Contenidos de la Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación Aplicación Provisional del Acuerdo de Consorcio por el que se establece la Infraestructura Europea de Ciencias de la Vida sobre Información Biológica (ELIXIR). del 20151107
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Orden del día 07 noviembre 2015
ACUERDO DE CONSORCIO POR EL QUE SE ESTABLECE LA INFRAESTRUCTURA EUROPEA DE LAS CIENCIAS DE LA VIDA PARA LA INFORMACIÓN BIOLÓGICA (ELIXIR)
ÍNDICE
Preámbulo.
1. Definiciones e interpretación.
1.1 Definiciones.
1.2 Interpretación.
2. Descripción de la estructura organizativa.
2.1 Fundamento jurídico.
2.2 Función del Consejo de ELIXIR.
2.3 Función del EMBL en ELIXIR.
2.4 Infraestructura distribuida.
2.5 El Centro de ELIXIR.
2.6 Integración del los Nodos de ELIXIR en la infraestructura de ELIXIR.
3. Objetivos y misión de ELIXIR, el Centro de ELIXIR, el EMBL y los Nodos de ELIXIR.
3.1 Objetivos de ELIXIR.
3.2 Funciones de ELIXIR.
3.3 Funciones del Centro de ELIXIR.
3.4 Funciones de los Nodos de ELIXIR y el EMBL.
4. Miembros y Observadores.
4.1 Miembros.
4.2 Observadores.
4.3 Retirada de un Miembro u Observador de ELIXIR.
4.4 Expulsión de un Miembro de ELIXIR o de un Observador por incumplimiento.
5. Obligaciones de los Miembros y Observadores de ELIXIR.
5.1 Contribuciones financieras de los Estados miembros de ELIXIR.
5.2 Contribuciones financieras de los Observadores.
5.3 Obligaciones de las organizaciones intergubernamentales distintas del EMBL.
5.4 Servicios prestados por el EMBL en el marco de ELIXIR.
6. Gobernanza.
6.1 Estructura de gobierno.
6.2 Consejo de ELIXIR.
6.3 Dirección de ELIXIR.
6.4 Comité Científico Asesor.
6.5 Comité de Jefes de Nodos.
6.6 Otros comités establecidos por el Consejo de ELIXIR según sea necesario.
7. Financiación.
7.1 Planificación financiera y presupuesto.
7.2 Financiación del Centro de ELIXIR.
7.3 Contabilidad.
7.4 Auditoría.
7.5 Gastos generales.
7.6 Principios básicos de la gestión financiera de ELIXIR.
8.1 Proceso de creación de los Nodos de ELIXIR.
8.1 Proceso de creación de los Nodos de ELIXIR.
8.2 Derecho a formular una propuesta.
8.3 Criterios formales de idoneidad.
8.4 Procedimiento de evaluación de las candidaturas a Nodo.
8.5 Convenios de colaboración.
8.6 Servicios técnicos encomendados a los Nodos de ELIXIR.
8.7 Procedimiento de evaluación de los Nodos de ELIXIR.
8.8 Terminación del convenio de colaboración.
9. Responsabilidad.
9.1 El EMBL como parte perjudicada.
9.2 Reclamaciones de terceros.
9.3 Distribución de pérdidas entre los Estados miembros de ELIXIR.
9.4 Cobertura de seguro para ELIXIR.
10. Propiedad intelectual.
11. Principios éticos.
12. Eficacia, entrada en vigor y adhesión de nuevos Miembros de ELIXIR.
12.1 Firma, eficacia y entrada en vigor.
12.2 Adhesión de un nuevo Miembro de ELIXIR.
12.3 Duración.
13. Terminación y consecuencias.
13.1 Terminación.
13.2 Liquidación.
14. Lengua.
15. Incoherencias y eficacia parcial.
16. Notificaciones.
17. Enmiendas.
18. Cesión.
19. Legislación aplicable.
20. Solución de controversias
Acuerdo de Consorcio de ELIXIR Revisión 1-junio de 2013
El presente Acuerdo de Consorcio de ELIXIR se celebra entre:
1. El Laboratorio Europeo de Biología Molecular (EMBL), Meyerhofstr. 1, 69117 Heidelberg, Alemania.
Representado por […]
2. […]
Representado por […]
En lo sucesivo […]
[…]
PREÁMBULO
Los Miembros de ELIXIR acuerdan establecer la «Infraestructura Europea de Ciencias de la Vida para la Información Biológica «(ELIXIR), como infraestructura de investigación organizada en forma de un Centro y una serie de Nodos distribuidos, que deberán operar y gestionar, en el sentido más amplio de la expresión, una colección interconectada de recursos, herramientas e información sobre datos de carácter biológico. ELIXIR es una infraestructura de investigación de importancia mundial, abierta a científicos de todas las disciplinas; posee vocación integradora y está abierta a la adhesión de nuevos Miembros.
