Contenidos de la Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad Resolución de 10 de diciembre de 2019, de la Dirección de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión de plazas de Oficial Primera de Oficios Propios de Prensa, especialidad de Preimpresión. del 20191217
- Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad
- Orden del día 20191217
- Datos oficiales anuncio
- Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad, noticias, anuncios y avisos legales relacionadas
- Comentarios y opiniones sobre Resolución de 10 de diciembre de 2019, de la Dirección de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión de plazas de Oficial Primera de Oficios Propios de Prensa, especialidad de Preimpresión.
Orden del día 17 diciembre 2019
En aplicación de lo establecido en el Real Decreto 211/2019, de 29 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2019; y previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública a las bases del proceso de selección; esta Dirección, en uso de las competencias que le están atribuidas en el Estatuto de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, aprobado por Real Decreto 1495/2007, en la Ley 46/2003, de 25 de noviembre, y la Orden PRE/454/2014, de 17 de marzo, por la que se aprueba el Contrato de Gestión de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, para el periodo 2013/2016, acuerda convocar proceso selectivo para la cobertura de dos plazas vacantes en la relación de puestos de trabajo (Oficial/Oficiala Primera de Oficios propios de prensa, especialidad preimpresión, nivel retributivo 6), como personal laboral fijo acogido al colectivo 2010-2012 de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y la Resolución de 26 de noviembre de 2015, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 20 de noviembre de 2015, por el que se aprueba el II Plan para la igualdad entre mujeres y hombres en la Administración General del Estado y en sus Organismos Públicos, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes
Bases de la convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convoca un proceso selectivo para cubrir las dos plazas que seguidamente se indica, de personal laboral adscrito al convenio colectivo 2010-2012, tácitamente prorrogado, de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, publicado en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid», el día 29 de febrero de 2012, mediante contrato de trabajo indefinido:
– Dos de Oficial/Oficiala Primera de Oficios propios de prensa, especialidad preimpresión, nivel retributivo 6, del Grupo profesional III, Subgrupo III, y salario bruto anual, en el año 2019, de 27.269,19 euros, adscritos a la Subdirección de la Imprenta Nacional, en el turno general de tarde del Área de Producción, y con una jornada semanal de 37:30 horas. Las funciones del puesto están recogidas en el convenio colectivo 2010-2012, prorrogado tácitamente, del personal laboral de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado y publicado en el BOCM, el día 29 de febrero de 2012.
1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición, con los ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.
1.3 La descripción de la plaza se detalla en el anexo II de esta convocatoria.
1.4 El primer ejercicio de la fase de oposición del proceso se iniciará en el plazo máximo de cuatro meses desde la publicación de la convocatoria. En todo caso, el proceso, desde la publicación de la convocatoria, deberá estar resuelto en un plazo de un año, salvo que por razones de fuerza mayor no sea posible cumplir el referido plazo.
1.5 El programa o temario específico que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el anexo III de la presente convocatoria.
1.6 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, con un máximo de dos aspirantes, serán contratados con carácter fijo.
1.7 Las bases de la convocatoria, y todos los actos que se deriven de su ejecución deberán publicarse en el Punto de Acceso General http://administración.gob.es, en la página web de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado https://www.boe.es, en la sede de la Agencia Estatal (avenida de Manoteras, 54 de Madrid) y en el Portal Funciona.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la formalización del contrato de trabajo los siguientes requisitos de participación:
2.1.1 Nacionalidad:
a) Tener la nacionalidad española.
b) Ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea.
c) Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, que vivan a su cargo, menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
d) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
e) Los extranjeros que no estando incluidos en los párrafos anteriores se encuentren con residencia legal en España.
