Resolución de 31 de enero de 2012, de la Dirección General de Desarrollo Rural y Política Forestal, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio de colaboración con la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el desarrollo de un programa piloto de desarrollo rural sostenible en las zonas de Villuercas-Ibores-Jara y La Siberia.





De acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la Adenda de modificación y prórroga del Convenio de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino y la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el desarrollo de un programa piloto de desarrollo rural sostenible en las zonas de Villuercas-Ibores-Jara y La Siberia, que figura como anexo a esta Resolución.

Contenidos de la Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente Resolución de 31 de enero de 2012, de la Dirección General de Desarrollo Rural y Política Forestal, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio de colaboración con la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el desarrollo de un programa piloto de desarrollo rural sostenible en las zonas de Villuercas-Ibores-Jara y La Siberia. del 20120220







Orden del día 20 febrero 2012

De acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la Adenda de modificación y prórroga del Convenio de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino y la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el desarrollo de un programa piloto de desarrollo rural sostenible en las zonas de Villuercas-Ibores-Jara y La Siberia, que figura como anexo a esta Resolución.

Madrid, 31 de enero de 2012.–La Directora General de Desarrollo Rural y Política Forestal, Begoña Nieto Gilarte.

ANEXO

Adenda de modificación y prórroga del Convenio de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino y la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el desarrollo de un programa piloto de desarrollo rural sostenible en las zonas de Villuercas-Ibores-Jara y La Siberia

En Madrid, a 16 de diciembre de 2011.

REUNIDOS

De una parte, don Josep Puxeu Rocamora, Secretario de Estado de Medio Rural y Agua del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, en virtud del Real Decreto 574/2008, de 21 de abril, por el que se dispone su nombramiento, actuando en nombre y representación del citado Departamento de la Administración General del Estado de acuerdo con las facultades que le atribuye el capítulo I, 1.c) de la Orden ARM/939/2011, de 13 de abril, sobre delegación de competencias en el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.

Y de otra,

Don José Antonio Monago Terraza, Presidente de la Comunidad Autónoma de Extremadura, elegido por la Asamblea de Extremadura en la sesión celebrada los días 4, 5 y 7 de julio de 2011, y nombrado mediante Real Decreto 975/2011, de 7 de julio.

Doña Cristina Elena Teniente Sánchez, Consejera de Empleo, Empresas e Innovación de la Comunidad Autónoma de Extremadura, nombrado por Decreto del Presidente 20/2011, de 8 de julio, (DOE, extraordinario, n.º 2 de 9/07/2011), por el que se dispone su nombramiento, de acuerdo con lo especificado en la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Don José Antonio Echávarri Lomo, Consejero de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, nombrado por Decreto del Presidente 20/2011, de 8 de julio, (DOE, extraordinario, n.º 2 de 9/07/2011), por el que se dispone su nombramiento, de acuerdo con lo especificado en la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Los comparecientes, que actúan en función de sus respectivos cargos, se reconocen mutua y recíprocamente la capacidad legal necesaria para suscribir el presente Acuerdo de Modificación, y a tal efecto, libremente,

EXPONEN

Primero.

Que el 9 de diciembre de 2009 se suscribió el Convenio de Colaboración entre la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, y la Comunidad Autónoma de Extremadura para el desarrollo de un programa piloto de desarrollo rural sostenible en las zonas de Villuercas-Ibores-Jara y La Siberia, con una serie de actuaciones descritas en su anexo II, y un presupuesto total de 3.000.000 financiados al 50 por ciento por cada una de las dos Administraciones, de los que el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino ya anticipó a la Comunidad Autónoma de Extremadura con cargo a sus presupuestos de 2009 la cantidad de 1.500.000 €.

Segundo.

Que en la sesión celebrada con fecha 25 de junio de 2010, por la comisión de seguimiento del Convenio, la Comunidad Autónoma de Extremadura manifestó la necesidad de modificar el primer apartado de la cláusula cuarta así como una actuación del anexo II no implicando la alteración del presupuesto, sin que se llegará a materializar dicho acuerdo.

Tercero.

