Contenidos de la Comunidad Autónoma de Galicia Ley 6/2005, de 7 de diciembre, por la que se modifica la Ley 3/1993, de 16 de abril, de las aparcerías y de los arrendamientos rústicos históricos de Galicia. del 20060119
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Orden del día 19 enero 2006
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Ley 3/1993, de 16 de abril, regula el régimen jurídico de las aparcerías y arrendamientos rústicos históricos de Galicia, entendiendo por tales aquéllos que se pactaron con anterioridad a agosto de 1942, sea cual fuese su procedencia jurídica inicial, componiendo en su conjunto una institución histórica propia de Galicia.
Dicha ley establecía la vigencia para estos contratos hasta el 31 de diciembre de 2005.
La necesidad de proceder a esta prórroga se deriva de que, pese a que las medidas contempladas en la Ley 3/1993, de 16 de abril, hicieron posible desde el año 1993 al 2004 el acceso a la propiedad de 271 aparceros o aparceras y arrendatarios o arrendatarias rústicos históricos, en la actualidad existe un número considerable de ellos que han manifestado a lo largo de estos años su intención de acogerse a estas ayudas, que, por diversas causas, como la lentitud en llegar al acuerdo mutuo entre ambas partes o por estar incursos en la vía judicial para el reconocimiento de la preceptiva consideración como aparcería o arrendamiento rústico histórico, continúan pendientes de poder acceder a la propiedad.
La base competencial aparece reconocida en el artículo 149.1.8.º de la Constitución, que estima que corresponde a las comunidades autónomas la conservación, modificación y desarrollo de los derechos civiles forales o especiales, allí donde existan, y también en el artículo 27.4 del Estatuto de autonomía de Galicia, que declara la competencia sobre la conservación, modificación y desarrollo de las instituciones del derecho civil gallego.
Por todo lo expuesto, el Parlamento de Galicia aprobó y yo, de conformidad con el artículo 13.2 del Estatuto de Galicia y con el artículo 24 de la Ley 1/1983, de 23 de febrero, reguladora de la Xunta y de su presidente, promulgo en nombre del Rey, la Ley por la que se modifica la Ley 3/1993, de 16 de abril, de las aparcerías y arrendamientos rústicos históricos de Galicia.
Artículo único.
Se modifica el párrafo primero del artículo 5.1 de la Ley 3/1993, de 16 de abril, de las aparcerías y arrendamientos rústicos históricos de Galicia, que quedará redactado de la siguiente forma:
Disposición adicional única.
Serán de aplicación a las instituciones reguladas en la presente ley las disposiciones establecidas en la Ley 3/1993, de 16 de abril, así como su normativa de desarrollo.
Disposición final primera.
Se faculta al Consello de la Xunta para dictar cuantas disposiciones sean precisas para el desarrollo y ejecución de la presente ley.
Disposición final segunda.
La presente ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 7 de diciembre de 2005.–El Presidente, Emilio Pérez Touriño.
(Publicada en el «Diario Oficial de Galicia» número 244, de 22 de diciembre de 2005)
Datos oficiales del departamento Comunidad Autónoma de Galicia
Ley 6/2005, de 7 de diciembre, por la que se modifica la Ley 3/1993, de 16 de abril, de las aparcerías y de los arrendamientos rústicos históricos de Galicia.
"Ley 6/2005, de 7 de diciembre, por la que se modifica la Ley 3/1993, de 16 de abril, de las aparcerías y de los arrendamientos rústicos históricos de Galicia." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2006-758 publicado el 19 enero 2006
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 1
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 19 enero 2006
Fecha Pub: 20060119
Fecha última actualizacion: 19 enero, 2006
Seccion: 1
Departamento: Comunidad Autónoma de Galicia
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 19 enero 2006
Letra: A
Pagina de inicio: 2306
Pagina final: 2307
Publicacion oficial en el BOE número 16 - BOE-A-2006-758
Publicacion oficial en el BOE-A-2006-758 de Ley 6/2005, de 7 de diciembre, por la que se modifica la Ley 3/1993, de 16 de abril, de las aparcerías y de los arrendamientos rústicos históricos de Galicia.
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