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Orden del día 03 agosto 2018
Con fecha 26 de febrero de 2018 se ha suscrito el Convenio entre el Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial, E.P.E., y la Universidad Politécnica de Madrid por el que se acuerda la realización del curso de «Experto en promoción y gestión de proyectos y actuaciones internacionales de I+D+i».
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta Resolución.
Madrid, 7 de mayo de 2018.–El Director General del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial, Francisco Marín Pérez.
ANEXO
Convenio entre el Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial, E.P.E., y la Universidad Politécnica de Madrid para la realización del curso de «Experto en promoción y gestión de proyectos y actuaciones internacionales de I+D+i»
En Madrid, a 26 de febrero de 2018.
REUNIDOS
De una parte don Francisco Marín Pérez, en su calidad de Director General del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial, E.P.E., con C.I.F. Q-2820010-C, actuando a tenor de los poderes que le han sido otorgados en la reunión del Consejo de Administración del CDTI, celebrada el 28 de enero 2015, y protocolizados ante el Notario de Madrid, don Manuel Gerardo Tarrío Berjano, con fecha 9 de febrero de 2015, con el número 136 de protocolo.
Y, de otra parte, don Guillermo Cisneros Pérez, Rector Magnífico de la Universidad Politécnica de Madrid, con C.I.F. Q-2818015-F, nombrado por Decreto 25/2016, de 5 de abril, actuando en nombre y representación de la misma, en virtud de las facultades que le confieren los Estatutos de la UPM, aprobados por Decreto de la Comunidad Autónoma de Madrid 215/2003, de 16 de octubre («BOCM» del 29).
EXPONEN
Primero.
Que el Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial, E.P.E.(en adelante CDTI), es una entidad pública empresarial, adscrita al Ministerio de Economía, Industria y Competitividad, encargada de la gestión y desarrollo de la política de innovación tecnológica del citado Ministerio, cuyas funciones se encuentran reguladas en el Real Decreto 1406/1986, de 6 de junio, por el que se aprueba su Reglamento de actuación.
Segundo.
Que la Universidad Politécnica de Madrid (en adelante, UPM) es una institución pública, con personalidad jurídica propia y sin ánimo de lucro, encargada de prestar el servicio público fundamental de la educación superior mediante la investigación y docencia a la sociedad, a la que contribuye, especialmente a través de la generación y transferencia del conocimiento y apoyando y estimulando a la empresa pública y privada en el proceso de actualización e innovación tecnológica.
Que el Curso de «Experto en Promoción y Gestión de Proyectos y Actuaciones Internacionales de I+D+i», Título Propio de la Universidad Politécnica de Madrid, fue aprobado por el Consejo de Gobierno con fecha 30 de enero 2014.
Que la UPM para el cumplimiento de sus fines creó por voluntad expresa la Fundación General de la Universidad Politécnica de Madrid (FGUPM), entidad dependiente de la UPM, en virtud del artículo 25.1, a) de los Estatutos UPM y, con naturaleza de medio propio de la UPM tal y como tiene reconocido en el artículo 8 de los Estatutos Fundacionales.
Que la UPM tiene encomendada la gestión económica de todas las enseñanzas propias a la FGUPM, según dispone el artículo 18 de la Normativa de las Enseñanzas Propias de la UPM, aprobada por el Consejo de Gobierno en su sesión de 25 de abril de 2013.
Tercero.
Que la UPM realiza un curso dirigido a investigadores, gestores y profesionales, denominado Curso de «Experto en Promoción y Gestión de Proyectos y Actuaciones Internacionales de I+D+i.
El objetivo de este título de experto de la UPM es contribuir a la preparación de profesionales españoles en la promoción y gestión de actividades de investigación e innovación en programas e instituciones internacionales, con especial énfasis en el Programa Marco de I+D de la Unión Europea.
Este título está alineado con el objetivo del Gobierno español y las Comunidades Autónomas para mejorar la participación de las instituciones de ciencia y tecnología y empresas en el Programa Marco de I+D de la Unión Europea. Así mismo, se ampliará el marco formativo a otros programas internacionales de I+D+i como EUREKA, la Agencia Espacial Europea (ESA), los Programas COSME o COST, y se buscará incrementar el conocimiento de los organismos internacionales de ciencia y tecnología, así como fomentar el uso de las grandes instalaciones científicas Europeas.
Cuarto.
