Contenidos de la Ministerio de Cultura Orden CUL/832/2005, de 18 de marzo, por la que se convoca el Premio Velázquez de las Artes Plásticas correspondiente a 2005. del 20050402
Orden del día 02 abril 2005
El Premio Velázquez de las Artes Plásticas es un galardón de carácter internacional que premia la totalidad de la obra de un creador en el ámbito de las artes plásticas, en cualesquiera de sus manifestaciones. Recompensa la meritoria labor del galardonado mediante la concesión de un premio dirigido a destacar su aportación sobresaliente a la cultura hispánica. La Orden de 17 de julio de 2001 (Boletín Oficial del Estado de 25 de julio), por la que se crea el Premio Velázquez de las Artes Plásticas, establece que a partir del año 2002 el mismo será objeto de convocatoria anual. De conformidad con dicha previsión normativa, y teniendo en cuenta el Real Decreto 553/2004, de 17 de abril (B.O.E. del día 18), por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, y el Real Decreto 562/2004, de 19 de abril (B.O.E. del día 20), por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, he tenido a bien disponer:
Primero.-Se convoca el Premio Velázquez de las Artes Plásticas correspondiente al año 2005.
Segundo.-Podrán ser candidatos al Premio cualesquiera artistas plásticos nacionales de España o de los Estados americanos de la Comunidad Iberoamericana de Naciones. Tercero.-El Premio se concederá por la totalidad de la obra de un creador en el ámbito de las artes plásticas, en cualesquiera de sus manifestaciones. Cuarto.-Podrán presentar candidaturas al Premio las Academias de Bellas Artes, los Museos de Arte Moderno y Contemporáneo, las asociaciones de críticos de arte, los miembros del jurado y otras instituciones que, por su naturaleza, fines o contenidos, estén vinculados a las artes plásticas en los Estados a los que se refiere el apartado segundo. Las candidaturas se dirigirán a la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales del Ministerio de Cultura, pudiendo presentarse a través de cualquiera de las vías previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Las instituciones que presenten candidatos enviarán a la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales una memoria en la que consten los méritos de los artistas propuestos, así como la documentación gráfica necesaria para el conocimiento y valoración de su obra. El plazo para la presentación de las propuestas y la documentación necesaria finalizará el día 20 de abril de 2005. Quinto.-El Premio Velázquez de las Artes Plásticas estará dotado con 90.000 euros y se abonará con cargo a la aplicación presupuestaria 24.03.144A.489 de los presupuestos de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales. El Premio no podrá ser dividido ni declarado desierto ni otorgarse a título póstumo. Además de la dotación económica citada, el Ministerio de Cultura organizará, a través del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, una exposición que tendrá por objeto la obra del artista premiado. El artista premiado, en los seis meses siguientes a la concesión del Premio y con carácter complementario al mismo, elegirá a otro artista menor de treinta y cinco años como receptor de una Beca Velázquez de un año de duración dotada con 30.000 euros para su disfrute en España. Se abonará con cargo a la aplicación presupuestaria 24.03.144A.489 de los presupuestos de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales. El receptor de esta Beca, al término de la misma, entregará cuatro obras al Estado español. Sexto.-El fallo del Premio Velázquez corresponde a un Jurado cuya composición será la siguiente:
Los Directores del Museo Nacional del Prado y del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía. Dos personalidades representantes de instituciones iberoamericanas cualificadas, designadas por el Secretario de Estado de Asuntos Exteriores y para Iberoamérica y por el Director General de Relaciones Culturales y Científicas, de la Agencia Española de Cooperación Internacional del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación. Seis especialistas en artes plásticas designados respectivamente por la Ministra de Cultura, por el Director del Instituto Cervantes, por el Director General de Bellas Artes y Bienes Culturales, por el Director General de Cooperación y Comunicación Cultural, por la Fundación Amigos del Museo del Prado y por la Asociación de Amigos del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía. El artista premiado en la convocatoria de 2004 o la persona en quien éste delegue.
En el acto de constitución del Jurado, sus miembros elegirán de entre ellos al Presidente.
Actuará como Secretario, con voz pero sin voto, el Director General de Bellas Artes y Bienes Culturales. Actuará como Secretario de actas, con voz pero sin voto, el Subdirector General de Promoción de las Bellas Artes. Séptimo.-El Jurado se pronunciará por mayoría de los votos emitidos. En las votaciones, que se efectuarán mediante voto secreto, solamente se tendrán en cuenta los votos emitidos por los miembros del Jurado que asistan personalmente a las reuniones. El Jurado elevará su fallo a la Ministra de Cultura a través de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales. La Orden de concesión del Premio, en la que se concretará la composición del Jurado, se publicará en el Boletín Oficial del Estado. En lo no previsto en la presente Orden, el Jurado ajustará su actuación a lo dispuesto en la legislación sobre procedimiento administrativo común en materia de órganos colegiados. Octavo.-Los miembros del Jurado tendrán derecho al reintegro de los gastos de locomoción y alojamiento en que pudieran incurrir por su trabajo de asesoramiento. Noveno.-La presentación de candidaturas al Premio comportará la cesión de los derechos de propiedad intelectual estrictamente imprescindibles para la realización de los trabajos de evaluación por el Jurado, así como para la difusión pública del fallo del Premio. Décimo.-La Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales adoptará las medidas necesarias para desarrollar y aplicar lo establecido en la presente convocatoria.
Undécimo.-Esta Orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 18 de marzo de 2005.
CALVO POYATO
Datos oficiales del departamento Ministerio de Cultura
Orden CUL/832/2005, de 18 de marzo, por la que se convoca el Premio Velázquez de las Artes Plásticas correspondiente a 2005.
"Orden CUL/832/2005, de 18 de marzo, por la que se convoca el Premio Velázquez de las Artes Plásticas correspondiente a 2005." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2005-5316 publicado el 02 abril 2005
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 02 abril 2005
Fecha Pub: 20050402
Fecha última actualizacion: 2 abril, 2005
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Cultura
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 02 abril 2005
Letra: A
Pagina de inicio: 11400
Pagina final: 11401
Publicacion oficial en el BOE número 79 - BOE-A-2005-5316
Publicacion oficial en el BOE-A-2005-5316 de Orden CUL/832/2005, de 18 de marzo, por la que se convoca el Premio Velázquez de las Artes Plásticas correspondiente a 2005.
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