Contenidos de la Ministerio de Educación, Cultura y Deporte Resolución de 2 de junio de 2014, de la Secretaría General de Universidades, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 23 de mayo de 2014, por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Doctor y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. del 20140612
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Orden del día 12 junio 2014
El Consejo de Ministros, en su reunión de 23 de mayo de 2014, ha adoptado el Acuerdo por el por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Doctor y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, dispone, en su artículo 26, que los Acuerdos del Consejo de Ministros por los que se establezca el carácter oficial de los títulos universitarios serán publicados en el «Boletín Oficial del Estado».
En cumplimiento del citado precepto, esta Secretaría General de Universidades ha resuelto disponer la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Acuerdo, como Anexo a la presente Resolución.
Madrid, 2 de junio de 2014.–El Secretario General de Universidades, Federico Morán Abad.
ANEXO
Acuerdo del Consejo de Ministros por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Doctor y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos
El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, en el apartado 3 de su artículo 3, determina que estas enseñanzas se concretarán en planes de estudios que serán elaborados por las Universidades, con sujeción a las normas y condiciones que les sean de aplicación en cada caso. Dichos planes de estudios habrán de ser verificados por el Consejo de Universidades y autorizados en su implantación por las correspondientes Comunidades Autónomas, de conformidad con lo establecido en el artículo 35.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril.
En virtud de lo anterior, determinadas Universidades han elaborado distintos programas de doctorado conducentes a la obtención de sus títulos de Doctor. Dichos programas han obtenido tanto la verificación positiva del Consejo de Universidades como la autorización para su implantación de la correspondiente Comunidad Autónoma.
Tras el cumplimiento de los referidos trámites preceptivos, de conformidad con lo establecido en el apartado 1 del artículo 26 del mencionado real decreto, procede elevar a Consejo de Ministros el presente acuerdo de establecimiento del carácter oficial de los títulos de Doctor obtenidos tras la superación de los mencionados programas y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT). Estos títulos, además, deberán ser acreditados conforme a lo dispuesto en la norma.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Educación, Cultura y Deporte, el Consejo de Ministros, en su reunión del día 23 de mayo de 2014,
ACUERDA
Primero. Establecimiento del carácter oficial de los títulos.
De conformidad con lo establecido en el apartado 3 del artículo 3 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, se declara el carácter oficial de los títulos de Doctor obtenidos tras la superación de los programas de doctorado que se relacionan en el anexo al presente acuerdo.
Estos títulos tendrán carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, surtirán efectos académicos plenos y habilitarán, en su caso, para la realización de actividades de carácter profesional reguladas, de acuerdo con la normativa que en cada caso resulte de aplicación.
Segundo. Inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
Los títulos de Doctor, con mención expresa a los programas de doctorado que, en cada caso, conducen a su obtención, serán inscritos en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT). Dicha inscripción llevará aparejada la consideración inicial de títulos acreditados.
Tercero. Renovación de la acreditación de los títulos.
Los programas de doctorado conducentes a la obtención de los títulos universitarios oficiales de Doctor, objeto del presente acuerdo, a fin de mantener su acreditación, deberán someterse al procedimiento de evaluación previsto en el artículo 27 bis del referido Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, introducido por el Real Decreto 861/2010, de 2 de julio, antes del transcurso de seis años a contar desde la fecha de su verificación inicial o desde la de su última acreditación.
Cuarto. Expedición del título.
Los títulos de Doctor serán expedidos en nombre del Rey por los Rectores de las Universidades correspondientes, de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente, con expresa mención del presente acuerdo.
Quinto. Habilitación para la adopción de medidas para la aplicación del acuerdo.
Por el Ministro de Educación, Cultura y Deporte, en el ámbito de sus competencias, se adoptarán las medidas necesarias para la aplicación del presente acuerdo.
