Contenidos de la Ministerio de Industria y Turismo Resolución de 27 de diciembre de 2023, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica la Adenda de prórroga y modificación al Convenio con la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y el Ayuntamiento de Sigüenza, para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en Sigüenza. del 20240103
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Orden del día 03 enero 2024
De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la Adenda de prórroga y modificación al convenio que fue suscrito el 2 de diciembre de 2020 entre la Secretaría de Estado de Turismo, la Consejería de Economía, Empresas y Empleo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y el Ayuntamiento de Sigüenza, para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en Sigüenza.
Madrid, 27 de diciembre de 2023.–La Secretaria de Estado de Turismo, Rosa Ana Morillo Rodríguez.
ADENDA DE PRÓRROGA Y MODIFICACIÓN AL CONVENIO QUE FUE SUSCRITO EL 2 DE DICIEMBRE DE 2020 ENTRE LA SECRETARÍA DE ESTADO DE TURISMO, LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPRESAS Y EMPLEO DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA Y EL AYUNTAMIENTO DE SIGÜENZA, PARA LA EJECUCIÓN DEL PLAN DE SOSTENIBILIDAD TURÍSTICA EN SIGÜENZA
Madrid, 19 de diciembre de 2023.
REUNIDOS
Doña Rosa Ana Morillo Rodríguez, Secretaria de Estado de Turismo, nombrada por Real Decreto 1035/2022, de 20 de diciembre, actuando de conformidad con lo previsto en el artículo 62.2 g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público y el artículo 5 a) de la Orden ICT/111/2021, de 5 de febrero, por la que se fijan los límites para administrar los créditos para gastos y se delegan determinadas competencias en el ámbito del Departamento.
Doña Patricia Franco Jiménez, Consejera de Economía, Empresas y Empleo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, nombrada mediante Decreto 81/2023, de 9 de julio, (DOCM número 131, de 11 de julio), en virtud de las facultades que le confiere el artículo 1.2 del Decreto 103/2023, de 25 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y se fijan las competencias de los órganos integrados en la Consejería de Economía, Empresas y Empleo y la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.
Doña María Jesús Merino Poyo, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Sigüenza, elegida en sesión constitutiva de la Corporación municipal el 17 de junio de 2023, actuando en virtud de lo dispuesto en el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de Régimen Local; facultada para la suscripción de la presente adenda por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Sigüenza de 7 de agosto de 2023.
Las partes comparecen en la representación que ostentan de sus respectivas Instituciones, reconociéndose de modo recíproco capacidad para formalizar la presente adenda del convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
1. Que, con fecha 2 de diciembre de 2020 se firmó un convenio entre la Secretaría de Estado de Turismo, la Consejería de Economía, Empresas y Empleo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y el Ayuntamiento de Sigüenza y fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE) el 11 de diciembre de 2020 e inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO).
2. Que, de conformidad con la cláusula decimoquinta del convenio, la duración prevista del mismo no podrá exceder de cuatro años, sin perjuicio de las posibles prórrogas que pudieran otorgarse, siendo la vigencia inicial del mismo hasta el 11 de diciembre de 2024.
3. Que, según la cláusula novena y decimotercera, las partes pueden acordar de mutuo acuerdo y de forma expresa la prórroga y modificación del convenio.
4. Que, habiéndose realizado todas las aportaciones económicas de las partes, es voluntad de éstas proceder a la prórroga y modificación del convenio. Por ello, con fecha 16 de mayo de 2023, la Comisión de seguimiento, en virtud de las cláusulas octava y decimotercera, acordó, por unanimidad, la modificación del convenio. Conforme a ello, se decide prorrogar el convenio por 1 año y 3 meses, incluyéndose el plazo para la presentación de la justificación de las actuaciones al modificar las cláusulas cuarta, apartado cuarto; quinta, apartado cuarto y novena, apartado quinto y sexto.
5. Que, adicionalmente y en virtud de lo acordado por las partes en la Comisión de seguimiento, con fecha 25 de julio de 2023, se eliminan las cláusulas cuarta, apartados tercero y quinto y quinta, apartado tercero, en referencia a la exigencia de la prestación de depósito o aval bancario a las entidades locales ejecutantes.
