LAS PALMAS DE GRAN CANARIA





Dña. ÁGUEDA REYES ALMEIDA, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Las Palmas de Gran Canaria, por el presente HACE SABER que en el procedimiento concursal número 10/2012, se ha dictado en fecha 25 de marzo de 2021 auto declarando la conclusión del concurso de las mercantiles Distribuidora Canaria de Neumáticos SL con CIF B35063643, Dican Auto, S.L., con CIF B35355288, Dican Auto DM, S.L., con CIF B35550458 y de la persona natural D. Juan Andrés Rodríguez Trueba, con DNI 42744547J y cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:






Orden del día 09 abril 2021

Dña. ÁGUEDA REYES ALMEIDA, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Las Palmas de Gran Canaria, por el presente HACE SABER que en el procedimiento concursal número 10/2012, se ha dictado en fecha 25 de marzo de 2021 auto declarando la conclusión del concurso de las mercantiles Distribuidora Canaria de Neumáticos SL con CIF B35063643, Dican Auto, S.L., con CIF B35355288, Dican Auto DM, S.L., con CIF B35550458 y de la persona natural D. Juan Andrés Rodríguez Trueba, con DNI 42744547J y cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Se declara la CONCLUSIÓN del concurso de Distribuidora Canaria de Neumáticos, S.L., Dican Auto, S.L, Dican Auto DM, S.L. y D. Juan Andrés Rodríguez Trueba, por finalización de la liquidación, con los siguientes efectos:

1.- Cesarán las limitaciones sobre las facultades de administración y de disposición del concursado, salvo las que se contengan en la sentencia de calificación, y cesará la administración concursal.

3.- Se acuerda la extinción de las sociedades concursadas, Distribuidora Canaria de Neumáticos, S.L., Dican Auto, S.L, y Dican Auto DM, S.L., y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil de Las Palmas, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.

4.- En caso de conclusión del concurso por liquidación o insuficiencia de masa activa, el deudor persona natural, D. Juan Andrés Rodríguez Trueba, quedará responsable del pago de los créditos insatisfechos, salvo que obtenga el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Para tales ejecuciones, la inclusión de su crédito en la lista definitiva de acreedores se equipara a una sentencia firme de condena.

Las Palmas de Gran Canaria, 6 de abril de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia, Águeda Reyes Almeida.



Datos oficiales del departamento JUZGADOS DE LO MERCANTIL

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

"LAS PALMAS DE GRAN CANARIA" corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-B-2021-16922 publicado el 09 abril 2021

ID de la publicación: BOE-B-2021-16922
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 4
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 09 abril 2021
Fecha Pub: 20210409
Fecha última actualizacion: 9 abril, 2021
Numero BORME 85
Seccion: 4
Departamento: JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Numero de anuncio: A210021007
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 09 abril 2021
Letra: B
Pagina de inicio: 21732
Pagina final: 21732




Publicacion oficial en el BOE número 85 - BOE-B-2021-16922


Publicacion oficial en el BOE-B-2021-16922 de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA


Descargar PDF oficial BOE-B-2021-16922 AQUÍ



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