Resolución de 22 de marzo de 2018, de la Secretaría de Estado para la Sociedad de la Información y la Agenda Digital, por la que se publican los requisitos técnicos de los interfaces radioeléctricos: IR-260 relativo a equipos de radioenlaces de servicio fijo en la banda 48,5-50,2 GHz junto con 50,9-52,6 GHz, IR-261 relativo a equipos de radioenlaces de servicio fijo en la banda 57-64 GHz, IR-262 relativo a equipos de radioenlaces de servicio fijo en la banda 64-66 GHz, IR-263 relativo a equipos de datos de banda ancha en 60 GHz.





El artículo 16 del Reglamento que establece el procedimiento para la evaluación de conformidad de los aparatos de telecomunicaciones, aprobado por Real Decreto 188/2016, de 6 de mayo, en la redacción dada por el Real Decreto 424/2005 de 15 abril, establece que la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, hoy en día Secretaría de Estado para la Sociedad de la Información y la Agenda Digital, publicará como resolución en el «Boletín Oficial del Estado» los interfaces reglamentados en España que hayan sido notificados a la Comisión Europea.

Contenidos de la Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital Resolución de 22 de marzo de 2018, de la Secretaría de Estado para la Sociedad de la Información y la Agenda Digital, por la que se publican los requisitos técnicos de los interfaces radioeléctricos: IR-260 relativo a equipos de radioenlaces de servicio fijo en la banda 48,5-50,2 GHz junto con 50,9-52,6 GHz, IR-261 relativo a equipos de radioenlaces de servicio fijo en la banda 57-64 GHz, IR-262 relativo a equipos de radioenlaces de servicio fijo en la banda 64-66 GHz, IR-263 relativo a equipos de datos de banda ancha en 60 GHz. del 20180613







Orden del día 13 junio 2018

El artículo 16 del Reglamento que establece el procedimiento para la evaluación de conformidad de los aparatos de telecomunicaciones, aprobado por Real Decreto 188/2016, de 6 de mayo, en la redacción dada por el Real Decreto 424/2005 de 15 abril, establece que la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, hoy en día Secretaría de Estado para la Sociedad de la Información y la Agenda Digital, publicará como resolución en el «Boletín Oficial del Estado» los interfaces reglamentados en España que hayan sido notificados a la Comisión Europea.

La presente resolución tiene como objeto la publicación de los requisitos técnicos de los siguientes interfaces:

IR-260 relativo a equipos de radioenlaces de servicio fijo en la banda 48,5-50,2 GHz junto con 50,9-52,6 GHz

IR-262 relativo a equipos de radioenlaces de servicio fijo en la banda 64-66 GHz

IR-263 relativo a equipos de datos de banda ancha en 60 GHz

El cumplimiento de estos requisitos de interfaces es necesario para el uso de equipos de transmisión del servicio fijo y de datos de banda ancha en las bandas de frecuencia especificadas en el respectivo interfaz, que operen en España y no exime del cumplimiento del resto de los requisitos establecidos en el mencionado Reglamento que establece el procedimiento para la evaluación de conformidad de los aparatos de telecomunicaciones.

Estos interfaces podrán ser revisados, de acuerdo con lo establecido en el cuadro nacional de atribución de frecuencias en vigor, como consecuencia de nuevas necesidades nacionales en cuanto al uso eficaz del espectro o bien como consecuencia de tratados o acuerdos internacionales en los que España sea parte.

Esta disposición ha sido sometida al procedimiento de información en materia de normas y reglamentaciones técnicas y de Reglamentos relativos a los servicios de la sociedad de la información, previsto en la Directiva (UE) 2015/1535 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de septiembre.

De acuerdo con lo anterior y en uso de la competencia que el artículo 16 del Reglamento que establece el procedimiento para la evaluación de conformidad de los aparatos de telecomunicaciones atribuye a esta Secretaría de Estado para la Sociedad de la Información y la Agenda Digital, resuelvo:

1. Publicar los requisitos de los interfaces reglamentados IR-260, IR-261, IR-262 e IR-263 que se relacionan en el anexo a esta resolución.