2.1.2 Edad: Tener cumplidos los 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
2.1.3 Compatibilidad funcional: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
2.1.4 Habilitación: No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado, ni pertenecer como personal laboral fijo del organismo al mismo grupo y subgrupo profesional a cuyas pruebas selectivas se presenta.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
2.1.5 Titulación: Estar en posesión, o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, del Título de Bachillerato, Bachillerato Unificado Polivalente o Formación Profesional de Técnico Superior o Técnico Especialista, o equivalente, o haber superado las pruebas de acceso a la universidad para mayores de 25 o 45 años.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.
2.1.6 Capacidad legal: Tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo.
3. Solicitudes
3.1 La presentación de la instancia se realizará por vía electrónica a través del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas (IPS) del Punto de Acceso General, http://administracion.gob.es/PAG/ips, de acuerdo con las instrucciones contenidas en el anexo V.
Los sistemas de identificación y firma admitidos para realizar la inscripción serán los que determine el servicio de IPS: DNIe/Certificado electrónico, Cl@ve Permanente y Cl@ve Ocasional (Cl@ve Pin).
3.2 Para participar en estas pruebas selectivas se deberá cumplimentar y presentar electrónicamente la solicitud de admisión en el modelo oficial 790, que estará disponible en el Punto de Acceso General (http://administracion.gob.es/PAG/ips). La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
3.2.1 Los interesados dispondrán de un plazo de presentación de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», y se dirigirán al Director de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
3.3 Si una incidencia técnica debidamente acreditada imposibilitara el funcionamiento ordinario de los sistemas, el órgano convocante podrá acordar la ampliación del plazo de presentación de solicitudes o la cumplimentación y presentación sustitutoria.
3.4 Los aspirantes sólo podrán presentar una solicitud por cada uno de los procesos selectivos convocados. La presentación de más de una solicitud será causa de exclusión.
3.5 Los datos personales recogidos en la solicitud de admisión serán tratados con la única finalidad de la gestión de las pruebas selectivas y las comunicaciones necesarias para ello. El nombre, apellidos y número del documento de identidad se publicará en la forma que determina la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
La base legal para el tratamiento de estos datos son las Leyes 39/2015, de 1 de octubre, y 40/2015, de 1 de octubre, y el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
3.6 Los aspirantes con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 % que soliciten adaptación de tiempo y/o medios deberán adjuntar Dictamen Técnico Facultativo emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de discapacidad.
3.7 Los errores de hecho, materiales o aritméticos que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
3.8 A la solicitud se acompañará:
– Los aspirantes con discapacidad con un grado igual o superior al 33 % que soliciten adaptación de tiempo y/o medios deberán adjuntar Dictamen Técnico Facultativo emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de discapacidad.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, en el plazo máximo de un mes, la autoridad convocante publicará las listas de aspirantes admitidos y excluidos, en el Punto de Acceso General http://administración.gob.es, en la página web de la Agencia Estatal https://www.boe.es, y en el Portal Funciona. Se señalará un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a su publicación, para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión, en su caso.
5. Tribunal
5. Tribunal
5.1 El Tribunal calificador del proceso selectivo es el que figura como anexo IV a esta convocatoria.
5.2 El Órgano de Selección, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.
5.3 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y demás disposiciones vigentes.
5.4 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
5.5 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, los Tribunales tendrán su sede en la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, en el Departamento de Recursos Humanos y Relaciones Laborales, avenida de Manoteras, 54, 28050 Madrid, teléfono 91 111 40 49 y dirección de correo electrónico [email protected].
6. Desarrollo del proceso selectivo
6.1 Los aspirantes serán convocados a los ejercicios en llamamiento único, siendo excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan.
6.2 El orden de actuación de los aspirantes en la fase de oposición se iniciará alfabéticamente, por cada número de orden, por el primero de la letra «Q», según lo establecido en la Resolución de la Secretaria de Estado de Función Pública de 15 de marzo de 2019 (BOE del 18).
6.3 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos con veinticuatro horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio.
6.4 Concluidos los ejercicios de la oposición, el Tribunal hará pública, la relación de aspirantes que hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlos, con indicación de la puntuación obtenida, por orden alfabético, en los lugares indicados en la base 1.7.