ANEXO
I. Universidades civiles. Relación de Programas Oficiales de Doctorado ordenados por Universidades:
Universidad Autónoma de Barcelona
5600097. Programa de Doctorado en Análisis Económico.
5600163. Programa de Doctorado en Antropología Social y Cultural.
5600161. Programa de Doctorado en Biología y Biotecnología Vegetal.
5600594. Programa de Doctorado en Bioquímica, Biología Molecular y Biomedicina.
5600146. Programa de Doctorado en Biotecnología.
5600164. Programa de Doctorado en Ciencia de los Alimentos.
5600169. Programa de Doctorado en Ciencia de Materiales.
5600237. Programa de Doctorado en Ciencia y Tecnología Ambientales.
5600168. Programa de Doctorado en Cirugía y Ciencias Morfológicas.
5600175. Programa de Doctorado en Comunicación y Periodismo.
5600098. Programa de Doctorado en Creación y Gestión de Empresas/IDEM, Doctorate in Entrepreneurship and Management.
5600147. Programa de Doctorado en Demografía.
5600166. Programa de Doctorado en Ecología Terrestre.
5600222. Programa de Doctorado en Educación.
5600230. Programa de Doctorado en Filología Española.
5600101. Programa de Doctorado en Filología Inglesa.
5600245. Programa de Doctorado en Física.
5600474. Programa de Doctorado en Geografía.
5600474. Programa de Doctorado en Geografía.
5600879. Programa de Doctorado en Geología.
5600236. Programa de Doctorado en Historia Comparada, Política y Social.
5600558. Programa de Doctorado en Historia del Arte y Musicología.
5600243. Programa de Doctorado en Informática.
5600882. Programa de Doctorado en Ingeniería Electrónica y deTelecomunicación.
5600220. Programa de Doctorado en Matemáticas.
5600242. Programa de Doctorado en Medicina.
5600214. Programa de Doctorado en Medicina y Sanidad Animales.
5600479. Programa de Doctorado en Microbiología.
5600239. Programa de Doctorado en Neurociencias.
5600902. Programa de Doctorado en Persona y Sociedad en el Mundo Contemporáneo.
5600221. Programa de Doctorado en Producción Animal.
5600100. Programa de Doctorado en Psicología Clínica y de la Salud.
5600470. Programa de Doctorado en Psiquiatría.
5600219. Programa de Doctorado en Química.
5600218. Programa de Doctorado en Traducción y Estudios Interculturales.
Universidad de Alicante
5600555. Programa de Doctorado en Agua y Desarrollo Sostenible.
5600557. Programa de Doctorado en Biodiversidad y Conservación.
5600559. Programa de Doctorado en Biología Experimental y Aplicada.
5600560. Programa de Doctorado en Ciencia de Materiales.
5600561. Programa de Doctorado en Ciencias de la Salud.
5600562. Programa de Doctorado en Ciencias del Mar y Biología Aplicada.
5600563. Programa de Doctorado en Ciencias Experimentales y Biosanitarias.
5600565. Programa de Doctorado en Conservación y Restauración de Ecosistemas.
5600566. Programa de Doctorado en Derecho.
5600568. Programa de Doctorado en Economía.
5600573. Programa de Doctorado en Empresa, Economía y Sociedad.
5600572. Programa de Doctorado en Filosofía y Letras.
5600579. Programa de Doctorado en Física Aplicada a las Ciencias y las Tecnologías.
5600580. Programa de Doctorado en Informática.
5600581. Programa de Doctorado en Ingeniería de Materiales, Estructuras y Terreno: Construcción Sostenible.
5600582. Programa de Doctorado en Ingeniería Química.
5600583. Programa de Doctorado en Investigación Educativa.
5600584. Programa de Doctorado en Métodos Matemáticos y Modelización en Ciencias e Ingeniería.
5600585. Programa de Doctorado en Síntesis Orgánica.
5600586. Programa de Doctorado en Transferencias Interculturales e Históricas en la Europa Medieval Mediterránea /Intercultural and Historical Transmission in Medieval Mediterranean Europe.
Universidad de Almería
5600372. Programa de Doctorado en Análisis Funcional en Contextos Clínicos y de la Salud.
Universidad de Burgos
5600949. Programa de Doctorado en Evolución Humana, Paleoecología del Cuaternario y Técnicas Geofísicas Aplicadas en la Investigación.
Universidad de Extremadura
5600790. Programa de Doctorado en Biología Molecular y Celular, Biomedicina y Biotecnología.
5600789. Programa de Doctorado en Salud Pública y Animal.
Universidad de Girona
5600186. Programa de Doctorado en Biología Molecular, Biomedicina y Salud.
5600203. Programa de Doctorado en Ciencia y Tecnología del Agua.
5600204. Programa de Doctorado en Ciencias Humanas, del Patrimonio y de la Cultura.
5600185. Programa de Doctorado en Educación.
5600205. Programa de Doctorado en Medio Ambiente.
5600206. Programa de Doctorado en Psicología, Salud y Calidad de Vida.
5600187. Programa de Doctorado en Química.
5600188. Programa de Doctorado en Tecnología.
Universidad de Oviedo
5600854. Programa de Doctorado en Derecho.
5600857. Programa de Doctorado en Economía y Empresa.
Datos oficiales del departamento Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Resolución de 2 de junio de 2014, de la Secretaría General de Universidades, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 23 de mayo de 2014, por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Doctor y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
"Resolución de 2 de junio de 2014, de la Secretaría General de Universidades, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 23 de mayo de 2014, por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Doctor y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2014-6209 publicado el 12 junio 2014
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 1
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 12 junio 2014
Fecha Pub: 20140612
Fecha última actualizacion: 12 junio, 2014
Seccion: 1
Departamento: Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 12 junio 2014
Letra: A
Pagina de inicio: 44549
Pagina final: 44556
Publicacion oficial en el BOE número 142 - BOE-A-2014-6209
Publicacion oficial en el BOE-A-2014-6209 de Resolución de 2 de junio de 2014, de la Secretaría General de Universidades, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 23 de mayo de 2014, por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Doctor y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
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