Que en la sesión celebrada con fecha 22 de junio de 2011 por la comisión de seguimiento del Convenio, a solicitud de la Comunidad Autónoma, motivada en su limitación para acometer parte de las obras convenidas debido a las restricciones presupuestarias, la citada Comisión acordó proponer la modificación del anexo II para suprimir una actuación inicialmente prevista. Igualmente también se propuso modificar el nombre de una actuación del anexo II sin implicar alteración del presupuesto.

Cuarto.

Que en la sesión de fecha 7 de noviembre de 2011 de la comisión de seguimiento, la Comunidad Autónoma solicitó la supresión de otra actuación. La Comisión también propuso, debido al retraso de alrededor de dos años en la tramitación de la autorización de la Confederación Hidrográfica del Guadiana para las dos actuaciones del Convenio que deben ejecutarse en el dominio público hidráulico de dicho río, prorrogar la vigencia del Convenio para permitir la adecuada finalización de las actuaciones inicialmente programadas, todas iniciadas y actualmente en fase de ejecución, al amparo de lo previsto en la cláusula décima del Convenio.

Quinto.

Que la Comunidad Autónoma ha argumentado la supresión de ambas actuaciones al no poder contar con presupuesto autonómico para poder cofinanciarlas y ejecutarlas. Esto supone la consiguiente reducción de presupuesto y reintegro de la parte del anticipo del Ministerio que no va a poder ser aplicado por la Comunidad Autónoma a la ejecución de las actuaciones inicialmente previstas.

Por todo lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir la presente adenda de modificación y prórroga del Convenio de colaboración entre la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, y la Comunidad Autónoma de Extremadura, suscrito el 9 de diciembre de 2009, que se regirá de acuerdo con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El objeto de la presente adenda es la modificación y prórroga del Convenio suscrito entre la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, y la Comunidad Autónoma de Extremadura, suscrito el 9 de diciembre de 2009.

Segunda. Modificación de la cláusula cuarta, obligaciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Se modifica el primer apartado de la cláusula cuarta, que queda redactado como sigue:

«En el caso de actuaciones contenidas en el presente convenio cuya ejecución le corresponde, asumir la realización y costes de los correspondientes proyectos y la ejecución de las mismas que incluidos todos los trámites necesarios, las autorizaciones e informes preceptivos, los procedimientos derivados de la legislación ambiental y del patrimonio cultural, la obtención de la plena disponibilidad de los terrenos u otros bienes particulares que fueran necesarios. A su vez, la Comunidad Autónoma podrá convenir con corporaciones locales, grupos de acción local, empresas públicas y entidades sin ánimo de lucro la ejecución de determinadas actuaciones en que estas puedan cooperar.»

Tercera. Modificación de la cláusula quinta, Comisión de Seguimiento.

El párrafo que expresa en el apartado de composición de la Comisión de Seguimiento la representación de las Consejerías de la Comunidad Autónoma que participan en el Convenio queda sustituido por el siguiente:

«El Director General de Desarrollo Rural de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía que actuará como Vicepresidente, o la persona que al efecto designe.»

Se modifica el último párrafo del penúltimo apartado de la cláusula quinto que queda redactado como sigue:

«Durante 2012 se reunirá con carácter ordinario previamente a la certificación final, antes del 31 de diciembre. La adopción de acuerdos por la Comisión de Seguimiento requerirá el consenso de ambas partes.»

Cuarta. Modificación del anexo II, programa piloto de actuaciones por zonas.

El anexo II del Convenio, que refleja el programa piloto de actuaciones del convenio, se sustituye por el que figura como anexo del presente acuerdo.

Quinta. Modificación de la cláusula sexta, financiación.

Esta cláusula queda redactada como sigue:

«El presupuesto total para la realización de las actuaciones comprendidas en el Programa piloto de actuaciones del Convenio de Colaboración modificado por el presente Acuerdo se concreta en 1.750.000 €.