6. Que considerando lo estipulado, se decide modificar el anexo de actuaciones del convenio.
En virtud de lo que antecede, las partes firmantes acuerdan suscribir la presente adenda de modificación del mencionado convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
La presente adenda tiene por objeto, por un lado, la prórroga del convenio por un plazo total de 1 año y 3 meses, afectando éste a las cláusulas cuarta, apartado segundo; quinta, apartado segundo y novena, apartado quinto y sexto, que aluden al plazo de ejecución de las actuaciones.
Por otro lado, la modificación de las cláusulas cuarta, apartado cuarto y quinta, apartado cuarto, que hacen referencia a la justificación de las actuaciones, para establecer un plazo máximo de 3 meses para presentar dicha justificación desde la finalización de las actuaciones. Se modifica también la cláusula novena, apartado quinto y sexto, para unificar los plazos de ejecución de las actuaciones.
Además, la supresión de las cláusulas cuarta, apartados tercero y quinto y quinta, apartado tercero, relativas a la exigencia de prestación de garantías a las entidades locales ejecutantes.
Y finalmente, la modificación del anexo final de actuaciones del PST.
Segunda. Prórroga.
De conformidad con lo dispuesto en la cláusula decimoquinta, apartado primero, del convenio suscrito el día 2 de diciembre de 2020, las partes acuerdan prorrogar por 1 año y 3 meses la duración del convenio desde la finalización del periodo inicialmente acordado para la ejecución de las actuaciones. Es decir, la ejecución comprenderá desde el próximo 11 de diciembre de 2023 hasta el 11 de diciembre de 2024 y la justificación finalizará el 11 de marzo del 2025, incluyéndose así el periodo de ejecución de 1 año y la justificación por un plazo máximo de 3 meses.
Tercera. Modificaciones.
A estos efectos, se modifican las siguientes cláusulas o apartados del convenio, incluido su anexo.
3.1 La cláusula cuarta del convenio suscrito el 2 de diciembre de 2020 queda redactada en los siguientes términos:
3.2 La cláusula quinta del convenio suscrito el 2 de diciembre de 2020 queda redactada en los siguientes términos:
3.3 La cláusula novena del convenio suscrito el 2 de diciembre de 2020 queda redactada en los siguientes términos:
3.4 Modificaciones que afectan al anexo de actuaciones del Plan de Sostenibilidad Turística en Sigüenza incluido en el convenio de 2 de diciembre de 2020:
Cuarta. Perfección de la adenda.
Esta adenda se perfeccionará con la firma de las partes y resultará eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO), sin perjuicio de su publicación posterior en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE) en el plazo de diez días hábiles desde su formalización.
Quinta. Subsistencia del resto del convenio.
En todo lo no estipulado expresamente en la presente adenda se estará a lo establecido en el convenio, el cual las partes expresamente ratifican y del que el presente documento forma parte integrante e inseparable.
Y, en prueba de conformidad, y para la debida constancia de todo lo convenido, las partes firman la presente adenda a un solo efecto, en sus respectivas sedes y en las fechas indicadas en las firmas electrónicas al principio del convenio, tomándose como fecha de formalización del presente documento la fecha del último firmante.–Por el Ministerio de Industria y Turismo, la Secretaria de Estado de Turismo, Rosa Ana Morillo Rodríguez.–Por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, la Consejera de Economía, Empresas y Empleo, Patricia Franco Jiménez.–Por el Ayuntamiento de Sigüenza, la Alcaldesa-Presidenta, María Jesús Merino Poyo.
Datos oficiales del departamento Ministerio de Industria y Turismo
Resolución de 27 de diciembre de 2023, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica la Adenda de prórroga y modificación al Convenio con la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y el Ayuntamiento de Sigüenza, para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en Sigüenza.
"Resolución de 27 de diciembre de 2023, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica la Adenda de prórroga y modificación al Convenio con la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y el Ayuntamiento de Sigüenza, para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en Sigüenza." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2024-192 publicado el 03 enero 2024
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 03 enero 2024
Fecha Pub: 20240103
Fecha última actualizacion: 7 enero, 2024
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Industria y Turismo
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 03 enero 2024
Letra: A
Pagina de inicio: 915
Pagina final: 920
Publicacion oficial en el BOE número 3 - BOE-A-2024-192
Publicacion oficial en el BOE-A-2024-192 de Resolución de 27 de diciembre de 2023, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica la Adenda de prórroga y modificación al Convenio con la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y el Ayuntamiento de Sigüenza, para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en Sigüenza.
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