Contenidos de la Ministerio de Economía, Industria y Competitividad Resolución de 18 de noviembre de 2016, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por promoción interna, en la Escala de Profesores de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación. del 20161124
- Ministerio de Economía, Industria y Competitividad
- Orden del día 20161124
- Datos oficiales anuncio
- Ministerio de Economía, Industria y Competitividad, noticias, anuncios y avisos legales relacionadas
- Comentarios y opiniones sobre Resolución de 18 de noviembre de 2016, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por promoción interna, en la Escala de Profesores de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación.
Orden del día 24 noviembre 2016
En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 105/2016, de 18 de marzo («Boletín Oficial del Estado» núm. 70, de 22 de marzo), por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2016, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública,
Esta Subsecretaría, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 63 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, previo informe de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para el acceso, por promoción interna, a la Escala de Profesores de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación.
La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley Orgánica 3/2007, de 22 marzo, y lo previsto en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 20 de noviembre de 2015, por el que se aprueba el II Plan de Igualdad entre Mujeres y Hombres de la Administración General del Estado y sus Organismos Autónomos, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes
Bases comunes
En todo aquello que no contradiga lo dispuesto en las Leyes 39/2015 y 40/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común en las Administraciones Públicas y de Régimen Jurídico del Sector Público, respectivamente, las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» núm. 284, de 27 de noviembre de 2007).
Bases específicas
La presente convocatoria, se publicará en la página web del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad (www.mineco.es) y en la de los Organismos Públicos de Investigación (www.ciemat.es; www.csic.es; www.ieo.es; www.inia.es; www.isciii.es; www.iac.es, www.igme.es, www.inta.es).
1. Descripción de las plazas
Se convoca proceso selectivo para cubrir 47 plazas de la Escala de Profesores de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación, Código 6150, por el sistema de promoción interna.
Del total de estas plazas se reservarán dos plazas, para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado igual o superior al 33 %.
1.1 La distribución de las plazas convocadas por el turno general es la siguiente:
1.2 Las dos plazas que se convocan por el cupo de reserva para personas con discapacidad corresponde, una a la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) y la otra al Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (INIA), y quienes participen en el proceso selectivo por este cupo, podrán concurrir por cualquiera de los perfiles indicados para las plazas convocadas para dichos Organismos por el turno general.
Una vez cubiertas las plazas del cupo de reserva para personas con discapacidad, quienes hayan solicitado participar en el proceso selectivo por este cupo y hayan superado el mismo, sin obtener plaza por dicho cupo, podrán optar, en igualdad de condiciones, a las de acceso general del mismo perfil por el que hayan participado en el cupo de reserva para personas con discapacidad.
Las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas con discapacidad, se acumularán a las de acceso general en los mismos Organismos a los que correspondan las plazas convocadas por este cupo.
1.3 En el supuesto de que alguna de las plazas quedara desierta, el Organismo al que corresponda la misma, podrá proponer al órgano convocante que dicha plaza se destine a incrementar el número de las inicialmente previstas para perfil distinto perteneciente al mismo Organismo.
2. Proceso selectivo
El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se especifican en el anexo I.
3. Requisitos generales de los aspirantes
3.1 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Doctor. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión del correspondiente certificado de equivalencia o de la credencial que acredite, en su caso, su homologación.
3.2 Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
3.3 Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicios de cualquiera de las Administraciones Públicas y de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para ejercer funciones similares a las desempeñadas en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
4. Requisitos específicos para el acceso por promoción interna
Los aspirantes deberán pertenecer como funcionario de carrera a las Escalas de Investigadores Científicos o Científicos Titulares de los Organismos Públicos de Investigación, en las que deberán haber prestado servicios efectivos durante al menos dos años. Así mismo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 26.5 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, podrán participar también, en este proceso selectivo, el personal funcionario de carrera de los cuerpos docentes universitarios al servicio de las Universidades Públicas con una antigüedad de dos años de servicios efectivos en la Escala o Cuerpo de procedencia.
Igualmente, pueden participar en este proceso selectivo el personal investigador contratado como personal laboral fijo por las Universidades públicas, de acuerdo con el artículo 22.3 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, siempre que dispongan de una antigüedad de dos años de servicios efectivos en esa condición de personal laboral fijo.
