ALCOY





Edicto






Orden del día 13 febrero 2017

Edicto

Doña María Nieves Martín Rincón, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Alcoy,

Hace saber:

DECRETO

Sra Secretaria Judicial: María Nieves Martín Rincón.

En Alcoy (Alicante), a diez de febrero de dos mil dieciséis.

Antecedentes de hecho

Único.- Por subsanado el requerimiento a la parte actora de fecha 27/02/15 se tiene por el Procurador de los tribunales, Sr. Palmer Peidro, Rafael, en nombre y representación de Ayuntamiento de Cocentaina, por presentada la demanda de juicio ordinario, señalando como partes demandadas a IGNORADOS HEREDEROS DE MARÍA MONTER LLOPIS, y acompañando la documentación pertinente para seguir el juicio por todos sus trámites y en su día dictar sentencia por que con estimación de la demanda se declare extinguida la situación de proindiviso respecto de las siguientes fincas registrales: finca registral 5209 del Ayuntamiento de Cocentaina (calle San Antonio, 23, hoy 29) inscrita en el Registro de la Propiedad de Cocentaina por su condición de indivisible.

Parte dispositiva

Acuerdo:

-Admitir a trámite la demanda y documentación presentada por el Procurador de los tribunales, Sr. Palmer Peidro, Rafael, en nombre y representación de Ayuntamiento de Cocentaina, frente a IGNORADOS HEREDEROS DE MARÍA MONTER LLOPIS.

-Sustanciar el proceso por las reglas del juicio ordinario.

No habiéndose designado domicilio por la parte demandante para poder emplazar a la parte demandada IGNORADOS HEREDEROS DE MARÍA MONTER LLOPIS siendo su domicilio desconocido emplácese a la misma mediante edictos, que se fijaran en el tablón de anuncios en éste órgano judicial por el tiempo del emplazamiento así como también su publicación en el BOE, Tablón de anuncios del Ayuntamiento de Cocentaina, y diario de difusión nacional "La Razón" con traslado de la demanda y documentación acompañada, para que la contesten en el plazo de VEINTE DÍAS HÁBILES, con las siguientes prevenciones:

-Apercibir a la parte demandada que si no comparece dentro del plazo indicado, se le declarará en situación de rebeldía procesal (artículo 496.1 L.E.C.).

-Advertir a la parte demandada que la comparecencia en juicio debe realizarse por medio de procurador y con asistencia de abogado (artículos 23 y 31 de la L.E.C.).

..."

Y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la L.E.C. por el presente se EMPLAZAMIENTO POR VEINTE DÍAS a IGNORADOS HEREDEROS DE DOÑA MARÍA MONTER LLOPIS a fin de que CONTESTE A LA PRESENTE DEMANDA, bajo apercibimiento de que si no comparece dentro del plazo indicado, se le declarare en situación de rebeldía procesal (artículo 496.1 L.E.C.)

Alcoy, 22 de septiembre de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.



Datos oficiales del departamento JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN

ALCOY

"ALCOY" corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-B-2017-8554 publicado el 13 febrero 2017

ID de la publicación: BOE-B-2017-8554
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 4
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 13 febrero 2017
Fecha Pub: 20170213
Fecha última actualizacion: 13 febrero, 2017
Numero BORME 37
Seccion: 4
Departamento: JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Numero de anuncio: A170007790
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 13 febrero 2017
Letra: B
Pagina de inicio: 10165
Pagina final: 10166




Publicacion oficial en el BOE número 37 - BOE-B-2017-8554


Publicacion oficial en el BOE-B-2017-8554 de ALCOY


Descargar PDF oficial BOE-B-2017-8554 AQUÍ



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