Orden HAC/1097/2020, de 24 de noviembre, por la que se determina la cuantía de la distribución definitiva entre las Comunidades Autónomas de régimen común de los recursos previstos en la letra d) del apartado 2 del artículo 2 del Real Decreto-ley 22/2020, de 16 de junio, por el que se regula la creación del Fondo COVID-19 y se establecen las reglas relativas a su distribución y libramiento.





La presente orden tiene como objeto determinar la cuantía de la distribución definitiva entre las Comunidades Autónomas de régimen común de los recursos del Tramo 4, previsto en la letra d) del apartado 2 del artículo 2 del Real Decreto-ley 22/2020, de 16 de junio, por el que se regula la creación del Fondo COVID-19 y se establecen las reglas relativas a su distribución y libramiento.

Contenidos de la Ministerio de Hacienda Orden HAC/1097/2020, de 24 de noviembre, por la que se determina la cuantía de la distribución definitiva entre las Comunidades Autónomas de régimen común de los recursos previstos en la letra d) del apartado 2 del artículo 2 del Real Decreto-ley 22/2020, de 16 de junio, por el que se regula la creación del Fondo COVID-19 y se establecen las reglas relativas a su distribución y libramiento. del 20201125







Orden del día 25 noviembre 2020

La presente orden tiene como objeto determinar la cuantía de la distribución definitiva entre las Comunidades Autónomas de régimen común de los recursos del Tramo 4, previsto en la letra d) del apartado 2 del artículo 2 del Real Decreto-ley 22/2020, de 16 de junio, por el que se regula la creación del Fondo COVID-19 y se establecen las reglas relativas a su distribución y libramiento.

El Fondo COVID-19 se configura como un fondo excepcional de carácter presupuestario, cuyo objeto es dotar de mayor financiación, mediante transferencias, a las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla, para hacer frente a la incidencia presupuestaria derivada de la crisis originada por el COVID-19.

Con este fin, se dota un crédito extraordinario en la aplicación presupuestaria 32.01.941O.459.00 «Fondo COVID-19», cuya distribución territorial se articula de acuerdo a los tramos y criterios de distribución recogidos en el artículo 2.2 del Real Decreto-ley 22/2020, de 16 de junio.

Por lo que se refiere a la habilitación normativa para determinar la cuantía de la distribución definitiva entre las Comunidades Autónomas de régimen común de los recursos del Tramo 4, el apartado 4 del artículo 3 del mencionado real decreto-ley atribuye esta potestad a la persona titular del Ministerio de Hacienda.

En su virtud, dispongo:

Artículo único. Distribución definitiva entre las Comunidades Autónomas de régimen común de los recursos previstos en la letra d) del apartado 2 del artículo 2 del Real Decreto-ley 22/2020, de 16 de junio.

1. Conforme al apartado 4 del artículo 3 del Real Decreto-ley 22/2020, de 16 de junio, por la presente Orden se determina la cuantía de la distribución definitiva entre las Comunidades Autónomas de régimen común de los recursos del Tramo 4, previsto en la letra d) del apartado 2 del artículo 2 del citado real decreto-ley, de acuerdo con los criterios establecidos en dicho apartado.

2. Los cálculos efectuados por aplicación de los criterios previstos en el real decreto-ley respecto al Tramo 4, sobre la base de los datos que figuran en el Anexo, implican la siguiente distribución territorial de recursos con cargo a la aplicación presupuestaria 32.01.941O.459.00 «Fondo COVID-19»:

3. De acuerdo a lo establecido en el apartado 6 del artículo 3 del real decreto-ley, el libramiento de estos recursos se hará efectivo en el mes de diciembre de 2020, tras la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la presente Orden.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 24 de noviembre de 2020.–La Ministra de Hacienda, María Jesús Montero Cuadrado.

ANEXO

Derechos reconocidos por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, el Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte y los tributos sobre el juego publicados en la central de información económico-financiera del Ministerio de Hacienda, excluidos los pagos efectuados por la AEAT a cada Comunidad en los ejercicios indicados en relación con el Impuesto sobre actividades de juego

Población ajustada definitiva de 2019

En la tabla adjunta se muestra la población ajustada definitiva de 2019, calculada en base a las variables y ponderaciones que figuran en el artículo 9 de la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía y se modifican determinadas normas tributarias.

Certificado del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana

En la tabla adjunta se muestra el peso relativo de la participación de las Comunidades Autónomas de régimen común en la parte del tramo prevista en el artículo 2.2.d.2 del Real Decreto-ley, conforme al certificado emitido a tal efecto por el Secretario de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Hacienda

Orden HAC/1097/2020, de 24 de noviembre, por la que se determina la cuantía de la distribución definitiva entre las Comunidades Autónomas de régimen común de los recursos previstos en la letra d) del apartado 2 del artículo 2 del Real Decreto-ley 22/2020, de 16 de junio, por el que se regula la creación del Fondo COVID-19 y se establecen las reglas relativas a su distribución y libramiento.

"Orden HAC/1097/2020, de 24 de noviembre, por la que se determina la cuantía de la distribución definitiva entre las Comunidades Autónomas de régimen común de los recursos previstos en la letra d) del apartado 2 del artículo 2 del Real Decreto-ley 22/2020, de 16 de junio, por el que se regula la creación del Fondo COVID-19 y se establecen las reglas relativas a su distribución y libramiento." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2020-14876 publicado el 25 noviembre 2020

ID de la publicación: BOE-A-2020-14876
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 1
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 25 noviembre 2020
Fecha Pub: 20201125
Fecha última actualizacion: 25 noviembre, 2020
Numero BORME 309
Seccion: 1
Departamento: Ministerio de Hacienda
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 25 noviembre 2020
Letra: A
Pagina de inicio: 104430
Pagina final: 104434




Publicacion oficial en el BOE número 309 - BOE-A-2020-14876


Publicacion oficial en el BOE-A-2020-14876 de Orden HAC/1097/2020, de 24 de noviembre, por la que se determina la cuantía de la distribución definitiva entre las Comunidades Autónomas de régimen común de los recursos previstos en la letra d) del apartado 2 del artículo 2 del Real Decreto-ley 22/2020, de 16 de junio, por el que se regula la creación del Fondo COVID-19 y se establecen las reglas relativas a su distribución y libramiento.


Descargar PDF oficial BOE-A-2020-14876 AQUÍ



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