5. Solicitudes
5.1 Las solicitudes deberán cumplimentarse en el modelo oficial de solicitud 790, al que se accederá, con carácter general, a través de la página web administracion.gob.es o de los registros electrónicos para la tramitación de las inscripciones de los candidatos en los procesos selectivos que se establezcan.
5.2 Las solicitudes se presentarán en papel o por vía electrónica.
La presentación de la solicitud por vía electrónica se realizará haciendo uso del servicio Inscripción en Procesos Pruebas Selectivas del punto de acceso general (http://administracion.gob.es/PAG/ips), siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo necesario como requisito previo para la inscripción el poseer un certificado digital válido de persona física, de los incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación» (TSL) establecidos en España, (más información en http://firmaelectronica.gob.es y en http://www.dnielectronico.es).
La presentación por esta vía permitirá:
Inscripción en línea del modelo 790.
Anexar documentos a su solicitud.
Pago telemático de las tasas.
Registro electrónico de la solicitud.
En las solicitudes cumplimentadas por vía telemática la documentación adicional que, de conformidad con lo previsto en el apartados 5.6.1, 5.6.2, 5.6.3 y 5.6.4, deben acompañar, lo podrán hacer anexionándola, en documento pdf, a la solicitud telemática o presentándola directamente en los lugares previstos en la letra siguiente en el formato previsto en los citados apartados.
Las solicitudes en soporte papel se cumplimentarán en el modelo oficial (administracion.gob.es/PAG/modelo790) y deberán presentarse en el Registro General del Organismo al que corresponde la especialidad de la plaza a la que se concurre: Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (CIEMAT) (avenida Complutense, 40, 28040 Madrid); de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) (calle Serrano, 117, 28006 Madrid); del Instituto Español de Oceanografía (IEO) (calle Corazón de María, 8, 28002 Madrid); del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (INIA) (carretera de A Coruña, km 7,5, 28000 Madrid); del Instituto Geológico y Minero de España (IGME) (calle Ríos Rosas, 23, 28003 Madrid); del Instituto de Astrofísica de Canarias (IAC) [avenida Vía Láctea, s/n, 38200 La Laguna (Santa Cruz de Tenerife)]; del Instituto de Salud Carlos III (ISCIII), (avenida de Monforte de Lemos, n.º 5, 28029 Madrid) y del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas» (INTA) [carretera de Ajalvir, km 4,5, 28850 Torrejón de Ardoz (Madrid)]; o en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
5.3 Cuando la solicitud se presente en soporte papel, el importe de los derechos de examen se ingresará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado dicho ingreso mediante validación de la entidad colaboradora a través de certificación mecánica o, en su defecto, de sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.
Cuando la solicitud se presente de modo electrónico, el ingreso del importe se realizará haciendo uso del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas del punto de acceso general (http://administracion.gob.es/PAG/ips) en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo. La constancia de correcto pago de las tasas estará avalado por el Número de Referencia Completo (NRC) emitido por la AEAT que figurará en el justificante de registro.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente número ES06 0182-2370-49-0200203962 del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Hacienda y Función Pública. Derechos de examen». El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.
5.4 En todo caso, la solicitud deberá presentarse en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirá a la Secretaria de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad. La no presentación de esta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
5.5 Solo podrá presentarse una solicitud, en la cual deberá incluirse también un único perfil y se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo III. La presentación de dos o más solicitudes, la inclusión en una instancia de dos o más perfiles o la falta de reflejo en la misma de un perfil concreto supondrá la exclusión del aspirante sin que estos errores puedan ser subsanados posteriormente.
5.6 Las solicitudes de participación en este proceso selectivo deberán de venir acompañadas de la documentación que a continuación se indica, y la forma de aportación de la misma será en una memoria USB, que incluya los archivos de formato pdf, si la presentación de la instancia es en soporte papel, y si la instancia se presenta telemáticamente anexionando los archivos correspondientes en formato pdf en la forma descrita en la base 5.2 de esta convocatoria:
5.6.1 Currículum vítae del solicitante. Este archivo deberá identificarse con la denominación siguiente: «CV_apellidos y nombre del candidato».pdf.