Los Miembros de ELIXIR:
• reconociendo la constante y creciente demanda de recursos de datos a los investigadores de las ciencias de la vida;
• reconociendo el ingente flujo de datos actual y la posibilidad que ELIXIR ofrece de gestionar eficazmente los datos europeos sobre las ciencias de la vida recurriendo a soluciones escalables;
• reconociendo que el Centro y los Nodos de ELIXIR pueden compartir importantes actividades de coordinación en áreas específicas;
• reconociendo que los Nodos de ELIXIR estarán ubicados en los Estados miembros de ELIXIR;
• reconociendo que los Nodos de ELIXIR serán institutos seleccionados conforme a criterios de excelencia y con la aprobación del Consejo de ELIXIR;
• reconociendo que los Nodos de ELIXIR recibirán todo el apoyo posible a través del Centro de ELIXIR, en la medida en que entre dentro del ámbito de la misión de este último;
• reconociendo la necesidad de un esfuerzo internacional coordinado, plasmado en ELIXIR, a fin de perfeccionar y mantener las bases de datos existentes y establecer nuevos recursos, según sea necesario;
• reconociendo la importancia de apoyar a las distintas comunidades científicas nacionales del ámbito de la bioinformática y, en particular a los Nodos de ELIXIR existentes y potenciales, cuando tal apoyo redunde en interés de los Miembros de ELIXIR, a la luz de la misión de dicha Infraestructura;
• reconociendo la importancia de asegurar que los Nodos de ELIXIR cuenten con los medios necesarios para prestar servicios de ELIXIR a nivel paneuropeo, a solicitud de sus Miembros;
• reconociendo que la inversión nacional para el establecimiento del Centro de ELIXIR tiene por objeto la prestación de un apoyo adecuado y proporcional que garantice la máxima coordinación e integración del Nodo respectivo dentro de ELIXIR con vistas a alcanzar el máximo impacto científico;
• reconociendo que podrá accederse libremente a los datos y conocimientos facilitados por ELIXIR, si bien se aplicará un acceso controlado siempre que sea necesario;
• reconociendo que los retos de ELIXIR podrán abordarse con más acierto combinando las actuaciones europeas y nacionales;
• reconociendo la importancia de que la gestión de ELIXIR se base en criterios de excelencia, tanto en el ámbito científico como en el de la prestación de servicios; y
• reconociendo la necesidad de contra con una amplia formación en las áreas generales de recursos de datos e infraestructuras bioinformáticas,
han acordado lo siguiente:
1. Definiciones e Interpretación
1.1 Definiciones.
Datos oficiales del departamento Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Aplicación Provisional del Acuerdo de Consorcio por el que se establece la Infraestructura Europea de Ciencias de la Vida sobre Información Biológica (ELIXIR).
"Aplicación Provisional del Acuerdo de Consorcio por el que se establece la Infraestructura Europea de Ciencias de la Vida sobre Información Biológica (ELIXIR)." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2015-12046 publicado el 07 noviembre 2015
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 1
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 07 noviembre 2015
Fecha Pub: 20151107
Fecha última actualizacion: 7 noviembre, 2015
Seccion: 1
Departamento: Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 07 noviembre 2015
Letra: A
Pagina de inicio: 105501
Pagina final: 105522
Publicacion oficial en el BOE número 267 - BOE-A-2015-12046
Publicacion oficial en el BOE-A-2015-12046 de Aplicación Provisional del Acuerdo de Consorcio por el que se establece la Infraestructura Europea de Ciencias de la Vida sobre Información Biológica (ELIXIR).
Descargar PDF oficial BOE-A-2015-12046 AQUÍ