Ministerio de Educación y Ciencia

Orden ECI/1197/2008, de 7 de abril, por la que se publica la relación de los alumnos que han resultado beneficiarios de las ayudas de carácter especial denominadas Beca-Colaboración correspondientes al curso académico 2007-2008.

De conformidad con lo dispuesto en el apartado 3.c) del artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el artículo Undécimo de la Orden ECI/2007/2007, de 11 de junio (B.O.E. de 6 de julio), por la que se convocan las Becas Colaboración para el curso académico 2007-2008,

He ordenado la publicación de la relación de alumnos que figuran en el anexo y que han resultado beneficiarios de las ayudas de carácter especial denominadas Beca-Colaboración correspondientes al curso académico 2007-2008.

Resolución de 22 de febrero de 2008, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se convocan ayudas a asociaciones juveniles y a federaciones y confederaciones de estudiantes de ámbito nacional cuyo ámbito de actuación sea la Universidad.

El Ministerio de Educación y Ciencia es el Departamento de la Administración General del Estado encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia educativa, de universidades y de fomento y coordinación general de la investigación científica y la innovación tecnológica. De conformidad con el Real Decreto 1553/2004, de 25 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación y Ciencia, corresponden a la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, entre otras funciones, el fomento y la difusión del conocimiento generado en instituciones de enseñanza superior. Por otro lado, la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en su artículo 46.2 g) establece el derecho a asociarse de los estudiantes universitarios. Con el fin de alentar el desarrollo de las actividades de las asociaciones juveniles y federaciones y confederaciones de estudiantes cuyo campo de actuación sea la Universidad, los Presupuestos Generales del Estado han consignado una cantidad, que ha de distribuirse entre las mismas, para ayudarlas económicamente en los gastos necesarios para desarrollar actividades formativas, científicas y culturales dentro del ámbito universitario. En cumplimiento de lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril (Boletín Oficial del Estado número 113, de 12 de mayo) ha establecido las bases reguladoras generales para la concesión de este tipo de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva. En atención a lo expuesto y de conformidad con lo previsto en las normas citadas, procede iniciar el procedimiento de concesión de estas subvenciones mediante la presente convocatoria, por lo que previo informe de la Abogacía del Estado y de la Intervención Delegada en el Departamento, dispongo:

Primero. Objeto de las subvenciones.

Orden ECI/1175/2008, de 7 de abril, por la que se publica la relación de aspirantes que han superado las pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Investigadores Titulares de los Organismos Públicos de Investigación, convocadas por Orden ECI/2161/2007, de 26 de junio.

De acuerdo con lo dispuesto en el apartado decimoséptimo de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre (B.O.E. de 27 de noviembre), por la que se establecen las bases comunes que rigen los procesos selectivos para el ingreso o el acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado y de conformidad con lo previsto en el apartado uno del artículo 22 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los funcionarios Civiles de la Administración del Estado. Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.-Publicar la relación de aspirantes que han superado las pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Investigadores Titulares de los Organismos Públicos de Investigación, convocadas por Orden ECI/2161/2007, de 26 de junio (B.O.E. n.º 170, de 17 de julio) y que figura en el anexo I de esta Orden.

Resolución de 17 de marzo de 2008, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se conceden ayudas para la movilidad de alumnos en másteres oficiales para el curso académico 2007-2008.

Por Resolución de 26 de diciembre de 2007 (BOE de 18 de enero de 2008) de la Secretaría de Estado de Universidades e investigación, se concedieron ayudas para la movilidad de estudiantes en másteres oficiales para el curso académico 2007-2008 convocadas por Resolución de 7 de junio de 2007 (BOE de 20 de junio) de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación. Concluido el proceso de subsanación de las solicitudes y habiéndose detectado errores cuya corrección ha acreditado el cumplimiento de los requisitos de la Convocatoria por parte de los solicitantes y teniendo en cuenta lo acordado por la Comisión de Selección del programa de ayuda de la Modalidad B), Ayudas para la movilidad de profesores visitantes, he resuelto:

Primero.-Conceder las ayudas para la movilidad de estudiantes que se indican en el Anexo por los importes que se señalan para cada universidad, programa de máster y estudiante.

Resolución de 18 de marzo de 2008, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se conceden ayudas para la movilidad de profesores visitantes en másteres oficiales para el curso académico 2007-2008.

Por Resolución de 19 de diciembre de 2007(BOE de 11 de enero de 2008) de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, se concedieron ayudas para la movilidad de profesores visitantes en másteres oficiales para el curso académico 2007-2008 convocadas por Resolución de 7 de junio de 2007 (BOE de 20 de junio) de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación. Concluido el proceso de subsanación de las solicitudes y habiéndose detectado errores cuya corrección ha acreditado el cumplimiento de los requisitos de la Convocatoria por parte de los solicitantes y teniendo en cuenta lo acordado por la Comisión de Selección del programa de ayuda de la Modalidad A), Ayudas para la movilidad de profesores visitantes, he resuelto:

Primero.-Conceder las ayudas para la movilidad de profesores visitantes que se indican en el Anexo por los importes que se señalan para cada universidad y máster oficial.