6.5 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes. Asimismo, si tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria, previa audiencia al interesado, deberá proponer su exclusión a la autoridad convocante.
7. Superación del proceso selectivo
7.1 Finalizada la fase de oposición, la Presidencia del Tribunal elevará a la autoridad convocante la relación de aspirantes que hayan obtenido al menos la calificación mínima exigida para superar el proceso selectivo, por orden de puntuación. El número de aspirantes seleccionados podrá ser superior al de las plazas convocadas.
En caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
– La mayor puntuación obtenida en la prueba práctica número uno, si persiste el empate.
– La mayor puntuación obtenida en la prueba práctica número dos, si persiste el empate.
– La mayor puntuación obtenida en la prueba práctica número tres, si persiste el empate.
7.2 Dicha relación se publicará en los lugares indicados en la base 1.7, y en cuantos lugares se consideren oportunos, disponiendo el aspirante de dicha relación, de un plazo de veinte días hábiles para la presentación de la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria.
7.3 No se podrán formalizar mayor número de contratos que el de puestos de trabajo convocados en el proceso.
7.4 La adjudicación del turno es el indicado en la presente convocatoria; turno general de tarde de la Imprenta Nacional. Horario fijo entre las 15 y las 22 horas, de lunes a jueves y los viernes entre las 15 y las 21:30 horas. Horario flexible entre las 14:30 y las 15 horas, y entre las 22:00 y las 22:30 horas.
7.5 El aspirante contratado tendrá que superar el período de prueba previsto en el artículo 31 del Convenio Colectivo del «Boletín Oficial del Estado», durante el cual la unidad de personal evaluará el correcto desempeño del puesto de trabajo.
7.6 En el caso de que el candidato no presente la documentación correspondiente en el plazo establecido, no cumpla los requisitos exigidos, renuncie, o la certificación emitida por la unidad de personal respecto al correcto desempeño del puesto de trabajo durante el periodo de prueba sea desfavorable, el puesto se adjudicará al siguiente candidato de la relación a la que se refiere la base 7.1.
7.7 El desempeño de la plaza, en materia de incompatibilidades, quedará sometida a lo estipulado en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas y disposiciones complementarias.
8. Formalización del contrato de trabajo
8.1 El contrato de trabajo se formalizará en el plazo máximo de un mes desde la finalización del procedimiento. En el caso de que el candidato propuesto no presente la documentación requerida en el plazo establecido, no cumpla los requisitos exigidos, renuncie, o no se presente, se declarará decaído y el contrato se formalizará al siguiente en la lista de prelación en puntuación.
9. Norma final
9.1 Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el artículo 23 y concordantes del Convenio Colectivo 2010-2012 de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.
9.2 Contra la presente convocatoria podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Director de la Agencia Estatal en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Órgano de Selección, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid, 10 de diciembre de 2019.–El Director de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, Manuel Tuero Secades.
ANEXO I
Descripción del proceso selectivo
El proceso selectivo constará de una sola fase:
1. Fase de oposición:
Esta fase se valorará hasta un máximo de 100 puntos, 130 puntos en el supuesto de que se realice el primer ejercicio, y constará de los siguientes ejercicios, siendo obligatorios y eliminatorios:
1.1 Oficial/Oficiala Primera de Oficios propios de prensa, especialidad preimpresión, nivel retributivo 6:
1.1.1 Primer ejercicio (tipo test): consistirá en la contestación de un cuestionario sobre las materias incluidas en el programa que figura en el anexo III de las presentes bases, con un máximo de 60 preguntas con 4 respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas correcta. Cada pregunta del cuestionario respondida erróneamente tendrá una penalización de 1/3 del valor de una respuesta correcta. La duración del ejercicio será de una hora. Se calificará de cero a treinta puntos, siendo necesario obtener al menos quince puntos para participar en la siguiente prueba. No obstante lo anterior, el Tribunal calificador en relación al número de aspirantes admitidos, podrá optar por la supresión de este primer ejercicio y que todos los aspirantes admitidos inicien el proceso en el segundo ejercicio.
