Contenidos de la Comunidad de Castilla y León Resolución de 21 de marzo de 2007, de la Secretaría General de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se publica el Acuerdo de la Junta de Castilla y León por el que se declara bien de interés cultural, con categoría de monumento, el Convento de San Agustín, en Madrigal de Las Altas Torres (Ávila). del 20070424
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Orden del día 24 abril 2007
El Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León, en su reunión del día 22 de febrero de 2007, acuerda declarar el «Convento de San Agustín» en el municipio de Madrigal de las Altas Torres (Ávila), como Bien de Interés Cultural, con categoría de Monumento. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho Acuerdo que figura como anexo de esta Resolución.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Valladolid, 21 de marzo de 2007.-El Secretario General de la Consejería de Cultura y Turismo, José Rodríguez Sanz-Pastor.
El Convento, situado extramuros de la villa de Madrigal de las Altas Torres (Ávila), fue fundado en 1353, según privilegio de Alfonso XI, como Convento de Monjas ligado a la Corte, pasando su propiedad a los Padres Agustinos como Convento de San Agustín. Fue reedificado en el último tercio del siglo XVI, en estilo herreriano, bajo el patrocinio de don Gaspar de Quiroga, Cardenal y Arzobispo de Toledo, siendo arquitecto Nicolás de Vergara el Mozo. La Dirección General de Patrimonio y Bienes Culturales, por resolución de 9 de diciembre de 2003 acordó incoar procedimiento para la declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de monumento, al Convento de San Agustín, en Madrigal de las Altas Torres (Ávila) De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11.2 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, las Universidades de Valladolid y S.E.K. de Segovia informaron favorablemente la pretendida declaración. Cumplidos los trámites preceptivos de información pública y trámite de audiencia, dentro del plazo concedido al efecto no se presentan alegaciones al expediente. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12.1 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, la Consejera de Cultura y Turismo ha propuesto declarar Bien de Interés Cultural dicho inmueble, con la categoría de monumento, y a tal efecto ha hecho constar que se han cumplimentado los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente, acompañando un extracto de éste en el que constan los datos necesarios para la declaración y los documentos gráficos correspondientes. En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta de la Consejera de Cultura y Turismo, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 22 de febrero de 2007, adopta el siguiente acuerdo:
Primero.-Se declara el Convento de San Agustín de Madrigal de las Altas Torres (Ávila), Bien de Interés Cultural con categoría de Monumento
Segundo.-Delimitación del entorno de protección:
La zona afectada por la delimitación es la formada por el área incluida en el perímetro trazado por las líneas que a continuación se relacionan, así como sus espacios públicos y parcelas que den frente a ellos.
Norte: Línea definida por el antiguo colector de abastecimiento de agua que transcurre de forma sensiblemente paralela a la fachada del Convento. Este: Línea paralela a la fachada principal del Convento a una distancia de 100 m., desde su encuentro con el colector de abastecimiento de aguas, hasta encontrarse con el límite sur. Sur: Línea paralela a la fachada lateral del Convento a una distancia de 100 m., desde su encuentro con el límite Este, hasta encontrarse con el límite oeste. Oeste: Línea paralela a la fachada trasera del Convento a una distancia de 100 m., desde su encuentro con el límite sur, hasta encontrarse con el colector de abastecimiento de aguas. Motivación
Se delimita un entorno de protección, como el espacio visual y ambiental inmediato, en el que cualquier intervención que se realice puede suponer una alteración de las condiciones de percepción del monumento o de su propio carácter y significado.
La zona afectada por la declaración, es la que consta en el plano y demás documentación que obra en el expediente tramitado.
Contra este Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante la Junta de Castilla y León en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Si se optara por la interposición del recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa o presunta de aquél.
Valladolid, a 22 de febrero de 2007.-El Presidente de la Junta de Castilla y Leon, Juan Vicente Herrera Campo.-La Consejera de Cultura y Turismo, Silvia Clemente Municio.
Datos oficiales del departamento Comunidad de Castilla y León
Resolución de 21 de marzo de 2007, de la Secretaría General de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se publica el Acuerdo de la Junta de Castilla y León por el que se declara bien de interés cultural, con categoría de monumento, el Convento de San Agustín, en Madrigal de Las Altas Torres (Ávila).
"Resolución de 21 de marzo de 2007, de la Secretaría General de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se publica el Acuerdo de la Junta de Castilla y León por el que se declara bien de interés cultural, con categoría de monumento, el Convento de San Agustín, en Madrigal de Las Altas Torres (Ávila)." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2007-8573 publicado el 24 abril 2007
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 24 abril 2007
Fecha Pub: 20070424
Fecha última actualizacion: 24 abril, 2007
Seccion: 3
Departamento: Comunidad de Castilla y León
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 24 abril 2007
Letra: A
Pagina de inicio: 18062
Pagina final: 18063
Publicacion oficial en el BOE número 98 - BOE-A-2007-8573
Publicacion oficial en el BOE-A-2007-8573 de Resolución de 21 de marzo de 2007, de la Secretaría General de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se publica el Acuerdo de la Junta de Castilla y León por el que se declara bien de interés cultural, con categoría de monumento, el Convento de San Agustín, en Madrigal de Las Altas Torres (Ávila).
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