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Orden del día 11 mayo 2018
Recibida en la Dirección General de Política Energética y Minas la solicitud de Renovación de Certificación de los Captadores Solares Térmicos presentada por:
Titular: SIME HISPANIA, S.A.
Domicilio social: Pol. Industrial Juncaril. Ctr. Madrid, Km. 425. Parc. 105 18210 - Peligros, Granada.
Fabricante: «Nobel International EAD».
Lugar fabricación: Bulgaria.
De los captadores solares que fueron certificados con las contraseñas y la fecha de resolución que se relaciona a continuación:
Conforme a los ensayos emitidos:
Laboratorio: DEMOKRITOS. Clave: 4085DQ1, 4077DE1, 4079DE1, 4087DQ1, 4081DE1, 4083DE1, 4086DQ1, 4080DE1, 4082DE1, 4084DQ1, 4076DE1, 4078DE1.
Resultando que se ha presentado la documentación exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuya renovación de vigencia de certificación solicita, y que el modelo cumple todas las especificaciones actualmente establecidas por la Orden IET/2366/2014 de 11 de diciembre sobre exigencias técnicas de los paneles solares.
Esta Dirección General de Política Energética y Minas, de acuerdo con lo establecido en la referida disposición ha resuelto renovar la certificación de los citados productos, con las contraseñas de certificación:
Y con fecha de caducidad dos años después de la fecha de resolución, definiendo como características del modelo o tipo certificado las que se indican a continuación
Esta certificación se ajusta a las normas e instrucciones técnicas complementarias para la homologación de los paneles solares, actualizadas por la Orden IET/2366/2014, de 11 de diciembre. Asimismo, el producto deberá cumplir cualquier otro reglamento o disposición que le sea aplicable.
Según la disposición transitoria de la Orden IET/2366/2014, de 11 de diciembre, se otorga un periodo transitorio de cuatro años para que las certificaciones de captadores solares se realicen según las Normas UNE-EN 12.975-1 y UNE-EN 12.975-2.
Transcurrido dicho plazo, 12 de diciembre de 2018, tanto para la certificación como para la renovación, se deberán presentar los informes de ensayo según las normas UNE-EN 12.975-1 e ISO 9.806, no siendo válidos por tanto a efectos de la próxima renovación a partir de la fecha indicada, los informes de ensayo que se hubieran presentado para la presente renovación y no cumpliesen las citadas Normas.
La identificación, características técnicas, especificaciones generales y datos resumen del informe del ensayo del modelo o tipo certificado son las que se indican a continuación.
El incumplimiento de cualquiera de las condiciones fundamentales en las que se basa la concesión de esta certificación dará lugar a la suspensión cautelar automática de la misma, independientemente de su posterior anulación, en su caso, y sin perjuicio de las responsabilidades legales que de ello pudieran derivarse.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución de conformidad con el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
También podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el titular de la Secretaría de Estado de Energía en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución, significando que, en caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 123.2 de la citada ley.
Para el cómputo de los plazos por meses habrá de estarse a lo dispuesto en el artículo 30.4 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
1. Modelo con contraseña NPS-6518
Identificación:
Fabricante: «Nobel International EAD».
Nombre comercial: Sime Plano 132.
Tipo de captador: Plano.
Año de producción: 2011.
Dimensiones:
Longitud: 1.530 mm.
Ancho: 1.030 mm.
Alto: 80 mm.
Área de apertura: 1,4 m.
Área de absorbedor: 1,33 m.
Área total: 1,58 m.
Especificaciones generales:
Peso: 27,5 kg.
Presión de funcionamiento máximo: 10 atm.
Fluido de transferencia de calor: Agua.
2. Modelo con contraseña NPS-6618
Identificación:
Fabricante: «Nobel International EAD».
Nombre comercial: Sime Plano 182.
Tipo de captador: Plano.
Año de producción: 2011.
Longitud: 2.030 mm.
Longitud: 2.030 mm.
Ancho: 1.030 mm.
Alto: 80 mm.
Área de apertura: 1,88 m.
Área de absorbedor: 1,33 m.
Área total: 2,09 m.
Especificaciones generales:
Peso: 27,5 kg.
Presión de funcionamiento máximo: 10 atm.
Fluido de transferencia de calor: Agua.
3. Modelo con contraseña NPS-6718
Identificación:
Fabricante: «Nobel International EAD».
Nombre comercial: Sime Plano 230.
Tipo de captador: Plano.
Año de producción: 2011.
Dimensiones:
Longitud: 2.020 mm.
Ancho: 1.283 mm.
Alto: 80 mm.
Área de apertura: 2,37 m.
Área de absorbedor: 2,3 m.
Área total: 2,6 m.
Especificaciones generales:
Peso: 45 kg.
Presión de funcionamiento máximo: 10 atm.
Fluido de transferencia de calor: Agua.
Resultados del ensayo para el modelo de menor tamaño de la familia:
• Rendimiento térmico:
• Potencia extraída por unidad de captador (W):
Resultados del ensayo para el modelo de mayor tamaño de la familia:
• Rendimiento térmico:
• Potencia extraída por unidad de captador (W):
Madrid, 3 de abril de 2018.–La Directora General de Política Energética y Minas, M.ª Teresa Baquedano Martín.
Datos oficiales del departamento Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital
Resolución de 3 de abril de 2018, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se renueva la certificación de tres captadores solares, fabricados por Nobel International EAD.
"Resolución de 3 de abril de 2018, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se renueva la certificación de tres captadores solares, fabricados por Nobel International EAD." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2018-6354 publicado el 11 mayo 2018
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 11 mayo 2018
Fecha Pub: 20180511
Fecha última actualizacion: 11 mayo, 2018
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 11 mayo 2018
Letra: A
Pagina de inicio: 49839
Pagina final: 49842
Publicacion oficial en el BOE número 115 - BOE-A-2018-6354
Publicacion oficial en el BOE-A-2018-6354 de Resolución de 3 de abril de 2018, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se renueva la certificación de tres captadores solares, fabricados por Nobel International EAD.
Descargar PDF oficial BOE-A-2018-6354 AQUÍ