Contenidos de la Comunidad Autónoma de Canarias Ley 10/2007, de 13 de abril, de modificación del artículo 61 de la Ley 12/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2007. del 20070524
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Orden del día 24 mayo 2007
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Canarias ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 12.8 del Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la Ley 10/2007, de 13 de abril, de modificación del artículo 61 de la ley 12/2006, de 28 de diciembre, de presupuestos generales de la comunidad autónoma de canarias para 2007.
PREÁMBULO
La Ley 12/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2007, establece, en el apartado 2 del artículo 61, los posibles destinatarios de los avales que la Administración Pública de la Comunidad Autónoma puede prestar durante el ejercicio 2007, dentro del límite que impone el apartado 1 del mismo artículo.
Artículo 1.
El artículo 61.1 de la Ley 12/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2007, quedará redactado de la siguiente manera:
«1. La Administración de la Comunidad Autónoma puede prestar avales durante el ejercicio 2007 para las operaciones de crédito exterior o interior que se concreten con las entidades financieras, hasta un importe máximo de 35.000.000 de euros.»
Artículo 2.
Se añade una nueva letra c) al artículo 61.2 de la Ley 12/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2007:
«c) A empresas de cualquier tamaño cuya actividad sea la prestación de servicios de comedores escolares públicos y provisión de comidas preparadas, por un importe máximo de 20.000.000 de euros, con el objeto de garantizar operaciones de crédito o préstamo destinadas tanto al salvamento como a la reestructuración de empresas en crisis, entendida como parte de un plan destinado a restablecer la viabilidad a largo plazo de la empresa, y en el que se contemple la refinanciación o pago de las deudas asumidas por dichas empresas, con excepción de las deudas correspondientes a las empresas del mismo grupo de sociedades en el sentido del artículo 16 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, con las condiciones siguientes: 1.º La Comunidad Autónoma de Canarias avalará subsidiariamente las obligaciones contraídas por estas empresas en virtud de las operaciones de crédito o préstamo garantizadas, sin renuncia al beneficio de excusión a que se refiere el artículo 1.830 y siguientes del Código Civil.
2.º La empresa avalada deberá constituir garantía suficiente por cualquiera de los medios admitidos en Derecho, incluidas costas y gastos, a favor de la Comunidad Autónoma de Canarias. Si actualmente no fuera suficiente responderá del cumplimiento de la obligación garantizada con sus bienes futuros. 3.º El procedimiento para la autorización del aval deberá iniciarse en el ejercicio 2007 pudiendo, si fuere necesario, suscribirse durante el año 2008, tanto la formalización como las operaciones de crédito o préstamo sobre las que recaiga el mismo.»
Disposición final primera.
Se autoriza al Gobierno para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo de la presente ley.
Disposición final segunda.
La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Por tanto, mando a los ciudadanos y a las autoridades que la cumplan y la hagan cumplir.
Santa Cruz de Tenerife, 13 de abril de 2007.-El Presidente, Adán Martín Menis.
(Publicada en el Boletín Oficial de Canarias n.º 77, de 18 de abril de 2007)
Datos oficiales del departamento Comunidad Autónoma de Canarias
Ley 10/2007, de 13 de abril, de modificación del artículo 61 de la Ley 12/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2007.
"Ley 10/2007, de 13 de abril, de modificación del artículo 61 de la Ley 12/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2007." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2007-10412 publicado el 24 mayo 2007
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 1
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 24 mayo 2007
Fecha Pub: 20070524
Fecha última actualizacion: 24 mayo, 2007
Seccion: 1
Departamento: Comunidad Autónoma de Canarias
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 24 mayo 2007
Letra: A
Pagina de inicio: 22382
Pagina final: 22383
Publicacion oficial en el BOE número 124 - BOE-A-2007-10412
Publicacion oficial en el BOE-A-2007-10412 de Ley 10/2007, de 13 de abril, de modificación del artículo 61 de la Ley 12/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2007.
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