5.6.3 Ejemplares de las cinco aportaciones científicas, técnicas o de cualquier otra índole que, a juicio del aspirante, sean las más relevantes de su carrera profesional. Este archivo se deberá identificar del siguiente modo: APORTACIONES_apellidos y nombre del candidato.pdf. En el supuesto de que dichas aportaciones no se pudieran remitir en soporte informático, podrán enviarse los originales o copias de los mismos junto con la solicitud.
5.6.3 Ejemplares de las cinco aportaciones científicas, técnicas o de cualquier otra índole que, a juicio del aspirante, sean las más relevantes de su carrera profesional. Este archivo se deberá identificar del siguiente modo: APORTACIONES_apellidos y nombre del candidato.pdf. En el supuesto de que dichas aportaciones no se pudieran remitir en soporte informático, podrán enviarse los originales o copias de los mismos junto con la solicitud.
5.6.4 Un resumen de las cinco aportaciones del la base anterior (5.5.3) de un máximo de 3 páginas (UNE-A4), subrayando la relevancia de dichas aportaciones y la contribución personal a las mismas. Este archivo se deberá identificarse: RESUMEN_apellidos y nombre del candidato.pdf.
La no presentación del currículum vítae y de la documentación exigida en las bases 5.6.2; 5.6.3 y 5.6.4, en tiempo y forma, supondrá la exclusión del aspirante sin posibilidad de subsanación.
5.7 Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales deberán acompañar a la solicitud las certificaciones de homologación o, con carácter excepcional, presentarlas al órgano de selección con antelación a la celebración de las correspondientes pruebas.
6. Tribunal
6.1 Los Tribunales calificadores de este proceso selectivo son los que figuran en el anexo II a esta convocatoria.
6.2 Los Tribunales, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velarán por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.
Corresponderá a los Tribunales la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.
6.3 A efectos de comunicaciones y demás incidencias los Tribunales, en función del Organismo al que se encuentren adscritas las plazas convocadas, tendrán su sede en:
Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, avenida Complutense, 40, 28040 Madrid; teléfono 91 346 60 00; dirección de correo electrónico: [email protected].
Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, calle Serrano 117, 28006 Madrid; teléfonos 91 568 18 32, 915681834 y 915681835; dirección de correo electrónico: [email protected].
Instituto Español de Oceanografía, calle Corazón de María, n.º 8, 28002 Madrid; teléfono: 91 342 11 48; dirección de correo electrónico: [email protected].
Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agrarias y Alimentarias, carretera A Coruña, km 7,5, 28000 Madrid; teléfonos 91 347 37 99 y 91 347 39 77; dirección de correo electrónico: [email protected].
Instituto Geológico y Minero de España, calle Ríos Rosas, n.º 23, 28003 Madrid; teléfonos 91 349 57 22 y 91 349 57 90; dirección de correo electrónico: [email protected].
Instituto de Astrofísica de Canarias, avenida Vía Láctea, s/n, 38200 La Laguna (Santa Cruz de Tenerife); teléfonos 922 60 53 81 y 922 60 52 00; dirección de correo electrónico: [email protected].
Instituto de Salud Carlos III, avenida Monforte de Lemos, n.º 5, 28071 Madrid; teléfonos 91 822 27 76 y 91 822 27 46; dirección de correo electrónico: [email protected].
Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas», carretera de Ajalvir, km 4,5, 28850 Torrejón de Ardoz (Madrid); teléfonos 91 520 12 27, 91 520 13 11 y 91 520 12 43; dirección de correo electrónico: [email protected].
6.4 En la sesión de constitución de cada uno de los Tribunales de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), estos designarán, de entre los vocales, un Secretario/a titular y suplente de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3, apartado 10, del Real Decreto 105/2016, de 18 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2016, garantizando la paridad entre mujeres y hombres.
7. Desarrollo del proceso selectivo
Dentro de cada perfil, el orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente en cada especialidad por el primero de la letra «H», según lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, de 24 de febrero de 2016 («Boletín Oficial del Estado» de 26 de febrero).
8. Norma final
Al presente proceso le será de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.
Contra la presente convocatoria podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante este órgano en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid, 18 de noviembre de 2016.–El Subsecretario de Economía, Industria y Competitividad, Alfredo González-Panizo Tamargo.