La Dirección General de Desarrollo Sostenible del Medio Rural del MARM financia el 50 por ciento del presupuesto de las actuaciones del convenio modificado, hasta la cuantía de 875.000 €, con cargo a la transferencia de capital de 1.500.000 € ya realizada por la Administración General del Estado a la comunidad autónoma de Extremadura en el marco del Convenio inicial suscrito el 9 de diciembre de 2009, con un presupuesto inicial de 3.000.000 €, con cargo a la aplicación presupuestaria 23.18.414C.751 de sus presupuestos para el año 2009.

La Comunidad Autónoma de Extremadura financiará las actuaciones y los trabajos por valor del cincuenta por ciento restante del presupuesto del convenio modificado, cifrado en 875.000€, correspondientes a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para los años 2010, 2011 y 2012.

Ambas partes se comprometen a no solicitar ni aplicar cofinanciación comunitaria para las acciones objeto del presente acuerdo. Cada parte firmante se compromete a mantener informada a la otra parte, tanto de los trabajos realizados como de cualquier extremo relevante para el desarrollo de los mismos.»

Ambas partes se comprometen a no solicitar ni aplicar cofinanciación comunitaria para las acciones objeto del presente acuerdo. Cada parte firmante se compromete a mantener informada a la otra parte, tanto de los trabajos realizados como de cualquier extremo relevante para el desarrollo de los mismos.»

Sexta. Modificación de la cláusula séptima.

Se modifica el penúltimo párrafo de la cláusula séptima que queda redactado como sigue:

«Previamente a la celebración de la última reunión ordinaria, a más tardar el 31 de diciembre de 2012, la Comunidad Autónoma remitirá al MARM el informe final sobre la ejecución de las actuaciones, así como la certificación final, en la forma especificada para el caso anterior.»

Séptima. Prórroga del Convenio.

Se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2012, el Convenio de Colaboración suscrito con fecha 13 de noviembre de 2009, debiendo estar las actuaciones finalizadas y justificadas antes de dicha fecha.

Se mantiene el resto de las cláusulas.

Y en prueba de conformidad, las partes intervinientes suscriben la presente adenda de modificación y prórroga del referido Convenio de Colaboración, por quintuplicado ejemplar, en el lugar y fecha al principio indicados, rubricando cada una de las páginas de las que consta.–La Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, P.D. (Orden ARM/939/2011, de 13 de abril), el Secretario de Estado de Medio Rural y Agua, Josep Puxeu Rocamora.–El Presidente de la Comunidad Autónoma de Extremadura, José Antonio Monago Terraza.–La Consejera de Empleo, Empresas e Innovación, Cristina Elena Teniente Sánchez.–El Consejero de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, José Antonio Echávarri Lomo.

ANEXO II

Programa piloto de actuaciones por zonas modificado

Actuaciones zona 1: Villuercas-Ibores-Jara y La Siberia

Presupuesto desglosado por actuaciones del programa piloto Villuerca-Ibores-Jara y La Siberia



Datos oficiales del departamento Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

Resolución de 31 de enero de 2012, de la Dirección General de Desarrollo Rural y Política Forestal, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio de colaboración con la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el desarrollo de un programa piloto de desarrollo rural sostenible en las zonas de Villuercas-Ibores-Jara y La Siberia.

"Resolución de 31 de enero de 2012, de la Dirección General de Desarrollo Rural y Política Forestal, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio de colaboración con la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el desarrollo de un programa piloto de desarrollo rural sostenible en las zonas de Villuercas-Ibores-Jara y La Siberia." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2012-2527 publicado el 20 febrero 2012

ID de la publicación: BOE-A-2012-2527
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 20 febrero 2012
Fecha Pub: 20120220
Fecha última actualizacion: 20 febrero, 2012
Numero BORME 43
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 20 febrero 2012
Letra: A
Pagina de inicio: 15168
Pagina final: 15172




Publicacion oficial en el BOE número 43 - BOE-A-2012-2527


Publicacion oficial en el BOE-A-2012-2527 de Resolución de 31 de enero de 2012, de la Dirección General de Desarrollo Rural y Política Forestal, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio de colaboración con la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el desarrollo de un programa piloto de desarrollo rural sostenible en las zonas de Villuercas-Ibores-Jara y La Siberia.


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