2. Quedan sin efecto y anulados los siguientes interfaces:

IR-18 Equipos de radioenlaces fijos en la banda de frecuencias 48,5 - 50,2 GHz, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 16-marzo-2006

IR-177 Sistemas de transmisión de datos de banda ancha en la banda de frecuencias de 57 a 66 GHz, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 20 de diciembre de 2010.

IR-201 Radioenlaces del servicio fijo en la banda de 57-59 GHz, publicado en el BOE de 5 de diciembre de 2011.

Madrid, 22 de marzo de 2018.–El Secretario de Estado para la Sociedad de la Información y la Agenda Digital, P.D. (Orden IET/556/2012, de 15 de marzo), el Subdirector General de Redes y Operadores de Telecomunicaciones, José Ángel García Cabrera.

ANEXO

España. Interfaz Radioeléctrico. Radioenlaces de servicio fijo en la banda 48,5-50,2 GHz junto con 50,9-52,6 GHz. Referencia IR-260

España. Interfaz Radioeléctrico. Radioenlaces de servicio fijo en la banda 57-64 GHz. Referencia IR-261

España. Interfaz Radioeléctrico. Radioenlaces de servicio fijo en la banda 64-66 GHz. Referencia IR-262

España. Interfaz Radioeléctrico. Datos de banda ancha en 60 GHz. Referencia IR-263



Datos oficiales del departamento Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital

Resolución de 22 de marzo de 2018, de la Secretaría de Estado para la Sociedad de la Información y la Agenda Digital, por la que se publican los requisitos técnicos de los interfaces radioeléctricos: IR-260 relativo a equipos de radioenlaces de servicio fijo en la banda 48,5-50,2 GHz junto con 50,9-52,6 GHz, IR-261 relativo a equipos de radioenlaces de servicio fijo en la banda 57-64 GHz, IR-262 relativo a equipos de radioenlaces de servicio fijo en la banda 64-66 GHz, IR-263 relativo a equipos de datos de banda ancha en 60 GHz.

"Resolución de 22 de marzo de 2018, de la Secretaría de Estado para la Sociedad de la Información y la Agenda Digital, por la que se publican los requisitos técnicos de los interfaces radioeléctricos: IR-260 relativo a equipos de radioenlaces de servicio fijo en la banda 48,5-50,2 GHz junto con 50,9-52,6 GHz, IR-261 relativo a equipos de radioenlaces de servicio fijo en la banda 57-64 GHz, IR-262 relativo a equipos de radioenlaces de servicio fijo en la banda 64-66 GHz, IR-263 relativo a equipos de datos de banda ancha en 60 GHz." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2018-7913 publicado el 13 junio 2018

ID de la publicación: BOE-A-2018-7913
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 1
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 13 junio 2018
Fecha Pub: 20180613
Fecha última actualizacion: 13 junio, 2018
Numero BORME 143
Seccion: 1
Departamento: Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 13 junio 2018
Letra: A
Pagina de inicio: 60632
Pagina final: 60636




Publicacion oficial en el BOE número 143 - BOE-A-2018-7913


Publicacion oficial en el BOE-A-2018-7913 de Resolución de 22 de marzo de 2018, de la Secretaría de Estado para la Sociedad de la Información y la Agenda Digital, por la que se publican los requisitos técnicos de los interfaces radioeléctricos: IR-260 relativo a equipos de radioenlaces de servicio fijo en la banda 48,5-50,2 GHz junto con 50,9-52,6 GHz, IR-261 relativo a equipos de radioenlaces de servicio fijo en la banda 57-64 GHz, IR-262 relativo a equipos de radioenlaces de servicio fijo en la banda 64-66 GHz, IR-263 relativo a equipos de datos de banda ancha en 60 GHz.


Descargar PDF oficial BOE-A-2018-7913 AQUÍ



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