Resolución de 1 de febrero de 2012, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el Plan de Igualdad de Segur Ibérica, SA.





Visto el texto del Plan de Igualdad de la empresa Segur Ibérica, S.A., (Código de Convenio n.º 90100192112012) que fue suscrito con fecha 6 de junio de 2011, por la Comisión del Plan de Igualdad formada por los designados por la Dirección de la empresa en representación de la misma, y, por el Comité de empresa y las secciones sindicales de UGT, CC.OO y USO en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,






Orden del día 16 febrero 2012

Visto el texto del Plan de Igualdad de la empresa Segur Ibérica, S.A., (Código de Convenio n.º 90100192112012) que fue suscrito con fecha 6 de junio de 2011, por la Comisión del Plan de Igualdad formada por los designados por la Dirección de la empresa en representación de la misma, y, por el Comité de empresa y las secciones sindicales de UGT, CC.OO y USO en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción del citado Plan de Igualdad el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 1 de febrero de 2012.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

Plan de Igualdad

Empresa: Segur Ibérica, S.A.

Garantía del compromiso de la dirección

Segur Ibérica, S.A., declara su compromiso en el establecimiento y desarrollo de políticas que integren la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres, sin discriminar directa o indirectamente por razón de sexo, así como en el impuso y fomento de medidas para conseguir la igualdad real en el seno de nuestra organización, estableciendo la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres como un principio estratégico de nuestra Política Corporativa y de Recursos Humanos, de acuerdo con la definición de dicho principio que establece la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.

En todos y cada uno de los ámbitos en que se desarrolla la actividad de esta empresa, desde la selección a la promoción, pasando por la política salarial, la formación, las condiciones de trabajo y empleo, la salud laboral, la ordenación del tiempo de trabajo y la conciliación, asumimos el principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, atendiendo de forma especial a la discriminación indirecta, entendiendo por ésta «La situación en que una disposición, criterio o práctica aparentemente neutros, pone a una persona de un sexo en desventaja particular respecto de personas del otro sexo».

Respecto a la comunicación, tanto interna como externa, se informará de todas las decisiones que se adopten a este respecto y se proyectará una imagen de la empresa acorde con este principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

Los principios enunciados se llevarán a la práctica a través del fomento de medidas de igualdad o a través de la implantación de un Plan de Igualdad, con la finalidad de avanzar en la consecución de la igualdad real entre mujeres y hombres en la empresa y por extensión, en el conjunto de la sociedad.

Para llevar a cabo este propósito se contará con la representación legal de trabajadores y trabajadoras, no sólo en el proceso de negociación colectiva, tal y como establece la Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, sino en todo el proceso de desarrollo y evaluación de las mencionadas medidas de igualdad o Plan de Igualdad.

Madrid, junio de 2011.–El Consejero Delegado, José Luis Novales Cadierno.

I. Introducción

El siguiente trabajo tiene como objetivo comprender la importancia del Plan de Igualdad tanto para la Empresa como para sus trabajadores, para lo cual es necesario realizar un recorrido antes que nada por la historia de la Empresa, con el fin de acercarnos más al ámbito y el sector en donde nos movemos.

Posteriormente, iniciaremos un breve análisis del significado de Igualdad de Género en sus diferentes apariciones en textos legales. La Empresa pretende llegar a fomentar a partir de ahora algunos elementos que permitan profundizar en el tema y obtener sus propias conclusiones y medidas a tomar para el beneficio de todos los integrantes de la misma.

1.1 La Empresa: Segur Ibérica, S.A., se posiciona dentro de las tres compañías más importantes en el ranking de las empresas de seguridad en España sin dejar de fomentar cada día el espíritu de liderazgo con el que se diferencia en el mercado, contando con más de 5.000 empleados al servicio del cliente.

Segur Ibérica, S.A.: es una empresa dedicada a ofrecerle servicios de vigilancia u asesoramiento dentro del campo de la seguridad privada. En Segur Ibérica se ofrecen los servicios que más se adecuen a las necesidades de los clientes. Avalan 30 años de experiencia, por ello esta empresa se encuentra actualmente dentro del ranking de las empresas de seguridad privada en España, con una filosofía de trabajo basada en un fuerte espíritu de liderazgo. Esta empresa cuenta con Direcciones Territoriales y Delegaciones en todo el Territorio Nacional.