El artículo 34.1.d) de la Ley 14/2011 de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación establece que los agentes públicos del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, entre los que se encuentran la Universidad Politécnica de Madrid y el Centro para el Desarrollo Tecnológico industrial, podrán celebrar convenios entre sí para la realización conjunta de actividades de formación de personal científico y técnico, como lo son las correspondientes al citado Curso de «Experto en Promoción y Gestión de Proyectos y Actuaciones Internacionales de I+D+i.
Que, a estos efectos, las partes, reconociéndose capacidad legal suficiente, suscriben el presente Convenio, ateniéndose a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El presente convenio tiene por objeto definir las actuaciones a llevar a cabo por las Partes y la financiación a aportar para la impartición por la UPM del Curso de «Experto en Promoción y Gestión de Proyectos y Actuaciones Internacionales de I+D+i».
Segunda. Obligaciones de las partes.
• La UPM se compromete a realizar, con carácter anual el Curso de «Experto en Promoción y Gestión de Proyectos y Actuaciones Internacionales de I+D+i».
• El CDTI, en calidad de colaborador, se compromete a contribuir económicamente con los gastos del curso. Este importe irá en función del número de alumnos que lo cursen (investigadores, gestores y profesionales pertenecientes de asociaciones empresariales, plataformas, empresas, oficinas de proyectos y centros tecnológicos). El importe máximo que abonará el CDTI por curso será de 37.500,00 euros.
• La UPM se compromete a incluir el logotipo del CDTI tanto en la publicidad como en la documentación del Curso que pueda generarse.
• La dirección del Curso correrá a cargo de la UPM que la ejercerá a través del Profesor que ostente el cargo de Vicerrector con competencias en Investigación según lo establecido en la Memoria del Curso qué fue aprobada por el Consejo de Gobierno en fecha 30 de enero de 2014.
• La gestión Académica del Curso será responsabilidad del Director anteriormente mencionado.
• La Fundación General de la Universidad Politécnica de Madrid, con NIF G28826055 y domicilio, en Madrid, calle Pastor, número 3, CP 28003, en su calidad de medio propio de la Universidad Politécnica de Madrid, tiene encomendada la gestión económica y administrativa de este convenio.
Tercera. Programa de trabajo.
Para cada curso, las partes suscribirán un Programa de trabajo en el que se contemplará, entre otros aspectos de esta colaboración, el calendario del curso, su programa, ponentes, importe de la contribución del CDTI y cuanto se considere oportuno y relativo a la impartición del curso.
Este Programa será elaborado y suscrito por la Comisión de seguimiento prevista en la cláusula quinta, excepto el primero, relativo al curso 2018, que será suscrito por los firmantes de este convenio.
Cuarta. Facturación y forma de pago.
El CDTI efectuará un único pago por la cantidad que corresponda previa presentación de la correspondiente factura y en un plazo de treinta (30) días fecha factura en la cuenta corriente de la Fundación General de la UPM.
Dicha cantidad se facturará una vez finalizado el plazo de matrícula, debiendo acreditar la UPM al CDTI el número total de alumnos matriculados en este curso, de acuerdo con lo previsto en el Plan de trabajo.
Quinta. Comisión de Seguimiento. Resolución de conflictos.
Las partes establecerán una comisión de seguimiento para garantizar la correcta ejecución del convenio, la elaboración de los programas de trabajo anual y la resolución de posibles conflictos, la cual estará formada por un representante del CDTI, nombrado por su Director, y un representantes de la UPM, nombrado por la Vicerrector(a) de Investigación, Innovación y Doctorado.
Todas las cuestiones que se susciten entre las partes por la interpretación del presente Convenio, serán resueltas de común acuerdo entre ellas en el seno de la comisión de seguimiento. En el caso de que tal acuerdo no fuera posible se someten, con renuncia expresa del fuero que resultara competente, a los Juzgados y Tribunales de Madrid (capital).
Todas las cuestiones que se susciten entre las partes por la interpretación del presente Convenio, serán resueltas de común acuerdo entre ellas en el seno de la comisión de seguimiento. En el caso de que tal acuerdo no fuera posible se someten, con renuncia expresa del fuero que resultara competente, a los Juzgados y Tribunales de Madrid (capital).
Sexta. Protección de datos.
Las partes se comprometen a cumplir con la legislación vigente en materia de protección de datos; Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos (LOPD), y Reglamento de Desarrollo de dicha Ley, aprobado por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre. En este sentido, cada una de las partes asumirá la responsabilidad en que por este concepto pueda incurrir.
