Resolución de 13 de abril de 2015, de la Presidencia de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se delegan competencias en el Secretario del Consejo.





La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, prevé que su título I, dedicado a las obligaciones de transparencia en la actividad pública, entrará en vigor transcurrido un año desde su publicación, esto es, el 10 de diciembre de 2014. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia es sujeto obligado de esta norma en virtud de lo dispuesto en su artículo 2.1.c).






Orden del día 17 abril 2015

La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, prevé que su título I, dedicado a las obligaciones de transparencia en la actividad pública, entrará en vigor transcurrido un año desde su publicación, esto es, el 10 de diciembre de 2014. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia es sujeto obligado de esta norma en virtud de lo dispuesto en su artículo 2.1.c).

Entre las nuevas obligaciones asumidas por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia en virtud de la Ley 19/2013 se encuentra la de atender las solicitudes de acceso a información pública de los ciudadanos.

La presente delegación de competencias tiene por finalidad adaptarse a las nuevas actuaciones que deberán llevarse a cabo para organizar la gestión de estas solicitudes y garantizar que sean debidamente atendidas en tiempo y forma. Con la presente delegación se pretende identificar un órgano para el ejercicio de la competencia de resolución de las solicitudes de acceso a la información pública de los ciudadanos para facilitar un marco claro de actuación que favorezca la celeridad, eficacia y eficiencia en el desempeño de las tareas que esta Comisión tiene encomendadas.

Esta Presidencia acuerda:

Primero.

Delegar en el Secretario del Consejo de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia la resolución de las solicitudes de acceso a la información pública presentadas al amparo de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Segundo.

El titular de la Secretaría del Consejo informará trimestralmente al Presidente de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia sobre el ejercicio de las competencias delegadas.

Tercero.

Publicar en el «Boletín Oficial del Estado» la presente resolución que entrará en vigor al día siguiente al de su publicación.

Madrid 13 de abril de 2015.–El Presidente de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, José María Marín Quemada.



Datos oficiales del departamento Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia

Resolución de 13 de abril de 2015, de la Presidencia de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se delegan competencias en el Secretario del Consejo.

"Resolución de 13 de abril de 2015, de la Presidencia de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se delegan competencias en el Secretario del Consejo." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2015-4207 publicado el 17 abril 2015

ID de la publicación: BOE-A-2015-4207
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 17 abril 2015
Fecha Pub: 20150417
Fecha última actualizacion: 17 abril, 2015
Numero BORME 92
Seccion: 3
Departamento: Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 17 abril 2015
Letra: A
Pagina de inicio: 34005
Pagina final: 34005




Publicacion oficial en el BOE número 92 - BOE-A-2015-4207


Publicacion oficial en el BOE-A-2015-4207 de Resolución de 13 de abril de 2015, de la Presidencia de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se delegan competencias en el Secretario del Consejo.


Descargar PDF oficial BOE-A-2015-4207 AQUÍ



Dejar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *