Resolución de 31 de marzo de 2009, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se publica el Acuerdo de prórroga y actualización para 2009, del Convenio de colaboración, entre la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, MUFACE, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas y la Mutualidad General Judicial, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades.





Con fecha 22 de diciembre de 2008 se suscribió el Acuerdo de prórroga y actualización para 2009 del Convenio de colaboración firmado el 1 de enero de 2004 entre la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía y la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas y la Mutualidad General Judicial, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades.

Contenidos de la Ministerio de Administraciones Públicas Resolución de 31 de marzo de 2009, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se publica el Acuerdo de prórroga y actualización para 2009, del Convenio de colaboración, entre la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, MUFACE, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas y la Mutualidad General Judicial, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades. del 20090420







Orden del día 20 abril 2009

Con fecha 22 de diciembre de 2008 se suscribió el Acuerdo de prórroga y actualización para 2009 del Convenio de colaboración firmado el 1 de enero de 2004 entre la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía y la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas y la Mutualidad General Judicial, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades.

En aplicación del artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, resuelvo publicar el citado Convenio que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 31 de marzo de 2009.–La Directora General de la Mututalidad General de Funcionarios Civiles del Estado, María Ángeles Fernández Simón.

ANEXO

Acuerdo de prórroga y actualización para el año 2009 del Convenio de colaboración firmado el 1 de enero de 2004, entre la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía y la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas y la Mutualidad General Judicial, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades

En Sevilla, a 22 de diciembre de 2008.

REUNIDOS

De una parte, doña M.ª Jesús Montero Cuadrado, Consejera de Salud de la Junta de Andalucía, nombrada por Decreto del Presidente 13/2008, de 19 de abril («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» número 79, de 21 de abril de 2008), en ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 63.2 de la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía, y el artículo 21.2 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

De otra, doña María Ángeles Fernández Simón, Directora General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), en virtud de las facultades que le confiere la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común y actuando en nombre y representación de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), en uso de las facultades que le confiere el artículo 11.2.k) del Real Decreto 577/1997, de 18 de abril, por el que se establece la estructura de los órganos de gobierno, administración y representación de MUFACE.

Doña Celia Abenza Rojo, Secretaria General Gerente del Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS), en virtud de las facultades que le confiere la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimientos Administrativo Común, y actuando en nombre y representación del Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS), en uso de las facultades que le confiere el artículo 18 del Reglamento General de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto 1726/2007, de 21 de diciembre.

Y don José Manuel Arocha Armas, Gerente de la Mutualidad General Judicial (MUGEJU), en virtud de las facultades que le confiere la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, y actuando en nombre y representación de la Mutualidad General Judicial (MUGEJU), en uso de las facultades que le confiere el artículo 14.3.g) del Real Decreto 1206/2006, de 20 de octubre, por el que se regulan la composición y funcionamiento de los órganos de gobierno, administración y representación de la Mutualidad General Judicial.

EXPONEN

Primero.–Que al amparo de lo previsto en las cláusulas primera, cuarta, sexta, séptima y octava del Convenio de colaboración para el año 2004 entre la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía y MUFACE, ISFAS y MUGEJU, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades y manteniéndose las mismas circunstancias que dieron lugar a su suscripción, todas las partes entienden que debe procederse a su prórroga durante 2009, actualizándose los municipios, precios y número de mutualistas a atender.

Segundo.–Los conciertos para la prestación de asistencia sanitaria suscritos por las mutualidades con las entidades en los últimos años, con el fin de equilibrar las desigualdades producidas por la evolución de la pirámide de edad del colectivo protegido y compensar la mayor utilización de los servicios sanitarios por los beneficiarios de mayor edad, han fijado los importes distribuidos por tramos de edad. Por ello, al cubrir este convenio la asistencia sanitaria en las poblaciones de menos de 20.000 habitantes en las que las entidades no cuentan con medios para llevar a cabo dicha asistencia, y al realizar las mutualidades el abono al Servicio Andaluz de la Salud de los servicios por cuenta de las entidades, parece oportuno incorporar el mismo criterio al cálculo de los precios del Convenio.

ACUERDAN

Primero.–Prorrogar el Convenio de referencia cuyos efectos se extienden desde 1 de enero de 2009 hasta 31 de diciembre de 2009.

Segundo.–Actualizar, con efectos de 1 de enero de 2009 y según lo previsto en la cláusulas séptima y octava del mencionado convenio, los anexos I, II III y IV del mismo, anexos que, a partir de dicha fecha, son los que, sellados por todas las partes, figuran unidos a este documento, en cuya portada consta «anexos I, II, III y IV, para 2009», y que modifican las relaciones de municipios citadas en su cláusula primera, así como las personas adscritas a cada mutualidad y entidad aseguradora y los precios que se indican en la cláusula cuarta. Dichos precios pasan a ser, para el año 2009:

Para MUFACE:

16,73 euros por persona y mes, para las personas de 70 o más años de edad que, como titulares o beneficiarios, estén afiliadas a MUFACE y residan en los municipios listados en el anexo I.

15,66 euros por persona y mes, para las personas de 60 o más años e inferior a los 70 años que, como titulares o beneficiarios, estén afiliadas a MUFACE y residan en los municipios listados en el anexo I.