Séptima. Tratamiento de datos.
A los efectos de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, los datos personales del/los compareciente/s utilizados para la firma del presente Convenio y las personas designadas como interlocutoras del CDTI y de la UPM, reconocen quedar informadas y consentir que los datos personales reflejados en el presente Convenio, así como los que sean generados durante la ejecución del mismo, serán necesariamente tratados en un/os fichero/s responsabilidad del CDTI, con domicilio social en la calle Cid, número 4 (28001 Madrid) con la finalidad de llevar a cabo la gestión, desarrollo, cumplimiento y control del presente Convenio, así como la realización de remisiones de obligado cumplimiento. Y reconocen, asimismo, quedar informados de la existencia de un plazo de 30 días hábiles para la revocación del consentimiento a los citados tratamientos de datos, trascurrido el cual, si no existe comunicación alguna al respecto, el CDTI entenderá que existe consentimiento el/los compareciente/s utilizados para la firma del presente Convenio y las personas designadas como interlocutoras podrán revocar su consentimiento dirigiéndose por escrito al CDTI a través del Buzón de Contacto disponible en la página web del CDTI, o a la dirección del domicilio social en la calle Cid, número 4 (28001 Madrid) o en aquella que le sustituya y se comunique en el Registro General de Protección de Datos.
Tanto el/los compareciente/s utilizados para la firma del presente Convenio como las personas designadas como interlocutoras podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiéndose por escrito al CDTI a través de los medios de contacto señalados anteriormente.
Los datos serán tratados y protegidos conforme a lo dispuesto en la LOPD y al Real Decreto 1720/2007.
Octava. Entrada en vigor y duración.
Entrada en vigor. De conformidad con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de 2015 de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente convenio será eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y publicado en el «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de que sus efectos amparan las actuaciones relativas a su objeto, que se hayan llevado a cabo con anterioridad.
Duración. El Convenio tendrá una duración inicial de cuatro años, pudiéndose acordar su prórroga, con carácter anual, hasta un máximo de cuatro años adicionales.
Sin perjuicio de lo anteriormente expuesto, cualquiera de las partes podrá denunciar el presente Convenio comunicándolo por escrito a la otra parte con una antelación de, al menos, tres meses a la fecha en que vaya a darlo por finalizado.
Novena. Modificación.
La modificación del presente convenio requerirá el acuerdo de las partes.
Décima. Extinción.
El Convenio podrá extinguirse por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por su resolución.
Son causas de resolución:
• Por el transcurso del plazo de vigencia del mismo sin haberse acordado la prórroga del mismo.
• Acuerdo unánime de las partes firmantes.
• Incumplimiento de las obligaciones o compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes. En este caso se estará a lo dispuesto en el apartado c) del artículo 51 de la Ley 40/2015. En caso de incumplimiento por parte de la UPM, ésta deberá devolver al CDTI la cantidad entregada en el plazo máximo de 30 días.
• Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
• Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en este convenio o en las leyes.
En cualquier supuesto de cumplimiento o resolución anticipada, se estará a lo dispuesto en el artículo 52 de la ley 40/2015, y en todo caso las partes se comprometen a continuar hasta su finalización las actividades en curso.
Undécima. Régimen jurídico.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa, y se regirá por lo dispuesto en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
En lo que a la UPM y la FGUPM respecta, al presente convenio le son de aplicación las normas contenidas en el Título III de los Estatutos de la UPM y en la Normativa para Contratar con Personas, Universidades o Entidades Públicas y Privadas para la Realización de Trabajos de Carácter Científico, Técnico o Artístico, así como para el Desarrollo de Enseñanzas de Especialización o Actividades Específicas de Formación (aprobada en Junta de Gobierno de 27 de Febrero de 2003, en adelante, la Normativa), que regulan las condiciones y procedimientos de autorización que se aplican en la UPM, al amparo del artículo 83 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre («BOE» del 24), de Universidades y el Real Decreto 1930/1984, de 10 de octubre («BOE» de 5 de noviembre).
Duodécima. Notificaciones.
A efectos de este Convenio, las Partes señalan como representantes y domicilios válidos para notificaciones los siguientes:
a) Universidad Politécnica de Madrid, UPM, mediante notificación a:
Don Javier López Rodríguez.
Dirección: Universidad Politécnica de Madrid-Rectorado A. Oficina de Proyectos Europeos. Calle Ramiro de Maeztu, 7. 28040 Madrid.