Se especializa en:

– Arrendamiento de vigilancia, protección de bienes, establecimientos, espectáculos, certámenes y convenciones.

– Escoltas: Servicios de protección y acompañamiento.

– Planificación y asesoramiento de actividades de seguridad.

– Transporte de explosivos.

– Servicios de acuda ante saltos de alarmas.

– Instalación y mantenimiento de aparatos, dispositivos y sistemas de seguridad.

Esta empresa apuesta por la formación de los vigilantes y muestra de ello es que se cuenta con un Centro de Formación propio a nivel nacional, homologado por el Ministerio del Interior, donde se forma a los alumnos impartiéndoles cursos de Formación de Vigilantes de Seguridad entre otros.

Se ha de destacar que la actividad que desarrollamos en esta empresa es la de Seguridad Privada y que dicho sector tiene una característica peculiar que puede determinar la estructura de la plantilla en vista de la predominancia presencia del hombre tal vez motivada por la naturaleza de la actividad en este sector. Es por tanto que el Plan de Igualdad que se pretende aprobar será un conjunto ordenado de medidas de igualdad y acciones positivas que persigue integrar el principio de igualdad entre mujeres y hombres en la empresa y el de dar cumplimiento a la Ley.

1.2 Igualdad de género y plan de igualdad: La igualdad entre los géneros es un principio jurídico universal reconocido en diversos textos internacionales, europeos y estatales.

La Unión Europea lo recoge como principio fundamental a partir del Tratado de Amsterdam del 1 de mayo de 1997, considerando que la igualdad entre mujeres y hombres y la eliminación de las desigualdades entre ambos es un objetivo transversal que debe integrarse en todas sus políticas y acciones y en las de sus Estados miembros.

En nuestro país, la Constitución de 1978 proclama en su artículo 14 el derecho a la igualdad y la no discriminación por razón de sexo; y por su parte, el articulo 9.2 consagra la obligación de los poderes públicos de promover las condiciones para que la igualdad del individuo y de los grupos en los que se integra sea real y efectiva.

El pleno reconocimiento de la igualdad formal ante la ley se completó con la aprobación de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo de Igualdad efectiva entre Mujeres y Hombres (LOIEMH) dirigida a hacer efectiva la igualdad real entre mujeres y hombres removiendo los obstáculos que impiden conseguirla.

El artículo 45.1 de la LOIEMH obliga a las empresas a respetar la igualdad de trato y oportunidades en el ámbito laboral y para ello deberán adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, medidas que se deberán negociar, y en su caso, acordar, con la representación legal de los trabajadores y trabajadoras (RLT).

El punto 2 del mismo articulo 45 establece que en el caso de las empresas de más de 250 personas de plantilla, las medidas de igualdad deberán dirigirse a la elaboración de un Plan de Igualdad que deberá ser objeto de negociación en la forma en que se determine en la legislación laboral.

La igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres debe ser, por tanto, una prioridad en el Plan Estratégico de empresa, considerándose como un principio fundamental de las relaciones laborales y de la gestión de los recursos humanos de la Empresa.

El compromiso de la Dirección de la Empresa con este objetivo y la implicación de la plantilla en esta tarea es una obligación si se quiere conseguir que este Plan para la Igualdad sea un instrumento efectivo de mejora del clima laboral, de la optimización de las capacidades y potencialidades de toda la plantilla y, con ello, de la mejora de la calidad de vida y del aumento de la productividad y no un mero documento realizado por imposición legal.

Para la elaboración de este Plan se ha realizado un exhaustivo estudio y valoración de la situación y posición de las mujeres y hombres dentro de la empresa a través de la fase de diagnóstico para detectar la presencia de discriminaciones y desigualdades que requieran, en su caso, adoptar una serie de medidas para su eliminación y corrección.

