Resolución de la Dirección General del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León por la que se da continuidad al procedimiento y se hace pública la solicitud de modificación normal del Pliego de Condiciones de la DOP «TORO».





Vista la solicitud de modificación del Pliego de condiciones de la DOP "TORO" (PDO-ES-A0886), presentada con fecha 30 de marzo de 2020 por su Consejo Regulador, en calidad de órgano de gestión de la citada DOP, al amparo de lo dispuesto en el artículo 105 del R (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.º 922/72, (CEE) n.º 234/79, (CE) n.º 1037/2001, y (CE) n.º 1234/2007.






Orden del día 23 abril 2020

Vista la solicitud de modificación del Pliego de condiciones de la DOP "TORO" (PDO-ES-A0886), presentada con fecha 30 de marzo de 2020 por su Consejo Regulador, en calidad de órgano de gestión de la citada DOP, al amparo de lo dispuesto en el artículo 105 del R (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.º 922/72, (CEE) n.º 234/79, (CE) n.º 1037/2001, y (CE) n.º 1234/2007.

Teniendo en cuenta las condiciones y requisitos establecidos en este mismo Reglamento (UE) n.º 1308/2013, antes citado, en el Reglamento Delegado (UE) n.º 2019/33 de la Comisión, de 17 de octubre de 2018, por el que se completa el Reglamento (UE) n.º 1308/2013, en lo que respecta a las solicitudes de protección de denominaciones de origen, indicaciones geográficas y términos tradicionales del sector vitivinícola, al procedimiento de oposición, a las restricciones de utilización, a las modificaciones del pliego de condiciones, a la cancelación de la protección, y al etiquetado y presentación, y en el Reglamento de Ejecución (UE) n.º 2019/34 de la Comisión, de 17 de octubre de 2018, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.º 1308/2013, en lo que se refiere a las solicitudes de protección de las denominaciones de origen, las indicaciones geográficas y los términos tradicionales en el sector vitivinícola, al procedimiento de oposición, a las modificaciones del pliego de condiciones, al registro de nombres protegidos, a la cancelación de la protección y al uso de símbolos, y del Reglamento (UE) n.º 1306/2013, en lo que se refiere a un sistema adecuado de controles. En estos tres reglamentos se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de protección y de modificación de las denominaciones de origen e indicaciones geográficas protegidas de productos vitivinícolas.

Revisada la solicitud de modificación presentada por el Consejo Regulador de la DOP "TORO", así como la documentación justificativa aportada, se ha verificado que se cumplen los requisitos y condiciones para continuar su tramitación.

Considerando, asimismo, lo establecido en el artículo 10 de este mismo Real Decreto, según el cual el plazo para la presentación de las declaraciones de oposición ha de ser dos meses.

En virtud de las funciones y facultades atribuidas al Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León en materia de calidad alimentaria por los artículos 2, 3 y 18 de la Ley 7/2002, de 3 de mayo de creación del Instituto, por el artículo 12.2 del Reglamento del Instituto aprobado por Decreto 121/2002 y por el artículo 41 de la Ley 8/2005, de 10 de junio, de la Viña y del Vino de Castilla y León,

Resuelvo:

Primero.- Continuar el procedimiento para la tramitación de la solicitud de modificación del Pliego de condiciones de la DOP "TORO", presentada por el Consejo Regulador el 30 de marzo de 2020, una vez comprobado que se cumplen las condiciones y requisitos establecidos en el Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, así como en los Reglamentos Delegado (UE) 2019/33 y de Ejecución (UE) 2019/34 de la Comisión, de 17 de octubre de 2018, por el que se completa y establecen disposiciones de aplicación, respectivamente, del primero, en los que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de protección y de modificación de las denominaciones de origen e indicaciones geográficas protegidas de productos vitivinícolas, así como en el resto de normativa aplicable.

Segundo.- Dar publicidad a la presente resolución ordenando la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la solicitud de modificación del Pliego de condiciones de la DOP "TORO" y, al objeto de iniciar el procedimiento nacional de oposición, incluir la dirección de la página web oficial donde se encuentra el Pliego de condiciones modificado, todo ello conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre.

En el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución, cualquier persona, física o jurídica, que esté establecida o resida legalmente en España, cuyos legítimos intereses considere afectados, puede oponerse al registro pretendido mediante la presentación de la correspondiente declaración de oposición dirigida a la Dirección General del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León, en carretera de Burgos, kilómetro 119, finca Zamadueñas, 47071 Valladolid.

El Pliego de condiciones y el Documento único modificados pueden consultarse en la siguiente dirección electrónica:

http://www.itacyl.es/calidad-diferenciada/dop-e-igp/listado-dop-vinicas

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural en el plazo de un mes, a contar desde el siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Valladolid, 18 de abril de 2020.- El Director General, Jorge Llorente Cachorro.



Datos oficiales del departamento Comunidad de Castilla y León

Resolución de la Dirección General del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León por la que se da continuidad al procedimiento y se hace pública la solicitud de modificación normal del Pliego de Condiciones de la DOP "TORO".

"Resolución de la Dirección General del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León por la que se da continuidad al procedimiento y se hace pública la solicitud de modificación normal del Pliego de Condiciones de la DOP "TORO"." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-B-2020-12934 publicado el 23 abril 2020

ID de la publicación: BOE-B-2020-12934
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 5
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 23 abril 2020
Fecha Pub: 20200423
Fecha última actualizacion: 23 abril, 2020
Numero BORME 113
Seccion: 5
Departamento: Comunidad de Castilla y León
Numero de anuncio: A200016482
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 23 abril 2020
Letra: B
Pagina de inicio: 17100
Pagina final: 17101




Publicacion oficial en el BOE número 113 - BOE-B-2020-12934


Publicacion oficial en el BOE-B-2020-12934 de Resolución de la Dirección General del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León por la que se da continuidad al procedimiento y se hace pública la solicitud de modificación normal del Pliego de Condiciones de la DOP "TORO".


Descargar PDF oficial BOE-B-2020-12934 AQUÍ



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