidimensional.
Ecuaciones diferenciales
6. Ecuaciones diferenciales de primer orden. Ecuaciones lineales. Métodos elementales de integración.
7. Ecuaciones diferenciales lineales de segundo orden. Coeficientes constantes. Soluciones por medio de series. 8. Sistema de ecuaciones diferenciales de primer orden. Álgebra de matrices y solución analítica. 9. Ecuaciones en derivadas parciales de primer y segundo orden. Método de la separación de variables para su resolución. Método de las diferencias finitas.
Probabilidad y estadística
10. Teoría de la probabilidad y teoremas fundamentales. Probabilidad condicionada. Variable aleatoria. Distribuciones estadísticas: Normal y t de Student.
11. Análisis estadístico de las series de datos. Distribución de frecuencias; representaciones gráficas. Medidas de posición, dispersión y forma. Momentos respecto del origen y centrales. Función generatriz de momentos. 12. Variables aleatorias bidimensionales. Distribuciones marginales y condicionadas. Covarianza y coeficiente de correlación. Regresión. 13. Inferencia estadística clásica y bayesiana. Teoría de la decisión. 14. Estimación y test paramétricos y no paramétricos. Métodos de formación de estimadores. Máxima verosimilitud, mínimos cuadrados. 15. Análisis multivariante aplicado. Manipulación matricial de datos multivariantes. Análisis de componentes principales. Análisis de correlación canónica.
Cálculo numérico
16. Integral de Fourier. Series de Fourier. Correlación. Teorema de convolución. Interpretación física y aplicaciones. La transformada discreta de Fourier.
17. Interpolación. Tratamiento numérico de los problemas matemáticos. Teoría de la interpolación. El problema general de la interpolación. 18. Construcción del polinomio de interpolación: Fórmula de Lagrange. Polinomio de interpolación por recurrencia: Formula de Newton y métodos de Aitken-Neville. Polinomio de interpolación usando diferencias finitas. 19. Integral definida: Cálculo. Regla del punto medio. Fórmulas de integración de Newton-Cotes. La regla trapezoidal: Una fórmula compuesta. Reglas de Simpson. 20. Otras formas para obtener fórmulas de integración. Cuadratura gaussiana. Integración adaptativa. Integrales múltiples. Integración múltiple con límites variables. Aplicaciones de esplines cúbicos.
Temario de Física
Mecánica
Datos oficiales del departamento Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Orden ARM/1551/2008, de 27 de mayo, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y acceso por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo Superior de Meteorólogos del Estado.
"Orden ARM/1551/2008, de 27 de mayo, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y acceso por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo Superior de Meteorólogos del Estado." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2008-9625 publicado el 04 junio 2008
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 04 junio 2008
Fecha Pub: 20080604
Fecha última actualizacion: 4 junio, 2008
Seccion: 2
Departamento: Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 04 junio 2008
Letra: A
Pagina de inicio: 25656
Pagina final: 25667
Publicacion oficial en el BOE número 135 - BOE-A-2008-9625
Publicacion oficial en el BOE-A-2008-9625 de Orden ARM/1551/2008, de 27 de mayo, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y acceso por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo Superior de Meteorólogos del Estado.
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