Conseguir la igualdad real supone no sólo evitar las discriminaciones por razón de sexo (igualdad de trato), sino, también, conseguir la igualdad de oportunidades de mujeres y hombres en el acceso a la empresa, la contratación y las condiciones de trabajo, la promoción, la formación, la retribución, la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, la salud laboral, etc.

1.2.1 Características que rigen el plan de igualdad:

– Estar diseñado para el conjunto de la plantilla, no está dirigido exclusivamente a las mujeres.

– Tener como uno de sus principios básicos la participación a través del diálogo y cooperación de las partes (dirección de la empresa, parte social y conjunto de la plantilla).

– Tener como uno de sus principios básicos la participación a través del diálogo y cooperación de las partes (dirección de la empresa, parte social y conjunto de la plantilla).

– Ser preventivo eliminando cualquier posibilidad de discriminaciones por razón de sexo futuras.

– Ser dinámico y abierto a los cambios en función de las necesidades que vayan surgiendo a partir de su seguimiento y evaluación.

– Ser un compromiso de la empresa que garantizará los recursos humanos y materiales necesarios para su implantación, seguimiento y evaluación

II. Estructura del plan de igualdad

El Plan de Igualdad de la Empresa Segur Ibérica, S.A., se estructura en los siguientes apartados:

1. Fase diagnóstico

De la situación de partida de mujeres y hombres en la empresa. La fase diagnóstico se ha realizado a partir del análisis de la información cuantitativa y cualitativa aportada por la empresa en materia de: características de la plantilla, acceso, contratación y condiciones de trabajo, promoción, retribuciones, conciliación de la vida personal, familiar y laboral, salud laboral, política de comunicación y sensibilización en igualdad tal y como se muestra continuación.

Siguiendo la legislación aplicable a esta fase, como se mencionó anteriormente el diagnóstico consiste en un análisis detallado de la situación sobre la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en la empresa durante el cual se realizan, sucesivamente, actividades de recogida de información, de análisis, de debate interno, y finalmente, de formulación de propuestas que pueden integrarse en un Plan de Igualdad.

Una vez realizado la fase diagnóstico de la situación de igualdad entre mujeres y hombres en la empresa y extraídas las conclusiones, procede definir los objetivos a alcanzar, las estrategias a utilizar y las actuaciones a realizar para la consecución de los objetivos señalados los cuales se presentarán el programa de actuación.

Datos globales de la fase diagnóstico:

Comparativa de la representación del personal de Seguridad por sexo:

Estos datos se toman de la plantilla total de Segur Ibérica, siendo la representación en % de 16,56 y 83,43, respectivamente. Estos datos comparados con los del sector de Seguridad Privada se puede decir que en el caso de la incorporación de la mujer en el sector de Seguridad, Segur Ibérica está ligeramente por encima y además la mayor representación de la mujer, porcentualmente hablando corresponde a la estructura en el caso de Segur Ibérica.

Análisis de género por antigüedad:

Respecto a este análisis podemos decir que los trabajadores con una antigüedad comprendida entre 11 a 16 años, está representado por las mujeres en un 30, 70% del total de las mujeres de la plantilla. Igualmente en el rango de antigüedad de más de 16 años, la mujer tiene una alta representación que para este caso es el 28,40% del total de las mujeres en plantilla.

– Análisis de datos por Afiliación sindical/disfrute de maternidad/paternidad/uso de reducciones de jornada/Excedencia:

– Rotación: Debido al índice de rotación que presenta el sector en general por cuestiones propias de negocios, a continuación solo se analizarán el comportamiento de las altas en la empresa:

– Tipos de contratación:

Se determina la escasa temporalidad de la modalidad contractual del total general de los empleados de la empresa, estando los trabajadores contratados en su gran mayoría por tiempo indefinido.

– Tipos de jornada según contrato

2. Programa de actuación

Elaborado a partir de las conclusiones del diagnóstico y de las carencias detectadas en materia de igualdad entre los géneros. En él se establecen: los objetivos a alcanzar para hacer efectiva la igualdad, las medidas y acciones positivas necesarias para conseguir los objetivos señalados, un calendario de implantación y las personas o grupos responsables de su realización.