ANEXO I
Descripción del proceso selectivo
1. El proceso selectivo consistirá en un concurso de méritos desarrollado en dos fases.
2 La primera fase de concurso, de carácter eliminatorio, tiene por objeto la comprobación y calificación de los méritos expuestos por los aspirantes en su currículum vítae así como en la documentación aportada.
En esta fase, los Tribunales valorarán, hasta un máximo de 20 puntos, los siguientes méritos de acuerdo con el baremo que se recoge a continuación:
a) Objetivos científicos y/o tecnológicos perseguidos a lo largo de la carrera investigadora, con énfasis en las líneas fundamentales de investigación futura.
La puntuación máxima de este apartado será de 3 puntos.
b) Las contribuciones científicas y/o tecnológicas realizadas teniendo en cuenta la calidad y repercusión de las mismas. La calificación de este apartado deberá valorar adecuadamente sendos tipos de contribuciones en función de la orientación científica y/o tecnológica de la actividad curricular del aspirante.
Las contribuciones científicas deberán valorarse en forma de trabajos originales de investigación publicados y en la dirección y participación en proyectos de investigación I+D con entidades públicas y privadas, nacionales e internacionales.
En el caso de candidatos con currículum vítae de perfil tecnológico, se valorará especialmente en ese apartado:
1) Contribuciones tecnológicas realizadas, valorando la calidad y repercusión de patentes licenciadas.
2) Creación de empresas de Base Tecnológica con acuerdos de transferencia de tecnología con los Organismos Públicos de Investigación y con otra entidad relacionada profesionalmente con el/la aspirante.
3) Participación en contratos y proyectos de I+D con entidades públicas y privadas, nacionales e internacionales.
La puntuación máxima de este apartado será de 7,50 puntos.
c) La redacción y publicación de libros, capítulos de libros, monografías, etc que sean resultado de un trabajo científico y que no hayan sido considerados ni valorados en el apartado anterior. La elaboración de informes científicos y la participación en trabajos e informes de asesoramiento científico y de apoyo tecnológico. Los estudios geológicos, hidrológicos, oceanográficos, energéticos, medioambientales, biosanitarios o de cualquier otra naturaleza científica realizados con fines de investigación. Trabajos o estancias en centros de investigación nacionales y extranjeros. La representación y participación en organismos e Instituciones científicas y/o tecnológicas nacionales y extranjeras. Participación en congresos científicos y/o tecnológicos, seminarios, cursos. La dirección de tesis doctorales o tesinas. La dirección y formación del personal investigador. La publicación de artículos científicos y/o tecnológicos en revistas de divulgación. Cualquier otro mérito que alegue el aspirante relacionado con la especialidad objeto de la convocatoria.
La puntuación máxima de este apartado será de 6 puntos.
d) El nombramiento oficial y desempeño de puestos de Gestión de I+D en cualquier Organismo Público de Investigación o en otros Organismos Nacionales e Internacionales.
La puntuación máxima de este apartado será de 1 punto
e) Servicios prestados en las Escalas de Investigadores Científicos de Organismos Públicos de Investigación o de Científicos Titulares de Organismos Públicos de Investigación o en los Cuerpos Docentes Universitarios de las Universidades públicas y como personal investigador contratado como personal laboral fijo en las Universidades públicas o en los Organismos Públicos de Investigación, de acuerdo con el artículo 22.3 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. Este mérito se valorará hasta un máximo de 1,50 puntos, a razón de 0,025 puntos por mes completo de servicios prestados.
Solo se podrán valorar los méritos de los apartados a), b), c), d) y e) que se tuvieran debidamente acreditados en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
f) Por estar desempeñando en el momento de la publicación de la convocatoria un puesto de trabajo en el mismo Organismo al que corresponde la especialidad a la que concurre el aspirante: 1 punto.
La calificación de los aspirantes relativa a los méritos contenidos en los apartados a), b), c) y d) del baremo anterior, se hará mediante deliberación conjunta de los miembros de los correspondientes Tribunales, cada uno de los cuales podrá adjudicar a cada aspirante de cero a la puntuación máxima señalada en cada apartado. Dicha calificación deberá justificarse individualmente por los/las miembros de los Tribunales mediante formulación por escrito de un juicio razonado relativo a la valoración de cada uno de los méritos antes relacionados. Los mencionados escritos de justificación se unirán al acta correspondiente.
La puntuación correspondiente a estos apartados será la media de las puntuaciones asignadas para cada uno de ellos por cada uno de los miembros del tribunal, excluidas la más alta y la más baja y sin que en ningún caso pueda excluirse más de una máxima y una mínima.
La acreditación de los méritos a que se refiere el apartado 2.e) y f) del baremo, se realizará por las unidades competentes de los Organismos Públicos de Investigación, de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas y de las Universidades públicas, que procederán a expedir certificación, referida a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes para los méritos del apartado 2.e) y a fecha de publicación de la convocatoria para los méritos del apartado 2.f). La citada acreditación deberá presentarse, en la sede del Tribunal calificador de la especialidad por la que concurran, hasta la terminación del plazo de subsanaciones a la lista provisional de admitidos y excluidos del proceso selectivo.
La puntuación final de cada aspirante en esta primera fase de concurso vendrá determinada por la suma del valor medio de las puntuaciones asignadas en cada uno de los apartados a), b), c) y d) del baremo, más la puntuación correspondiente a los apartados e) y f) del mismo, siendo necesario alcanzar 16 puntos, como mínimo, para pasar a la segunda fase del concurso.
En ningún caso la puntuación obtenida en la primera fase de concurso podrá aplicarse para superar la segunda fase.
3. Para la realización de la segunda fase del concurso, el Tribunal correspondiente a cada perfil convocará sucesivamente a los aspirantes admitidos en el mismo que hayan superado la primera fase.
4. La segunda fase del concurso del proceso selectivo se celebrará en la localidad, lugar, fecha y hora que se explicitarán en las resoluciones por la que se publican las relaciones de candidatos que superen la primera fase del concurso.
5. En la segunda fase del concurso, el Tribunal correspondiente a cada perfil convocará sucesivamente a las personas que hayan sido admitidas en el mismo.
6. Las personas admitidas al proceso selectivo podrán solicitar en la segunda fase de que consta el concurso de méritos, con carácter previo, la utilización de los medios audiovisuales que precisen para su exposición.
7. La segunda fase del concurso, tiene por objeto comprobar la adecuación de los méritos, competencias y capacidades de los/las aspirantes con las características y funciones de la plaza por la que participa y consistirá en la exposición oral y pública por el/la aspirante, durante un tiempo máximo de veinte minutos, sobre sus objetivos científicos perseguidos en sus investigaciones, las aportaciones científicas y/o tecnológicas realizadas y su repercusión en el ámbito científicos y/o tecnológico y su visión acerca del estado actual de las líneas de investigación desarrolladas con énfasis en las líneas fundamentales de la investigación futura a realizar.
Seguidamente, el Tribunal debatirá con el/la aspirante durante un tiempo máximo de treinta minutos, acerca de los conocimientos científicos expuestos y de todos aquellos aspectos que considere relevantes en relación con el tema y se valorará su conocimiento de la especialidad y de las innovaciones y avances científicos que haya experimentado, así como su visión de la evolución del área en el futuro y de las líneas de investigación posibles, según el siguiente baremo:
Datos oficiales del departamento Ministerio de Economía, Industria y Competitividad
Resolución de 18 de noviembre de 2016, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por promoción interna, en la Escala de Profesores de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación.
"Resolución de 18 de noviembre de 2016, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por promoción interna, en la Escala de Profesores de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2016-11067 publicado el 24 noviembre 2016
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 24 noviembre 2016
Fecha Pub: 20161124
Fecha última actualizacion: 24 noviembre, 2016
Seccion: 2
Departamento: Ministerio de Economía, Industria y Competitividad
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 24 noviembre 2016
Letra: A
Pagina de inicio: 82230
Pagina final: 82248
Publicacion oficial en el BOE número 284 - BOE-A-2016-11067
Publicacion oficial en el BOE-A-2016-11067 de Resolución de 18 de noviembre de 2016, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por promoción interna, en la Escala de Profesores de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación.
Descargar PDF oficial BOE-A-2016-11067 AQUÍ