Resolución de 22 de junio de 2005, de la Dirección General de Industria, de la Consejería de Industria, Trabajo y Desarrollo Tecnológico, por la que se concede la autorización de modelo para su uso e instalación en la red del contador estático combinado de clase 1 para energía activa y 2 para la reactiva, monofásico, conexión directa, marca Enel, modelo Gist.





Antecedentes de Hecho

Contenidos de la Comunidad Autónoma de Cantabria Resolución de 22 de junio de 2005, de la Dirección General de Industria, de la Consejería de Industria, Trabajo y Desarrollo Tecnológico, por la que se concede la autorización de modelo para su uso e instalación en la red del contador estático combinado de clase 1 para energía activa y 2 para la reactiva, monofásico, conexión directa, marca Enel, modelo Gist. del 20050906







Orden del día 06 septiembre 2005

Antecedentes de Hecho

Primero.-Con fecha 26 de mayo de 2005, D. Jesús Herrero Alonso formula solicitud, en representación de Electra de Viesgo Distribución, S. L., con domicilio social en la calle Medio, 12, de Santander, inscrita en el Registro de Control Metrológico con el número 06-E-001, para la autorización de modelo para su uso e instalación en la red del contador estático combinado de clase 1 para la energía activa y 2 para la reactiva, marca Enel, modelo Gist. Segundo.-Junto con la solicitud se presenta:

Memoria técnica descriptiva del contador monofásico Gist, suscrita por el Ingeniero Industrial D. Jesús González Torre, visada por el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Cantabria con el número 688/2005, de fecha 6 de mayo de 2005.

Fundamentos de derecho

Primero.-La Ley Orgánica 8/81, de 30 de diciembre, por la que se aprueba el Estatuto de Autonomía para Cantabria, establece en su artículo 26, punto 6, que esta Comunidad es competente para la ejecución de la Legislación del Estado en materia de pesas y medidas, el Real Decreto 1903/1996, de 2 de agosto, regula el traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado, en materia de Industria, Energía y Minas, encomendándole en su Anexo, apartado I, punto 2 b), la asunción de tal competencia y el artículo 2 del Decreto 99/1996, de 26 de septiembre por el que se regula el ejercicio de las competencias transferidas atribuye a la Dirección General de Industria su ejercicio. Segundo.-El Real Decreto 1433/2002, de 27 de diciembre, por el que se establecen los requisitos de medida en baja tensión de consumidores y centrales de producción en Régimen Especial establece en su artículo 5.6 que los contadores combinados deben obtener la autorización de modelo para su uso e instalación en la red otorgada por el órgano competente de la Comunidad Autónoma. Tercero.-Del examen de la documentación que consta en el expediente, se desprende que se ha seguido el procedimiento y cumplido los requisitos determinados en la normativa precitada.

Vistos los preceptos legales citados y demás normas de pertinente y legal aplicación, esta Dirección General de Industria, con el informe del Servicio de Inspección y Seguridad, en uso de sus atribuciones, resuelve:

Primero.-Autorizar el modelo para su uso e instalación en la red del contador estático combinado de clase 1 para la energía activa y 2 para la reactiva, trifásico, conexión directa, marca Enel, modelo Gist.

Las denominaciones y características del sistema son:

Marca: Enel.

Modelo: Gist.

Características técnicas del contador.

Tipo de contador: trifásico interior. Número de hilos: 4. Tipo de conexión: directa. Clase de precisión. 1 para energía activa, según UNE EN 61.036 y 2 en reactiva, según UNE EN 61.268. Intensidad de base, In: 5 A. Intensidad máxima Imax: 60 A. Tensión de referencia: 3x230 V /400 V. Frecuencia de referencia: 50 Hz. Temperatura de referencia: 23 ºC. Intervalo de temperatura de funcionamiento: -25 ºC a + 70 ºC. Características del interruptor Tipo de interruptor: modular para instalación sobre guía DIN. Número de polos: 4. Corriente nominal: 63 A. Tensión nominal: 400 V. Poder de cortocircuito nominal: 2 kA. Telecontrolable: sólo en apertura.

Cuando el sistema se instale en la centralización de contadores, el interruptor sólo desempeñará funciones de protección del contador. Si se coloca en el local o vivienda del consumidor podrá desempeñar funciones de limitador de corrientes o interruptor de control de potencia (ICP), conforme determina el artículo 93.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

Segundo.-Los instrumentos correspondientes a la autorización de modelo para su uso e instalación en la red a que se refiere la presente Resolución deberán cumplir todos los condicionamientos contenidos en el Anexo Técnico del Certificado de Autorización de modelo para su Uso e Instalación en la Red. Tercero.-Previo a su instalación, los sistemas contador-interruptor objeto de la presente Resolución tendrán que superar el control de verificación en origen, realizado por un verificador de medidas eléctricas oficialmente autorizado, justificando el mismo mediante la colocación de los precintos de garantía y las etiquetas identificativas según se describe y representa en los planos contenidos en el Anexo Técnico del Certificado de Autorización de Modelo para su Uso e Instalación en la Red. Cuarto.-Esta autorización tiene carácter provisional, debiendo el solicitante obtener la aprobación de modelo correspondiente en el plazo de un año desde la entrada en vigor del Reglamento metrológico específico de aprobación de modelo, sin perjuicio de obtener las prórrogas que esta Dirección General estime oportunas. Quinto.-Esta autorización de modelo se otorga por un plazo de validez de cinco años, renovable sucesivamente, previa solicitud presentada por el titular de la misma tres meses antes de la fecha de vencimiento.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer Recurso de Alzada, ante el Consejero de Industria, Trabajo y Desarrollo Tecnológico, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria, de conformidad con los dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/92 para el Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE 27-11-92), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE 14-1-1999).

Santander, 22 de junio de 2005.-El Director General, Pedro Obregón Cagigas.



Datos oficiales del departamento Comunidad Autónoma de Cantabria

Resolución de 22 de junio de 2005, de la Dirección General de Industria, de la Consejería de Industria, Trabajo y Desarrollo Tecnológico, por la que se concede la autorización de modelo para su uso e instalación en la red del contador estático combinado de clase 1 para energía activa y 2 para la reactiva, monofásico, conexión directa, marca Enel, modelo Gist.

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ID de la publicación: BOE-A-2005-14920
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 06 septiembre 2005
Fecha Pub: 20050906
Fecha última actualizacion: 24 octubre, 2019
Numero BORME 213
Seccion: 3
Departamento: Comunidad Autónoma de Cantabria
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 06 septiembre 2005
Letra: A
Pagina de inicio: 30320
Pagina final: 30321




Publicacion oficial en el BOE número 213 - BOE-A-2005-14920


Publicacion oficial en el BOE-A-2005-14920 de Resolución de 22 de junio de 2005, de la Dirección General de Industria, de la Consejería de Industria, Trabajo y Desarrollo Tecnológico, por la que se concede la autorización de modelo para su uso e instalación en la red del contador estático combinado de clase 1 para energía activa y 2 para la reactiva, monofásico, conexión directa, marca Enel, modelo Gist.


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