Resolución de 22 de diciembre de 2009, de la Dirección General de Industria, de la Consejería de Economía y Empleo, por la que se reconoce a Inzamac Asistencias Técnicas, S.A. como organismo de control autorizado.





Antecedentes de hecho






Orden del día 15 marzo 2010

Antecedentes de hecho

Primero.–Con fecha 18 de diciembre de 2009, don Diego Rodríguez Bollón, en representación de la sociedad «Inzamac Asistencias Técnicas, Sociedad Anónima», con domicilio social en polígono industrial La Hiniesta, c/ Alto de la Albillera, n.º 7-8, 49029 (Zamora) con CIF A 49175243, solicita, ante la Dirección General de Industria de la Junta de Castilla y León, autorización de actividad de la sociedad «Inzamac Asistencias Técnicas, S.A.», como organismo de Control Autorizado en varios ámbitos reglamentarios.

Segundo.–Aporta la acreditación número OC-I/107, otorgada por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC), de fecha 6 de noviembre de 2009 y su anexo técnico revisión 1.

Fundamentos de Derecho

Primero.–Es competente esta Dirección General de Industria, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 14/2007 de 30 de noviembre, de reforma del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, y el Decreto 72/2007 por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Economía y Empleo.

Segundo.–En la documentación presentada se acredita que la empresa cumple las exigencias generales establecidas en el del Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial, aprobado por el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre.

Vista la propuesta del Servicio de Reglamentación y Seguridad Industrial, esta Dirección General de Industria resuelve:

Primero.–Autorizar a la sociedad «Inzamac Asistencias Técnicas», Sociedad Anónima, en la Comunidad de Castilla y León, para su actuación como Organismo de Control Autorizado en los ámbitos reglamentarios de:

Instalaciones eléctricas de baja tensión (R.D. 842/2002, Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión).

Instalaciones térmicas en edificios (R.D. 1027/2007, Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios).

Según el anexo técnico Rev.1 y posteriores, para los que no sea exigible nueva resolución, por modificación del campo normativo, correspondiente a la acreditación OC-I/083.

Segundo.–Esta autorización poseerá validez mientras se mantenga en vigor la acreditación otorgada por ENAC, debiendo presentar periódicamente la entidad autorizada la documentación justificativa.

Tercero.–Para la actuación en los campos reglamentarios citados dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, la entidad autorizada cumplirá fielmente lo establecido en el Real Decreto 2200/1995, mantendrá actualizados los datos existentes en la Dirección General de Industria, referentes a instalaciones, medios materiales, personal técnico, etc., aportará trimestralmente las inspecciones realizadas en el soporte informático que se establezca en cada caso, y así mismo atenderá las especificaciones que dicte el Servicio de Reglamentación y Seguridad Industrial para el mejor funcionamiento de las relaciones con la Administración.

Cuarto.–Cualquier variación de las condiciones y requisitos que sirvieron de base para la presente autorización, deberá comunicarse al día siguiente de producirse a la Dirección General de Industria de la Comunidad de Castilla y León.

Contra la presente Resolución que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada, ante la Excma. Sra. Viceconsejera de Economía en el plazo de un mes, a partir del día siguiente de la recepción de la notificación de esta Resolución conforme a lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Valladolid, 22 de diciembre de 2009.–El Director General de Industria, Carlos Martín Tobalina.



Datos oficiales del departamento Comunidad de Castilla y León

Resolución de 22 de diciembre de 2009, de la Dirección General de Industria, de la Consejería de Economía y Empleo, por la que se reconoce a Inzamac Asistencias Técnicas, S.A. como organismo de control autorizado.

"Resolución de 22 de diciembre de 2009, de la Dirección General de Industria, de la Consejería de Economía y Empleo, por la que se reconoce a Inzamac Asistencias Técnicas, S.A. como organismo de control autorizado." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2010-4394 publicado el 15 marzo 2010

ID de la publicación: BOE-A-2010-4394
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 15 marzo 2010
Fecha Pub: 20100315
Fecha última actualizacion: 15 marzo, 2010
Numero BORME 64
Seccion: 3
Departamento: Comunidad de Castilla y León
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 15 marzo 2010
Letra: A
Pagina de inicio: 26076
Pagina final: 26077




Publicacion oficial en el BOE número 64 - BOE-A-2010-4394


Publicacion oficial en el BOE-A-2010-4394 de Resolución de 22 de diciembre de 2009, de la Dirección General de Industria, de la Consejería de Economía y Empleo, por la que se reconoce a Inzamac Asistencias Técnicas, S.A. como organismo de control autorizado.


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