Ley 10/2005, de 30 de septiembre, por la que se modifica parcialmente la Ley 6/1997, de 18 de julio, reguladora del Consejo Económico y Social de La Rioja.





EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA






Orden del día 21 octubre 2005

EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA

Sepan todos los ciudadanos que el Parlamento de La Rioja ha aprobado, y yo, en nombre de su Majestad el Rey y de acuerdo con el que establece la Constitución y el Estatuto de Autonomía, promulgo la siguiente Ley.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Se conseguía a través de la citada norma hacer efectiva la participación socioeconómica de los agentes sociales y económicos con un origen consensuado y ampliando la representatividad de los diferentes sectores sociales. El transcurso de los casi ocho años de funcionamiento del Consejo Económico y Social, en los que el trabajo desarrollado ha sido intenso y ha ido creciendo al mismo ritmo que lo hacían las transferencias asumidas por el Gobierno de la Comunidad Autónoma de La Rioja, han aconsejado dotar al Consejo Económico y Social de un Secretario que actúe ejerciendo las competencias que le son propias con un carácter más profesional.

El Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de La Rioja, aprobado por Ley Orgánica 3/1982, de 9 de junio, atribuye a la Comunidad la competencia exclusiva en materia de organización, estructura, régimen y funcionamiento de sus instituciones de autogobierno, así como en materia de procedimiento administrativo derivado de las especialidades de la organización propia de La Rioja (artículo 8.uno.1 y 2). Igualmente corresponde a la Comunidad Autónoma la creación y estructuración de su propia Administración publica dentro de los principios generales y normas básicas del Estado, conforme a lo previsto en el artículo 26.uno. En base a ello, y al amparo del artículo 54.cuatro del mismo cuerpo legal, la Comunidad Autónoma de La Rioja queda facultada para constituir o participar en instituciones que fomenten la ocupación y el desarrollo económico y social, en el marco de sus competencias.

Se modifican por ello, a través de la presente Ley, los artículos 5, 11, 14 y 15 de la Ley 6/1997, de 18 de julio, en lo que respecta a las funciones del Consejo en materia de elección, nombramiento y separación del Secretario, la composición del Consejo y las competencias del Pleno.

Artículo único. La Ley 6/1997, de 18 de julio, Reguladora del Consejo Económico y Social de La Rioja, se modifica en los siguientes términos.

Primero.

Se añade un apartado 3 al artículo 5:

Segundo.

Se añade una nueva competencia en la letra c) del artículo 11, quedando este artículo redactado de la siguiente manera:

Tercero. 

El artículo 14 queda redactado de la siguiente forma:

Cuarto.

El apartado 5 del artículo 15 pasa a tener la siguiente redacción:

«5. El personal del Consejo Económico y Social quedará vinculado a éste por una relación sujeta al derecho laboral. Su selección, a excepción del personal directivo, se hará mediante convocatoria pública y de acuerdo con los sistemas basados en los principios de igualdad, mérito y capacidad y, en ningún caso, tendrá la consideración de personal al servicio de las Administraciones Públicas.»

Disposición derogatoria.

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en esta Ley.

Disposición final única.

La presente Ley entrará en vigor en el plazo de veinte días, desde su publicación en el «Boletín Oficial de La Rioja».

Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos cumplan y cooperen al cumplimiento de la presente Ley y a los Tribunales y Autoridades la hagan cumplir.

Logroño, 30 de septiembre de 2005.–El Presidente, Pedro Sanz Alonso.

(Publicada en el «Boletín Oficial de la Rioja» número 132, de 6 de octubre de 2005)



Datos oficiales del departamento Comunidad Autónoma de La Rioja

Ley 10/2005, de 30 de septiembre, por la que se modifica parcialmente la Ley 6/1997, de 18 de julio, reguladora del Consejo Económico y Social de La Rioja.

"Ley 10/2005, de 30 de septiembre, por la que se modifica parcialmente la Ley 6/1997, de 18 de julio, reguladora del Consejo Económico y Social de La Rioja." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2005-17347 publicado el 21 octubre 2005

ID de la publicación: BOE-A-2005-17347
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 1
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 21 octubre 2005
Fecha Pub: 20051021
Fecha última actualizacion: 24 octubre, 2019
Numero BORME 252
Seccion: 1
Departamento: Comunidad Autónoma de La Rioja
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 21 octubre 2005
Letra: A
Pagina de inicio: 34395
Pagina final: 34396




Publicacion oficial en el BOE número 252 - BOE-A-2005-17347


Publicacion oficial en el BOE-A-2005-17347 de Ley 10/2005, de 30 de septiembre, por la que se modifica parcialmente la Ley 6/1997, de 18 de julio, reguladora del Consejo Económico y Social de La Rioja.


Descargar PDF oficial BOE-A-2005-17347 AQUÍ



Dejar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *