Orden CUL/987/2005, de 7 de marzo, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Rafael Aguilar.





Examinado el expediente incoado a instancia de don José Luis Suárez Valdés, solicitando la inscripción de la Fundación Rafael Aguilar, en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Cultura, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 316/1996, de 23 de febrero (BOE de 6 de marzo) y en el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo (BOE del 29), así como de los poderes otorgados a doña María del Carmen Salinas Armendáriz y don Stephan Alcaraz Salinas.






Orden del día 15 abril 2005

Examinado el expediente incoado a instancia de don José Luis Suárez Valdés, solicitando la inscripción de la Fundación Rafael Aguilar, en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Cultura, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 316/1996, de 23 de febrero (BOE de 6 de marzo) y en el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo (BOE del 29), así como de los poderes otorgados a doña María del Carmen Salinas Armendáriz y don Stephan Alcaraz Salinas.

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.-La Fundación anteriormente citada fue constituida por doña Jacinta María Franco Millis, doña María del Carmen Salinas Armendáriz y don Stephan Alcaraz Salinas, en Madrid, el 17 de diciembre de 2004, según consta en la escritura pública número dos mil ochocientos sesenta, otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Madrid, don José Aristónico García Sánchez.

Fundamentos jurídicos

Primero. Resultan de aplicación para la resolución del expediente: El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones. El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 316/1996, de 23 de febrero (B.O.E. de 6 de marzo). El Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo (B.O.E. de 29 de marzo). La Orden de la Ministra de Cultura, de 22 de julio de 2004 (B.O.E. del 31), en virtud de la cual se delegan en la Secretaria General Técnica del Departamento las competencias relativas al Protectorado de Fundaciones que corresponden al mismo.

Segundo. Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 3.1 del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacional, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero. Según las disposiciones transitorias cuarta de la Ley de Fundaciones, y única del Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal, hasta tanto no entre en funcionamiento dicho Registro, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación Rafael Aguilar en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Cultura. Por todo lo cual, este Ministerio ha dispuesto:

Primero.-Acordar la inscripción en el Registro de Fundaciones del Departamento de la denominada Fundación Rafael Aguilar, de ámbito estatal, con domicilio en Madrid, calle Puebla, número 13-acceso independiente por la calle La Nao, número 6, así como del Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Segundo.-Inscribir el otorgamiento de los poderes conferidos por la Fundación Rafael Aguilar, a favor de doña María del Carmen Salinas Armendáriz y don Stephan Alcaraz Salinas, en los términos que constan en la escritura de constitución, número dos mil ochocientos sesenta.

Notifíquese a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 7 de marzo de 2005.-P. D. (Orden CUL/2591/2004, de 22 de julio, BOE del 31 de julio), la Secretaria General Técnica, María Concepción Becerra Bermejo.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Cultura

Orden CUL/987/2005, de 7 de marzo, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Rafael Aguilar.

"Orden CUL/987/2005, de 7 de marzo, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Rafael Aguilar." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2005-6109 publicado el 15 abril 2005

ID de la publicación: BOE-A-2005-6109
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 15 abril 2005
Fecha Pub: 20050415
Fecha última actualizacion: 15 abril, 2005
Numero BORME 90
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Cultura
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 15 abril 2005
Letra: A
Pagina de inicio: 13100
Pagina final: 13101




Publicacion oficial en el BOE número 90 - BOE-A-2005-6109


Publicacion oficial en el BOE-A-2005-6109 de Orden CUL/987/2005, de 7 de marzo, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Rafael Aguilar.


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