Telf.: +34 913363632.
Correo electrónico: [email protected].
b) CDTI, mediante notificación a:
Don Javier Garcia Serrano.
Dirección. Calle Cid, número 4, 28001 Madrid.
Telf: 915815566.
Correo electrónico: [email protected].
Y en prueba de conformidad, los firmantes suscriben el presente Convenio en un único acto y por duplicado ejemplar, en la fecha y lugar indicados en el encabezamiento.–Por la Universidad Politécnica de Madrid (UPM), Guillermo Cisneros Pérez.–Por el Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial, E.P.E. (CDTI), Francisco Marín Pérez.
CURSO 2018
Programa de trabajo del curso de «Experto en promoción y gestión de proyectos y actuaciones internacionales de I+D+i»
En Madrid, a 26 de febrero de 2018.
REUNIDOS
De una parte don Francisco Marín Pérez, en su calidad de Director General del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial, E.P.E., en adelante CDTI, Entidad de Derecho Público creada por el RDL 8/1983, de 30 de noviembre, actuando a tenor de los poderes que le han sido otorgados en la reunión del Consejo de Administración del CDTI, celebrada el 28 de enero 2015, y protocolizados ante el Notario de Madrid, don Manuel Gerardo Tarrío Berjano, con fecha 9 de febrero de 2015, con el número 136 de protocolo.
Y, de otra parte, don Guillermo Cisneros Pérez, Rector Magnífico de la Universidad Politécnica de Madrid, con C.I.F. Q-2818015-F, nombrado por Decreto 25/2016, de 5 de abril, actuando en nombre y representación de la misma, en virtud de las facultades que le confieren los Estatutos de la UPM, aprobados por Decreto de la Comunidad Autónoma de Madrid 215/2003, de 16 de octubre («BOCM» del 29).
Ambas partes se reconocen, con el carácter que actúan, capacidad legal para otorgar el presente acuerdo, y
EXPONEN
Primero.
Que con fecha 26 de febrero de 2018 el Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial, E.P.E. (en adelante CDTI), y la Universidad Politécnica de Madrid (en adelante UPM) han suscrito un Convenio de Colaboración para la realización del curso de «Experto en promoción y gestión de proyectos y actuaciones internacionales de I+D+i».
Segundo.
Que en la cláusula tercera de dicho Convenio se prevé la elaboración de un Plan de trabajo en el que se detallen las actuaciones necesarias para el desarrollo del Convenio. Asimismo se prevé que dicho Plan de trabajo sea suscrito por los mismos representantes que han firmado el Convenio o por los miembros de la Comisión de seguimiento.
En consecuencia ambas partes
ACUERDAN
Único.
Aprobar y suscribir el Plan de Actuación para el Curso 2018 cuyo texto se adjunta al presente documento.
Por la Universidad Politécnica de Madrid (UPM), Guillermo Cisneros Pérez.–Por el Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial, E.P.E. (CDTI), Francisco Marín Pérez.
CURSO 2018
Programa de trabajo del curso de «Experto en promoción y gestión de proyectos y actuaciones internacionales de I+D+i»
Datos oficiales del departamento Ministerio de Economía, Industria y Competitividad
Resolución de 7 de mayo de 2018, del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial, E.P.E., por la que se publica el Convenio con la Universidad Politécnica de Madrid, para la realización del curso "Experto en promoción y gestión de proyectos y actuaciones internacionales de I+D+i".
"Resolución de 7 de mayo de 2018, del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial, E.P.E., por la que se publica el Convenio con la Universidad Politécnica de Madrid, para la realización del curso "Experto en promoción y gestión de proyectos y actuaciones internacionales de I+D+i"." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2018-11121 publicado el 03 agosto 2018
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 03 agosto 2018
Fecha Pub: 20180803
Fecha última actualizacion: 3 agosto, 2018
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Economía, Industria y Competitividad
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 03 agosto 2018
Letra: A
Pagina de inicio: 78197
Pagina final: 78206
Publicacion oficial en el BOE número 187 - BOE-A-2018-11121
Publicacion oficial en el BOE-A-2018-11121 de Resolución de 7 de mayo de 2018, del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial, E.P.E., por la que se publica el Convenio con la Universidad Politécnica de Madrid, para la realización del curso "Experto en promoción y gestión de proyectos y actuaciones internacionales de I+D+i".
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