1.1.2 Segundo ejercicio (teórico): consistirá en contestar 10 temas del programa que se cita como anexo III, elegidos al azar al inicio de la prueba entre los temas correspondientes al «Ejercicio Teórico». El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de tres horas. Se calificará de cero a treinta puntos, siendo necesario obtener al menos quince puntos para participar en la prueba práctica.
1.1.3 Tercer ejercicio (práctico): consistirá en desarrollar tres pruebas prácticas, elegidas por el Tribunal, de las que figuran como «Ejercicio Práctico» en el anexo III. El tiempo para el desarrollo de estas pruebas será fijado por el Tribunal calificador en función de la dificultad de las mismas. Se calificará de cero a setenta puntos, siendo necesario obtener un mínimo de treinta y cinco puntos para superar la prueba.
1.1.4 En el proceso indicado, para superar la fase de oposición, habrá que aprobar todos los ejercicios.
La calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios de la oposición.
1.1.5 Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con discapacidad gocen de similares condiciones que el resto de los aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para las personas con discapacidad que así lo hagan constar en su solicitud, se establecerán las adaptaciones necesarias en tiempos y medios para su realización.
Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal y, en todo caso, la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
ANEXO II
Funciones a realizar
Oficial/Oficiala Primera Oficios Propios de Prensa. Es aquel operario que ejecuta trabajos cualificados de una especialidad, que exige una habilidad particular y conocimiento profesional, que no puede ser adquirido más que por una intensa práctica de la especialidad o por un aprendizaje metódico, sancionado, si existiera, por un certificado de aptitud profesional.
Realizará las funciones propias de su especialidad con una habilidad consumada, espíritu de iniciativa y completa responsabilidad, ejecutando cualquier tipo de labor que se le encomiende, dentro de su especialidad.
Especialidad de Preimpresión. Conocimientos y habilidades para:
– Digitalizar y realizar el tratamiento de imágenes mediante aplicaciones informáticas.
– Digitalizar y tratar textos mediante aplicaciones informáticas
– Realizar la maquetación y compaginación de productos gráficos.
– Tratar imágenes y crear elementos gráficos con los parámetros de gestión del color adecuados
– Componer elementos gráficos, imágenes y textos según la teoría de la arquitectura tipográfica y maquetación
– Realizar la corrección ortotipográfica en pantalla de los textos tratados en las obras y publicaciones.
– Realizar el etiquetado de los documentos tratados y utilizar los estilos adecuados para cada tipo de texto.
– Realizar la verificación de los documentos html y xml que se extraigan de los textos tratados en las obras y publicaciones.
Datos oficiales del departamento Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad
Resolución de 10 de diciembre de 2019, de la Dirección de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión de plazas de Oficial Primera de Oficios Propios de Prensa, especialidad de Preimpresión.
"Resolución de 10 de diciembre de 2019, de la Dirección de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión de plazas de Oficial Primera de Oficios Propios de Prensa, especialidad de Preimpresión." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2019-18031 publicado el 17 diciembre 2019
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 17 diciembre 2019
Fecha Pub: 20191217
Fecha última actualizacion: 17 diciembre, 2019
Seccion: 2
Departamento: Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 17 diciembre 2019
Letra: A
Pagina de inicio: 135856
Pagina final: 135866
Publicacion oficial en el BOE número 302 - BOE-A-2019-18031
Publicacion oficial en el BOE-A-2019-18031 de Resolución de 10 de diciembre de 2019, de la Dirección de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión de plazas de Oficial Primera de Oficios Propios de Prensa, especialidad de Preimpresión.
Descargar PDF oficial BOE-A-2019-18031 AQUÍ