Contenidos de la Junta Electoral Central Acuerdo de 29 de mayo de 2006, de la Presidencia de la Junta Electoral Central, de designación de los Vocales de las Juntas Electorales Provinciales de Cataluña a los que se refiere el artículo 12.2 de la Ley Orgánica 2/1980, de 18 de enero, sobre regulación de las distintas modalidades de referéndum, en relación con el referéndum de modificación del Estatuto de Autonomía de Cataluña a celebrar el 18 de junio de 2006. del 20060530
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Orden del día 30 mayo 2006
La Presidencia de la Junta Electoral Central, en relación con el referéndum de modificación del Estatuto de Autonomía de Cataluña, convocado por Decreto de la Generalidad de Cataluña 170/2006, de 18 de mayo, a celebrar el 18 de junio de 2006, en virtud de delegación efectuada por la propia Junta en sus reuniones de 11 y 24 del presente mes de mayo, ha acordado designar los Vocales no judiciales de las Juntas Electorales Provinciales que se indican, conforme a las propuestas remitidas por las mismas, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 12.2 de la Ley Orgánica 2/1980, de 18 de enero, sobre regulación de las distintas modalidades de referéndum, y en el artículo 2.4 del Decreto de la Generalidad de Cataluña 171/2006, de 18 de mayo, de normas complementarias para la realización del citado referéndum.
Junta Electoral Provincial de Barcelona:
D. Jordi Serra i Rovira.
Junta Electoral Provincial de Girona:
D. Joan Pallàs Puigdomenech.
D. Manuel de Eugenio Lagresa.
Junta Electoral Provincial de Lleida:
D.ª Teresa Areces Piñol.
D. Alejandro Sárraga Gómez.
Junta Electoral Provincial de Tarragona:
D. Carles Castillo Rosique.
D. Frederic Adán Domenech.
Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de mayo de 2006.-El Presidente, José María Ruíz-Jarabo Ferrán.
Datos oficiales del departamento Junta Electoral Central
Acuerdo de 29 de mayo de 2006, de la Presidencia de la Junta Electoral Central, de designación de los Vocales de las Juntas Electorales Provinciales de Cataluña a los que se refiere el artículo 12.2 de la Ley Orgánica 2/1980, de 18 de enero, sobre regulación de las distintas modalidades de referéndum, en relación con el referéndum de modificación del Estatuto de Autonomía de Cataluña a celebrar el 18 de junio de 2006.
"Acuerdo de 29 de mayo de 2006, de la Presidencia de la Junta Electoral Central, de designación de los Vocales de las Juntas Electorales Provinciales de Cataluña a los que se refiere el artículo 12.2 de la Ley Orgánica 2/1980, de 18 de enero, sobre regulación de las distintas modalidades de referéndum, en relación con el referéndum de modificación del Estatuto de Autonomía de Cataluña a celebrar el 18 de junio de 2006." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2006-9460 publicado el 30 mayo 2006
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 30 mayo 2006
Fecha Pub: 20060530
Fecha última actualizacion: 30 mayo, 2006
Seccion: 2
Departamento: Junta Electoral Central
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 30 mayo 2006
Letra: A
Pagina de inicio: 20200
Pagina final: 20200
Publicacion oficial en el BOE número 128 - BOE-A-2006-9460
Publicacion oficial en el BOE-A-2006-9460 de Acuerdo de 29 de mayo de 2006, de la Presidencia de la Junta Electoral Central, de designación de los Vocales de las Juntas Electorales Provinciales de Cataluña a los que se refiere el artículo 12.2 de la Ley Orgánica 2/1980, de 18 de enero, sobre regulación de las distintas modalidades de referéndum, en relación con el referéndum de modificación del Estatuto de Autonomía de Cataluña a celebrar el 18 de junio de 2006.
Descargar PDF oficial BOE-A-2006-9460 AQUÍ