Contenidos de la Ministerio de Economía y Hacienda Orden EHA/2272/2010, de 26 de julio, de revocación de la autorización administrativa a la entidad Mutualidad Escolar y Familiar de Previsión Social para operar en la prestación aseguradora de accidentes. del 20100827
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Orden del día 27 agosto 2010
Mediante escrito de 22 de junio de 2010, la Mutualidad Escolar y Familiar de Previsión Social ha manifestado ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones su renuncia a la autorización administrativa concedida para la cobertura de la contingencia de accidentes prevista en el artículo 15.1.b) del Reglamento de Mutualidades de Previsión Social.
El artículo 26.1.a) del texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, dispone que el Ministro de Economía y Hacienda revocará la autorización administrativa concedida a las entidades aseguradoras cuando éstas renuncien a ella expresamente.
Teniendo en cuenta lo anterior, vistos los antecedentes que constan en este centro directivo y al amparo de lo previsto en el artículo 26.1.a) del texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, y del artículo 81.1.1.º del Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre, he resuelto:
Segundo.–Inscribir en el Registro Administrativo de Entidades Aseguradoras el acuerdo de la revocación de la autorización administrativa concedida a la entidad para realizar la citada operación de seguro.
Contra la presente Orden ministerial que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo previsto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, del 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1.a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, 26 de julio de 2010.–La Vicepresidenta Segunda del Gobierno y Ministra de Economía y Hacienda, P. D. (Orden EHA/3923/2004, de 22 de octubre), el Secretario de Estado de Economía, José Manuel Campa Fernández.
Datos oficiales del departamento Ministerio de Economía y Hacienda
Orden EHA/2272/2010, de 26 de julio, de revocación de la autorización administrativa a la entidad Mutualidad Escolar y Familiar de Previsión Social para operar en la prestación aseguradora de accidentes.
"Orden EHA/2272/2010, de 26 de julio, de revocación de la autorización administrativa a la entidad Mutualidad Escolar y Familiar de Previsión Social para operar en la prestación aseguradora de accidentes." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2010-13479 publicado el 27 agosto 2010
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 27 agosto 2010
Fecha Pub: 20100827
Fecha última actualizacion: 27 agosto, 2010
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Economía y Hacienda
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 27 agosto 2010
Letra: A
Pagina de inicio: 74675
Pagina final: 74675
Publicacion oficial en el BOE número 208 - BOE-A-2010-13479
Publicacion oficial en el BOE-A-2010-13479 de Orden EHA/2272/2010, de 26 de julio, de revocación de la autorización administrativa a la entidad Mutualidad Escolar y Familiar de Previsión Social para operar en la prestación aseguradora de accidentes.
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