Contenidos de la Ministerio de Consumo Resolución de 26 de julio de 2022, de la Subsecretaría, por la que se resuelve el concurso específico, convocado por Resolución de 2 de junio de 2022, en la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición. del 20220801
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Orden del día 01 agosto 2022
Mediante la Resolución de 2 de junio de 2022, de la Subsecretaría, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» n.º 135, de 7 de junio de 2022, se convocó concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición.
Una vez llevado a cabo el procedimiento establecido en la legislación vigente respecto de los procedimientos normales de provisión de puestos de trabajo y en las bases de la convocatoria, valorados los méritos presentados por los aspirantes a los puestos convocados, tras la finalización del plazo para la presentación de solicitudes, y previa actuación de la Comisión de Valoración a la que se refiere la base séptima de la convocatoria,
Esta Subsecretaría, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 63.1.n) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, acuerda resolver el presente concurso, de conformidad con los siguientes puntos:
Aprobar la propuesta de la Comisión de Valoración de méritos y resolver el concurso, adjudicando los puestos de trabajo de la referida convocatoria, conforme se especifica en los anexos A y B de la presente Resolución.
Segundo.
Declarar desiertos los puestos que se especifican en el anexo de la Resolución motivado por falta de solicitantes, por no haberse alcanzado la puntuación mínima exigida, o por desistimiento o renuncia.
Tercero.
El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario o de la funcionaria, o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.
Dicho plazo comenzará a contar a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes al de la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado». Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá contarse desde su publicación.
Cuarto.
El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que, en su caso, hayan sido concedidos a los interesados, salvo que, por causas justificadas, se acuerde suspender el disfrute de los mismos.
Quinto.
El personal que ha obtenido destino a través de este concurso no podrá participar en concursos de méritos que convoque tanto la Administración del Estado como otras Administraciones Públicas hasta que hayan transcurrido dos años desde la toma de posesión del puesto adjudicado en la presente Resolución, salvo lo previsto en el artículo 41.2 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y de Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
Sexto.
Los destinos adjudicados se consideran de carácter voluntario y, en consecuencia, no generan derecho al abono de indemnización por concepto alguno. Los puestos obtenidos serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión los/las interesados/as obtengan otro destino mediante convocatoria pública y opten por el mismo, en cuyo caso vendrán obligados/as a comunicar por escrito, en los tres días hábiles siguientes, la renuncia del puesto adjudicado y la opción ejercitada, con indicación del Departamento o Administración en que hubiera obtenido destino, así como, la forma de provisión y la fecha de nombramiento.
Séptimo.
Contra la presente Resolución, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes desde su publicación, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano judicial competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Madrid, 26 de julio de 2022.–El Subsecretario de Consumo, José Antonio García García.
ANEXO DE ADJUDICACIONES A
Vacantes
ANEXO DE ADJUDICACIONES B
Resultas
Datos oficiales del departamento Ministerio de Consumo
Resolución de 26 de julio de 2022, de la Subsecretaría, por la que se resuelve el concurso específico, convocado por Resolución de 2 de junio de 2022, en la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición.
"Resolución de 26 de julio de 2022, de la Subsecretaría, por la que se resuelve el concurso específico, convocado por Resolución de 2 de junio de 2022, en la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2022-12811 publicado el 01 agosto 2022
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 01 agosto 2022
Fecha Pub: 20220801
Fecha última actualizacion: 1 agosto, 2022
Seccion: 2
Departamento: Ministerio de Consumo
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 01 agosto 2022
Letra: A
Pagina de inicio: 110356
Pagina final: 110361
Publicacion oficial en el BOE número 183 - BOE-A-2022-12811
Publicacion oficial en el BOE-A-2022-12811 de Resolución de 26 de julio de 2022, de la Subsecretaría, por la que se resuelve el concurso específico, convocado por Resolución de 2 de junio de 2022, en la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición.
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