14,11 euros por persona y mes, para las personas menores de 60 años de edad que, como titulares o beneficiarios, estén afiliadas a MUFACE y residan en los municipios listados en el anexo I.

1,43 euros por persona y mes para las personas de 70 o más años de edad que, como titulares o beneficiarios, estén afiliadas a MUFACE y residan en los municipios listados en el anexo II.

1,33 euros por persona y mes que, para las personas de 60 o más años e inferior a los 70 años que, como titulares o beneficiarios, estén afiliadas a MUFACE y residan en los municipios listados en el anexo II.

1,21 euros por persona y mes, para las personas menores de 60 años de edad que, como titulares o beneficiarios, estén afiliadas a MUFACE y residan en los municipios listados en el anexo II.

Para ISFAS:

16,73 euros por persona y mes para las personas de 65 o más años de edad que, como titulares o beneficiarios, estén afiliada as ISFAS y residan en los municipios listados en el anexo I.

14,11 euros por persona y mes que para las personas menores de 65 años de edad que, como titulares o beneficiarios, estén afiliadas a ISFAS y residan en los municipios listados en el anexo I.

1,43 euros por persona y mes, para las personas de 65 o más años de edad que, como titulares o beneficiarios, estén afiliadas a ISFAS y residan en los municipios listados en el anexo II

1,21 euros por persona y mes, para las personas menores de 65 años que, como titulares o beneficiarios, estén afiliadas a ISFAS y residan en los municipios listados en el anexo II.

Para MUGEJU:

14,11 euros por persona y mes que, como titular o beneficiario, esté afiliada a MUGEJU y resida en los municipios listados en el anexo I

1,21 euros por persona y mes que, como titular o beneficiario, esté afiliada a MUGEJU y resida en los municipios listados en el anexo II.

Tercero.–Los firmantes se comprometen a informar cumplidamente a sus representados del Acuerdo alcanzado, para facilitar la aplicación del mismo.

Y, en señal de conformidad, firman a continuación el presente documento, extendido por ejemplar quintuplicado y a un solo efecto, los representantes de la Consejería de Salud, y de cada una de las Mutualidades.–La Consejera de Salud de la Junta de Andalucía, M.ª Jesús Montero Cuadrado.–La Secretaria General Gerente del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, Celia Abenza Rojo.–La Directora General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, María Ángeles Fernández Simón.–El Gerente de la Mutualidad General Judicial, José Manuel Arocha Armas.

ANEXO I

Listado de municipios

ANEXO II

Listado de municipios

Comunidad Autónoma: Andalucía

Provincia: Almería

Municipio:

Albox.

Cuevas del Almanzora.

Cuevas del Almanzora.

Gallardos (Los).

Garrucha.

Huércal de Almería.

Huércal-Overa.

Macael.

Mojonera (La).

Olula del Río.

Pulpí.

Tíjola.

Turre.

Vélez-Rubio.

Vera.

Viator.

Provincia: Cádiz

Municipio:

Algodonales.

Chipiona.

Jimena de la Frontera.

Medina-Sidonia.

Olvera.

Tarifa.

Ubrique.

Vejer de la Frontera.

Villamartín.

Provincia: Córdoba

Municipio:

Fernán-Núñez.

Hornachuelos.

Posadas.

Pozoblanco.

Provincia: Granada

Municipio:

Albolote.

Atarfe.

Fuente Vaqueros.

Huétor Vega.

Maracena.

Salobreña.

Santa Fe.

Zubia (La).

Provincia: Huelva.

Municipio.

Aljaraque.

Aracena.

Ayamonte.

Bollullos Par del Condado.

Cartaya.

Cortegana.

Gibraleón.

Moguer.

Palma del Condado (La).

Palos de la Frontera.

San Juan del Puerto.

Santa Olalla del Cala.

Provincia: Jaén

Municipio:



Datos oficiales del departamento Ministerio de Administraciones Públicas

Resolución de 31 de marzo de 2009, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se publica el Acuerdo de prórroga y actualización para 2009, del Convenio de colaboración, entre la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, MUFACE, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas y la Mutualidad General Judicial, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades.

"Resolución de 31 de marzo de 2009, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se publica el Acuerdo de prórroga y actualización para 2009, del Convenio de colaboración, entre la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, MUFACE, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas y la Mutualidad General Judicial, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2009-6605 publicado el 20 abril 2009

ID de la publicación: BOE-A-2009-6605
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 20 abril 2009
Fecha Pub: 20090420
Fecha última actualizacion: 20 abril, 2009
Numero BORME 96
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Administraciones Públicas
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 20 abril 2009
Letra: A
Pagina de inicio: 35959
Pagina final: 35978




Publicacion oficial en el BOE número 96 - BOE-A-2009-6605


Publicacion oficial en el BOE-A-2009-6605 de Resolución de 31 de marzo de 2009, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se publica el Acuerdo de prórroga y actualización para 2009, del Convenio de colaboración, entre la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, MUFACE, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas y la Mutualidad General Judicial, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades.


Descargar PDF oficial BOE-A-2009-6605 AQUÍ



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