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Orden del día 15 marzo 2024
De conformidad con lo establecido en los artículos 28 y 29 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia, la Dirección General de Justicia ha resuelto adjudicar destinos en los órganos judiciales y fiscales que se relacionan en el anexo I al personal del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa (turno libre), nombrado funcionario de carrera del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa por Orden de 6 de marzo de 2024, teniendo en cuenta lo siguiente:
Primero.
El personal funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia al que se le otorga destino, deberá tomar posesión de su cargo ante la Dirección General de Justicia del Gobierno de Navarra dentro del plazo de veinte días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 del citado real decreto, y en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El personal funcionario destinado en virtud de esta resolución, que pertenezca ya al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa o Auxilio Judicial y que opte por continuar en activo en alguno de dichos Cuerpos, no será necesario que se desplace a la Dirección General de Justicia a tomar posesión, bastando con que dentro del plazo de toma de posesión señalado en el apartado primero, comunique dicha opción a la Dirección General de Justicia a través del correo electrónico [email protected], a los efectos de declaración de excedencia voluntaria prevista en el artículo 506 d) de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. Copia de la resolución por la que se le declara en situación de excedencia voluntaria será remitida al Registro Central de Personal de la Subdirección General de Acceso y Promoción del personal al servicio de la Administración de Justicia.
Tercero.
En caso de que el personal funcionario optare por ingresar en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa y quisiera evitar un vacío en la continuidad de sus servicios en la Administración de Justicia, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable para efectuar la toma de posesión, podrán solicitar de la Gerencia Territorial o del órgano competente de la Comunidad Autónoma correspondiente a su destino como personal funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa o Auxilio Judicial, un permiso retribuido de un día si no hay cambio de localidad, o de dos en caso contrario, salvo aquellos que hayan de desplazarse desde Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla, en cuyo caso el permiso podrá ser de hasta tres días para posesionarse de su nuevo cargo. Estos días se consideran hábiles y la toma de posesión en el nuevo destino se efectuará durante los días de permiso indicados, debiendo disfrutarse, en cualquier caso, dentro del plazo posesorio.
En el caso de que el personal funcionario proceda del ámbito de competencia de otra Gerencia Territorial o de Comunidades Autónomas que hayan recibido el traspaso de medios personales, deberá remitirse dicha documentación a estos órganos para que procedan a concederle de oficio la situación de excedencia voluntaria en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa o Auxilio Judicial y el cese automático con la fecha del día anterior en que se produzca la toma de posesión en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, al objeto de evitar interrupción en la percepción de sus haberes.
Cuarto.
En cualquier caso, una vez diligenciada la toma de posesión, la Dirección General de Justicia remitirá un ejemplar del documento F1R a la Sección de Nóminas y Seguridad Social de la Dirección General de Función Pública para que por la misma se proceda a las oportunas variaciones en nómina, otro será enviado al Registro Central de Personal de la Subdirección General de Acceso y Promoción del Personal de la Administración de Justicia, otro ejemplar será entregado al interesado y el cuarto al órgano judicial de destino para constancia.
Quinto.
Los funcionarios interinos que actualmente ocupen plazas que han sido adjudicadas a los aspirantes aprobados, cesarán el mismo día en que se produzca la toma de posesión del titular.
Sexto.
En cumplimiento de la legislación sobre incompatibilidades del personal al servicio de la Administración Pública (Ley 53/1984, de 26 de diciembre), aplicable al personal al servicio de la Administración de Justicia, en virtud del artículo 498 de la Ley Orgánica del Poder Judicial 6/1985, de 1 de julio, reformada por Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, aquellas personas aspirantes que ostenten ya la condición de personal funcionario de carrera deberán manifestar su opción en el acta de toma de posesión.
Séptimo.
El personal funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, al que se otorga destino en virtud de esta resolución, no obstante el haber sido destinados con carácter forzoso por el orden de calificación según sus preferencias, no podrá participar en concurso de traslados hasta que transcurran dos años desde la fecha de esta resolución. Para el cómputo de los dos años se estará a lo establecido en el párrafo segundo del artículo 529.3 de la Ley Orgánica 6/1985 de 1 de julio, del Poder Judicial.
Octavo.
Las plazas ofrecidas a las personas aspirantes mediante Resolución 28/2024, de 16 de enero («Boletín Oficial del Estado» de 23 de enero), no adjudicadas en la presente resolución, mantienen su condición de desiertas, sin perjuicio de que puedan anunciarse como vacantes en un concurso ordinario, si no se promulga oferta de empleo público, o en caso de que la oferta pública de empleo que corresponda no haga necesario el anuncio de todas las desiertas existentes.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Interior, Función Pública y Justicia del Gobierno de Navarra, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con lo dispuesto en el artículo 122.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 126.1.c) de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral.
Pamplona, 6 de marzo de 2024.–La Directora General de Justicia, Maite Arenaza Sarasola.
ANEXO I
Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, turno libre
Datos oficiales del departamento Comunidad Foral de Navarra
Resolución 95/2024, de 6 de marzo, de la Dirección General de Justicia, del Departamento de Interior, Función Pública y Justicia, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, que superó el proceso selectivo convocado por Orden JUS/1254/2022, de 7 de diciembre.
"Resolución 95/2024, de 6 de marzo, de la Dirección General de Justicia, del Departamento de Interior, Función Pública y Justicia, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, que superó el proceso selectivo convocado por Orden JUS/1254/2022, de 7 de diciembre." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2024-5090 publicado el 15 marzo 2024
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 15 marzo 2024
Fecha Pub: 20240315
Fecha última actualizacion: 26 marzo, 2024
Seccion: 2
Departamento: Comunidad Foral de Navarra
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 15 marzo 2024
Letra: A
Pagina de inicio: 30618
Pagina final: 30622
Publicacion oficial en el BOE número 66 - BOE-A-2024-5090
Publicacion oficial en el BOE-A-2024-5090 de Resolución 95/2024, de 6 de marzo, de la Dirección General de Justicia, del Departamento de Interior, Función Pública y Justicia, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, que superó el proceso selectivo convocado por Orden JUS/1254/2022, de 7 de diciembre.
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