El programa de actuaciones tiene una doble finalidad: por un lado definir las medidas correctoras de las desigualdades existentes, y por otro, especificar medidas que garanticen que todos los procesos que se realizan en la empresa tienen integrado el principio de igualdad entre los géneros.

Para ello se utilizará una doble estrategia que se corresponde con esa doble finalidad y que es la señalada en la Ley Orgánica 3/2007 de igualdad efectiva entre mujeres y hombres (LOIEMH) para conseguir esa efectividad:

– La adopción de medidas de acción positiva que corrijan los desequilibrios existentes.

– La adopción de medidas de igualdad que de forma transversal garanticen la integración del principio de Igualdad en todas las políticas de la empresa, en todos sus procesos y en todos sus niveles.

El programa de actuación (Plan de Igualdad) se estructura en:

• Objetivos generales.

• Objetivos específicos.

• Medidas.

• Personas responsables.

• Plazos de ejecución.

Los objetivos generales se refieren al conjunto del Plan, y a partir de ellos se desarrollan unos objetivos específicos, actuaciones, personas responsables, y calendario para cada una de las áreas siguientes:

• Selección y Contratación.

• Promoción Profesional.

• Formación.

• Retribución.

• Conciliación de la vida personal, familiar y laboral.

• Prevención de Riesgos Laborales y Vigilancia de la Salud.

• Comunicación, sensibilización y participación.

3. Seguimiento y evaluación

Del cumplimiento del Plan, a través de personas designadas por cada parte que recojan información sobre su grado de realización, sus resultados y su impacto en la empresa.

4. Ámbito de aplicación

Este Plan de Igualdad es de aplicación en Segur Ibérica, S.A., por consiguiente engloba a la totalidad de la plantilla.

5. Vigencia

El presente Plan, conjunto de medidas ordenadas y orientadas a alcanzar los objetivos que se concretan en el mismo, entendiendo que unos objetivos podrán ser alcanzados antes que otros, que la entrada en vigor de las medidas concretas puede ser distinta y progresiva y, que el carácter especial de las acciones positivas hace que las mismas sólo sean de aplicación mientras subsistan cada uno de los supuestos que se pretendan conseguir, carecería inicialmente de plazo determinado de vigencia ya que esta está ligada a la consecución de los objetivos, si bien las partes entienden que su contenido deberá ser renovado en función de los cambios que así estime conveniente la Comisión de Seguimiento o Comité de Igualdad.

Hasta tanto no se acuerde un nuevo Plan o las modificaciones que puedan surgir, se mantendrá el contenido de éste.

III. Objetivos del plan de igualdad

Generales:

1. Integrar la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres hombres.

2. Facilitar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las personas que integran la plantilla de la Empresa.

Específicos:

1. Selección y contratación.

1.1 Garantizar que los procesos de selección y contratación se rijan por los principios de igualdad, idoneidad y adecuación persona-puesto.

1.2 Las ofertas de empleo estarán basadas en datos y requisitos objetivos de los puestos de trabajos ofertados. Se evitará el lenguaje y las imágenes sexistas en la publicidad de las ofertas laborales.

1.3 Análisis y, revisión de los criterios empleados en las entrevistas de selección.

1.4 Conseguir una representación equilibrada de las mujeres y de los hombres los diferentes grupos profesionales y en la estructura directiva de la empresa.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Empleo y Seguridad Social

Resolución de 1 de febrero de 2012, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el Plan de Igualdad de Segur Ibérica, SA.

"Resolución de 1 de febrero de 2012, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el Plan de Igualdad de Segur Ibérica, SA." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2012-2355 publicado el 16 febrero 2012

ID de la publicación: BOE-A-2012-2355
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 16 febrero 2012
Fecha Pub: 20120216
Fecha última actualizacion: 16 febrero, 2012
Numero BORME 40
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 16 febrero 2012
Letra: A
Pagina de inicio: 14341
Pagina final: 14374




Publicacion oficial en el BOE número 40 - BOE-A-2012-2355


Publicacion oficial en el BOE-A-2012-2355 de Resolución de 1 de febrero de 2012, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el Plan de Igualdad de Segur Ibérica, SA.


Descargar PDF oficial BOE-A-2012-2355 AQUÍ



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