Convocadas pruebas selectivas para el ingreso, por promoción horizontal, de personal laboral fijo, en la Escala de Auxiliares de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación, según Orden ECI/4508/2004, de 27 de diciembre (Boletín Oficial del Estado número 15, de 18 de enero de 2005) y finalizado el plazo de presentación de solicitudes al que se refiere la base 3.2 de la convocatoria,
Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas, acuerda lo siguiente:
Primero.-Declarar aprobadas las relaciones provisionales de aspirantes admitidos y excluidos, que se encuentran expuestas al público en los tablones de anuncios del Servicio de Información Administrativa del Ministerio de Educación y Ciencia, en las sedes de los Organismos Públicos de Investigación dependientes del mismo, en la Dirección General de la Función Pública, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, en las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas y en las Subdelegaciones del Gobierno. Podrán asimismo consultarse en la siguiente dirección de Internet: www.mec.es, así como en la página web de los siguientes Organismos: Consejo Superior de Investigaciones Científicas, Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, Instituto Español de Oceanografía e Instituto Geológico y Minero de España.
El Real Decreto 1913/1997, de 19 de diciembre, otorga la consideración de enseñanzas de régimen especial a aquellas enseñanzas que conducen a la obtención de los títulos de técnicos deportivos mencionadas en el artículo 55 de la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte. Asimismo, aprueba las directrices generales sobre los títulos y de las correspondientes enseñanzas comunes.
El citado real decreto, que se dictó sobre la base de la competencia que se atribuye al Gobierno en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, introduce las enseñanzas deportivas en el sistema educativo, tal y como queda recogido en el artículo 7.3 de la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación.
Una vez que por el citado real decreto se han fijado las directrices generales para el establecimiento de los títulos de los técnicos deportivos, procede que el Gobierno, previa consulta a las comunidades autónomas, establezca cada uno de los títulos correspondientes a las modalidades o especialidades deportivas reconocidas por el Consejo Superior de Deportes, fije sus respectivas enseñanzas comunes y determine los diversos aspectos de la ordenación académica que, sin perjuicio de las competencias atribuidas a las Administraciones educativas competentes en el establecimiento del currículo de estas enseñanzas de régimen especial, garanticen una formación básica común a todos los alumnos.
Este real decreto establece y regula los títulos de Técnico Deportivo en Baloncesto y de Técnico Deportivo Superior en Baloncesto y define, en términos de perfil profesional, las competencias más características de aquéllos. Igualmente, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1913/1997, de 19 de diciembre, se establece la duración total de las enseñanzas de cada título y la duración de los bloques y módulos formativos. También se especifican los requisitos académicos y profesionales del profesorado, las equivalencias de titulaciones a los efectos de docencia, las pruebas de carácter específico para el acceso a la formación y los requisitos mínimos de los centros que impartan estas enseñanzas.
El Real Decreto 1913/1997, de 19 de diciembre, y este real decreto crean la vía que permite mejorar la formación de los técnicos de la modalidad de baloncesto, lo que facilitará el proceso de reconocimiento de éstos por los Estados miembros de la Unión Europea, en la línea marcada por la Directiva 92/51/CEE del Consejo, de 18 de junio de 1992, y por la Directiva 89/48/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1988, que han sido objeto de transposición al ordenamiento interno español mediante los Reales Decretos 1665/1991, de 25 de octubre, y 1396/1995, de 4 de agosto.
Las enseñanzas comunes que regula este real decreto se han configurado para dotar a los alumnos de los conocimientos suficientes para permitirles el ejercicio competente de sus funciones. De acuerdo con este objetivo genérico, se pone el acento en conseguir una formación completa, con un equilibrio entre el carácter teórico y práctico, de manera que el proceso de formación se vincule a la realidad científico-técnica y social del baloncesto.
En la elaboración de este real decreto han sido consultadas las comunidades autónomas, el Consejo de Coordinación Universitaria y el Consejo Escolar del Estado.
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Educación y Ciencia, de acuerdo con el Consejo de Estado y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 4 de marzo de 2005,
D I S P O N G O :
Convocadas pruebas selectivas para el ingreso, por promoción interna, en la Escala de Técnicos Especialistas de Grado Medio de los Organismos Públicos de Investigación, según Orden ECI/4467/2004, de 15 de diciembre (Boletín Oficial del Estado número 11, de 13 de enero de 2005) y finalizado el plazo de presentación de solicitudes al que se refiere la base 3.2 de la convocatoria,
Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas, acuerda lo siguiente:
Primero.-Declarar aprobadas las relaciones provisionales de aspirantes admitidos y excluidos, que se encuentran expuestas al público en los tablones de anuncios del Servicio de Información Administrativa del Ministerio de Educación y Ciencia, en las sedes de los Organismos Públicos de Investigación dependientes del mismo, en la Dirección General de la Función Pública, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, en las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas y en las Subdelegaciones del Gobierno. Podrán asimismo consultarse en la siguiente dirección de Internet: www.mec.es, así como en la página web de los siguientes Organismos: Consejo Superior de Investigaciones Científicas, Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, Instituto Español de Oceanografía e Instituto Geológico y Minero de España.
Advertidos errores en el Anexo II de la Resolución de 22 de junio de 2004 (BOE de 5 de julio) por la que se concedían Menciones de Calidad a programas de doctorado de las Universidades españolas para el curso académico 2004-2005, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:
En la página 24802, segunda y tercera columnas encabezadas como «Referencia» y «Programa de Doctorado», líneas correspondientes a «Universidad Coordinadora»: Salamanca, se debe añadir una línea que debe decir «MCD2003-00245 - ANÁLISIS DEL DISCURSO Y SUS APLICACIONES».
Convocadas pruebas selectivas para el ingreso, por promoción interna, en la Escala de Ayudantes de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación, según Orden ECI/4466/2004, de 15 de diciembre (Boletín Oficial del Estado número 11, de 13 de enero de 2005) y finalizado el plazo de presentación de solicitudes al que se refiere la base 3.2 de la convocatoria,
Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas, acuerda lo siguiente:
Primero.-Declarar aprobadas las relaciones provisionales de aspirantes admitidos y excluidos, que se encuentran expuestas al público en los tablones de anuncios del Servicio de Información Administrativa del Ministerio de Educación y Ciencia, en las sedes de los Organismos Públicos de Investigación dependientes del mismo, en la Dirección General de la Función Pública, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, en las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas y en las Subdelegaciones del Gobierno. Podrán asimismo consultarse en la siguiente dirección de Internet: www.mec.es, así como en la página web de los siguientes Organismos: Consejo Superior de Investigaciones Científicas, Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, Instituto Español de Oceanografía, Instituto Geológico y Minero de España e Instituto de Salud Carlos III.