Ley 2/2005, de 20 de mayo, de modificación de la disposición transitoria segunda de la Ley 1/2004, de 21 de octubre, del Consejo Consultivo.





EL PRESIDENTE DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS






Orden del día 12 julio 2005

EL PRESIDENTE DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Sea notorio que la Junta General del Principado de Asturias ha aprobado, y yo en nombre de Su Majestad el Rey, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.2 del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, vengo a promulgar la siguiente Ley de modificación de la disposición transitoria segunda de la Ley del Principado de Asturias 1/2004, de 21 de octubre, del Consejo Consultivo.

PREÁMBULO

Ello hace necesaria la modificación de la citada Disposición Transitoria Segunda para adecuar el marco legal a las exigencias de la realidad e impedir que puedan producirse dilaciones o paralizaciones de los expedientes que vayan a entrar dentro del ámbito competencial del Consejo Consultivo del Principado de Asturias. De este modo, en aras a garantizar la seguridad jurídica y a evitar perjuicios a terceros, corresponde fijar un nuevo plazo para el comienzo del ejercicio de la función consultiva por parte del Consejo Consultivo del Principado de Asturias.

Artículo único.

Se modifica la Disposición Transitoria Segunda de la Ley del Principado de Asturias 1/2004, de 21 de octubre, del Consejo Consultivo, que queda redactada de la siguiente forma: «El Consejo Consultivo del Principado de Asturias comenzará a ejercer su función consultiva el día 2 de noviembre de 2005, momento a partir del cual se sustanciarán ante el mismo las consultas a las que se refieren los artículos 13 y 14 de esta Ley.»

Disposición final.

La presente Ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a quienes sea de aplicación esta Ley coadyuven a su cumplimiento, así como a todos los Tribunales y Autoridades que la guarden y la hagan guardar.

Oviedo, 20 de mayo de 2005.

VICENTE ÁLVAREZ ARECES, Presidente

(Publicada en el «Boletín Oficial del Principado de Asturias» número 118, de 24 de mayo de 2005)



Datos oficiales del departamento Comunidad Autónoma del Principado de Asturias

Ley 2/2005, de 20 de mayo, de modificación de la disposición transitoria segunda de la Ley 1/2004, de 21 de octubre, del Consejo Consultivo.

"Ley 2/2005, de 20 de mayo, de modificación de la disposición transitoria segunda de la Ley 1/2004, de 21 de octubre, del Consejo Consultivo." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2005-11970 publicado el 12 julio 2005

ID de la publicación: BOE-A-2005-11970
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 1
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 12 julio 2005
Fecha Pub: 20050712
Fecha última actualizacion: 12 julio, 2005
Numero BORME 165
Seccion: 1
Departamento: Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 12 julio 2005
Letra: A
Pagina de inicio: 24717
Pagina final: 24717




Publicacion oficial en el BOE número 165 - BOE-A-2005-11970


Publicacion oficial en el BOE-A-2005-11970 de Ley 2/2005, de 20 de mayo, de modificación de la disposición transitoria segunda de la Ley 1/2004, de 21 de octubre, del Consejo Consultivo.


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